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9494/1980 Texto Pdf

SUSTITUYENDO ARTÍCULO 16 DE LA LEY 8587, TEXTO SEGÚN DECRETO-LEY 9259/1979 -RÉGIMEN PREVISIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-. SOBRE OBLIGATORIEDAD DE APORTES PREVISIONALES PARA TODOS LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA PROVINCIA Y DE LOS MUNICIPIOS. DEROGA DECRETO-LEY 8685/1976 Y EL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO-LEY 9259/1979.

DEROGADA
Fecha de Aprobación: 07/02/1980
Fecha B.O.:  15/02/1980
Firmado por:  SAINT-JEANT IBERICO MANUEL  - GOBERNADOR

Modificaciones y Legislación complementaria

MODIFICACIONES
DECRETO-LEY 9650/1980

(Art.68) DEROGA el presente Decreto-Ley.