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LEY NÚMERO: 10353 Fundamentos Texto Sistematizado Pdf

REGLAMENTANDO EL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES DE LAS CIENCIAS NATURALES: GEÓLOGO, GEOQUÍMICO, ZOÓLOGO, BOTÁNICO, ECÓLOGO, BIÓLOGO Y PALEONTÓLOGO. CREA CONSEJO PROFESIONAL DE LAS CIENCIAS NATURALES DE LA PROVINCIA. DEROGA LEY 6980 -REGLAMENTACIÓN DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LOS NATURISTAS-.

Expediente Origen: D- 372/84-85 Período Legislativo: 112
Autor: ALVAREZ CARLOS WASHINTON  (UNION CIVICA RADICAL )
Fecha sanción: 10/10/1985      
Fecha de Promulgación: 15/11/1985       Decreto Promulgación:  6037/1985
Fecha B.O.: 12/12/1985
Observaciones:
Pasos Legislativos
Cámara Expediente Fecha Entrada Resultado Sesión Fecha Sesión
H.CAMARA DE DIPUTADOS D-372/84-85 16/08/1984 APROBADO 18/10/1984
H.CAMARA DE SENADORES 25/10/1984 APR.C/MODIF. 10/10/1985
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
LEY 11856 Modifica artículos 30, 41, 44, 50 y 80.
LEY 12008 (Art. 79) Sustituye artículos 12 y 19 en relación a la atribución de competencia a los tribunales contencioso-administrativos para juzgar las impugnaciones contra los actos de gravamen emanados de los colegios o consejos profesionales. Dispone como procedimiento aplicable el previsto por el art. 74 del Código Contencioso Administrativo, Ley 12.008. Asimismo atribuye igual competencia y dispone igual procedimiento para entender de las contiendas previstas en el art. 27 de esta norma, relativas a la intervención y reorganización de colegios y consejos profesionales.
LEY 13325 (Art. 3) Modifica art. 79 de la Ley 12008 -Código Contencioso Administrativo- que sustituyera arts. 12 y 19 de esta norma. Dispone de aplicación el procedimiento que surge de las reglas previstas en el art. 21 inc. 2) de dicho código, normas del proceso sumarísimo del C.P.C.C., a las contiendas previstas en el art. 27 de esta norma.