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3943/1996

CONSIDERANDO CUMPLIDO LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 6 DE LA LEY 11808 -REGIMEN DE CONSOLIDACION DE DEUDAS- CUANDO LOS CONTRIBUYENTES QUE SE ACOJAN A SU REGIMEN DECLAREN ESPONTANEAMENTE LA DEUDA QUE REGISTREN POR LOS TRIBUTOS VENCIDOS ENTRE EL 1/3 Y EL 30/9/1996.

Fecha de Aprobación: 14/10/1996
Fecha B.O.:  23/10/1996
Firmado por:  DUHALDE EDUARDO  - GOBERNADOR

Modificaciones y Legislación complementaria

MODIFICACIONES
LEY 11904

RATIFICA este decreto.