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LEY NÚMERO: 10405 Fundamentos Texto Sistematizado Pdf

ESTABLECIENDO REQUISITOS PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LOS ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. CREA EL COLEGIO DE ARQUITECTOS.

Expediente Origen: E- 137/84-85 Período Legislativo: 112
Autor: MOSCA CARLOS MIGUEL ANGEL  (UNION CIVICA RADICAL )
Fecha sanción: 08/05/1986      
Fecha de Promulgación: 27/05/1986       Decreto Promulgación:  3304/1986
Fecha B.O.: 27/06/1986
VETO PARCIAL
Observaciones: DECRETO DE PROMULGACION OBSERVA ARTICULOS 12, 26 INCISO 6), 37, 73 APARTADO 9 Y 76.
Pasos Legislativos
Cámara Expediente Fecha Entrada Resultado Sesión Fecha Sesión
H.CAMARA DE SENADORES E-137/84-85 10/10/1984 APROBADO 25/07/1985
H.CAMARA DE DIPUTADOS HS-58/85-86 01/08/1985 APR.C/MODIF. 24/04/1986
H.CAMARA DE SENADORES C-1/86-87 08/05/1986 APR.S/TABLAS 08/05/1986
VETO PARCIAL
H.CAMARA DE SENADORES B-30/86-87 05/06/1986
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
LEY 11728

Modifica art. 2, incisos 1) y 11) del art. 26 e inciso 21) del art. 44. Incorpora inciso 12) al art. 14, artículo 24 bis, incisos 23) y 24) al art. 26 e inciso 26 al art. 44.

LEY 12008 (Art. 79) Sustituye arts. 12 y 19 en relación a la atribución de competencia a los tribunales contencioso-administrativos para juzgar las impugnaciones contra los actos de gravamen emanados de los colegios y consejos profesionales. Dispone como procedimiento aplicable el previsto por el art. 74 del Código Contencioso-Administrativo, Ley 12.008. Asimismo atribuye igual competencia y dispone igual procedimiento para entender en las contiendas previstas en el art. 28 de esta norma, relativas a la intervención y reorganización de colegios y consejos profesionales.
LEY 13325 (Art. 3) Modifica art. 79 de Ley 12.008 -Código Contencioso Administrativo- que sustituyera los arts. 12 y 19 de esta norma. Dispone de aplicación el procedimiento que surge de las reglas previstas en el art. 21 inc. 2) de dicho código, normas del proceso sumarísimo del C.P.C.C., a las contiendas previstas en el art. 28 de esta norma.