617/2005
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APROBANDO AD REFERENDUM DE LA HONORABLE LEGISLATURA, EL NUEVO ACUERDO MARCO CON SUS ANEXOS I Y II, CELEBRADO ENTRE EL ESTADO NACIONAL, LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LAS EMPRESAS EDESUR SOCIEDAD ANONIMA, EDENOR SOCIEDAD ANONIMA Y EDELAP SOCIEDAD ANONIMA, CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS BASES Y LINEAMIENTOS GENERALES SOBRE LOS QUE SE CONCRETARA Y COORDINARA EL APORTE ECONOMICO DE LAS PARTES PARA EL SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA POR LAS COMPAÑIAS DISTRIBUIDORAS A LOS ASENTIMIENTOS DESCRIPTOS, DE USUARIOS DE CONDICION SOCIOECONOMICA PRECARIA. |
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Fecha de Aprobación: 05/04/2005 |
Fecha B.O.: 23/05/2005 |
Firmado por: SOLA FELIPE - GOBERNADOR |
Modificaciones y Legislación complementaria
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MODIFICACIONES |
LEY 13403
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(Art. 47) Ratifica aprobación dispuesta por el presente decreto. |
DECRETO 732/2009
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(Art. 1) Aprueba addenda que renueva por el plazo de 4 años el acuerdo marco aprobado por esta norma. (Art. 2) Designa al Organismos de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) para llevar auditoría y control sobre ejecución de addenda referida. |
DECRETO 507/2012
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Aprueba ADDENDA del nuevo cuerpo marco celebrado entre el Estado nacional, la Pcia. de Bs. As. y las empresas EDENOR S.A., EDESUR S.A. y EDELAP S.A., fecha 22/07/2011, con la finalidad de renovar por el plazo de 4 años el nuevo acuerdo marco aprobado por este decreto y convalidado oportunamente por la Ley 13.403. Designa al Organismo de Control de Energía eléctria de Buenos Aires -OCEBA- para la efectivización de la auditoría y control sobre la ejecución de la ADDENDA aprobada. |
LEY 15225
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PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021. (Art. 61) Establece que el P.E., a través del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, deberá cancelar los montos pendientes de pago, debidamente validados, correspondientes a consumo de asentamientos y usuarios/as definidos en el acuerdo marco, celebrado el día 06/10/2003 y aprobado a través del presente decreto, de acuerdo a sus prórrogas y modificaciones. (Art. 62) Autoriza al P.E. a modificar metodología, criterios de inclusión y/o exclusión y topes en el pago de la bonificación de la Tarifa Social de Energía Eléctrica a cargo de la Pcia., aplicable a usuarios/as que carezcan de capacidad de pago suficiente para hacer frente a los precios establecidos con carácter general, incluyendo a los medidores comunitarios.
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