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4007/1956 Texto Pdf

AUTORIZANDO AL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL A OTORGAR PROVISIONALMENTE, A PARTIR DEL 01/04/1956, ADELANTOS DE HABERES A LOS AFILIADOS QUE HUBIEREN CESADO EN LA PRESTACION DE SUS SERVICIOS POR CESANTIA, RENUNCIA ACEPTADA O POR INCAPACIDAD Y A SUS DERECHO HABIENTES. ESTABLECE MONTOS MAXIMOS. DEROGA EL DECRETO 13167/1953.

DEROGADA
Fecha de Aprobación: 21/03/1956
Fecha B.O.:  20/04/1956
Firmado por:  BONECARRERE EMILIO AUGUSTO  - GOBERNADOR

Modificaciones y Legislación complementaria

MODIFICACIONES
LEY 8587 (Art. 117) DEROGA esta norma.