9686/1981
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Sistematizado
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ESTABLECIENDO NUEVO RÉGIMEN PARA EL COLEGIO DE VETERINARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN. DEROGA LOS ARTÍCULOS 1, 2, 3, 5, 6, 8 Y 9 DE LA LEY 5527 -REGLAMENTACIÓN DE LA MEDICINA VETERINARIA- Y EL DECRETO-LEY 4605/1958 -CREACIÓN DEL COLEGIO DE VETERINARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-.
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Fecha de Aprobación: 26/03/1981 |
Fecha B.O.: 03/04/1981 |
Firmado por: SAINT-JEANT IBERICO MANUEL - GOBERNADOR |
Modificaciones y Legislación complementaria
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MODIFICACIONES |
DECRETO 1420/1983
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REGLAMENTARIO. |
DECRETO-LEY 10071/1983
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Sustituye arts. 54 y 84. |
DECRETO-LEY 10071/1983
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Sustituye arts. 54 y 84. |
DECRETO 3046/1987
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Modifica el art. 45. |
DECRETO 982/1991
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Sustituye arts. 29 y 30 del DECRETO REGLAMENTARIO 1420/1983. |
LEY 12008
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(Art. 79) Sustituye art. 76 en relación a la atribución de competencia a los tribunales contencioso-administrativos para juzgar las impugnaciones contra los actos de gravamen emanados de los colegios o consejos profesionales. Dispone como procedimiento aplicable el previsto por el art. 74 del Código Contencioso Administrativo, Ley 12.008. |
LEY 13325
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(Art. 3) Modifica el art. 79 de la Ley 12.008. |
DECRETO 1758/2007
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REGLAMENTARIO. Sustituye artículo 72 del Decreto 1420/1983. |
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