3283/2007
Texto
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DE NECESIDAD Y URGENCIA. REUBICANDO EN FORMA EXCEPCIONAL Y POR UNICA VEZ, A PARTIR DEL 01/11/2007, EN LOS TERMINOS DEL PRESENTE DECRETO, AL PERSONAL QUE AL 31/10/2007 REVISTA EN LA PLANTA PERMANENTE CON ESTABILIDAD DEL REGIMEN DE LA LEY 10430 Y SUS MODIFICATORIAS.
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Fecha de Aprobación: 16/11/2007 |
Fecha B.O.: 11/12/2007 |
Firmado por: SOLA FELIPE - GOBERNADOR |
Modificaciones y Legislación complementaria
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MODIFICACIONES |
LEY 13786
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PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA EJERCICIO 2008 (Art. 26) Convalida el presente decreto. |
LEY 14025
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Establece opción en beneficio de los agentes de la Administración Pública Provincial con estabilidad que hayan sido recategorizados en el marco del presente decreto o por aplicación de otra norma similar, consistente en requerir al cese de servicios para acogerse a los beneficios jubilatorios, que la determinación del haber se efectúe por la categoría asignada por dichas normas. Dispone excepción a los requisitos previstos en el artículo 41 del Dec-Ley 9650/1980 T.O. Decreto 600/1994, Régimen de Previsión Social. Dispone integración de diferencias de aportes y contribuciones patronales. |
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