CREANDO EL CONSEJO PROFESIONAL DE LA AGRIMENSURA Y REGULANDO EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN.
Autor: BRUZZONI VICTOR MARTIN (UNION CIVICA RADICAL )
Fecha sanción: 12/09/1985
Fecha de Promulgación: 07/10/1985
Decreto Promulgación:
5300/1985
Fecha B.O.: 23/10/1985
Observaciones:
Pasos Legislativos
Cámara
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Expediente
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Fecha Entrada
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Resultado Sesión
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Fecha Sesión
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H.CAMARA DE DIPUTADOS |
D-180/83-84 |
22/03/1984 |
APROBADO |
04/12/1984 |
H.CAMARA DE SENADORES |
C-106/84-85 |
12/12/1984 |
APROBADO |
12/09/1985 |
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES |
LEY 10415
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Modifica art. 74. |
LEY 12008
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(Art. 79) Sustituye arts. 40 y 67 en relación a la atribución de competencia a los tribunales contencioso-administrativos para juzgar las impugnaciones contra los actos de gravamen emanados de los colegios o consejos profesionales. Dispone como procedimiento aplicable el previsto por el art. 74 del Código Contencioso Administativo, Ley 12.008. Asimismo atribuye igual competencia y dispone igual procedimiento para entender de las contiendas previstas por el art. 12 de esta norma relativa a la intervención y reorganización de colegios y consejos profesionales. |
LEY 13325
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(Art. 3) Modifica art. 79 de la Ley 12008 -Código Contencioso Administativo- que sustituyera arts. 40 y 67 de esta norma. Dispone de aplicación el procedimiento que surge de las reglas previstas en el art. 21 inc. 2) de dicho código, normas del proceso sumarísimo del C.P.C.C., a las contiendas previstas en el art. 12 de esta norma. |
LEY 14471
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Sustituye art. 4 de la presente ley. |
NORMAS QUE REGLAMENTAN |
DECRETO 8409/1986
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Ver. Establece que el Consejo Profesional de la Ingenieria y el de Agrimensura deberán atenerse a las incumbencias profesionales correspondientes a cada título universitario, de acuerdo a las normativas vigentes en la materia. |