ESTABLECIENDO NUEVO RÉGIMEN PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. DEROGA EL DECRETO-LEY 8721/1977 -ESTATUTO DEL EMPLEADO PÚBLICO-.
N°
Cámara | Expediente | Fecha Entrada | Resultado Sesión | Fecha Sesión |
H.CAMARA DE SENADORES | A-13/86-87 | 03/07/1986 | APR.S/TABLAS | 08/07/1986 |
H.CAMARA DE DIPUTADOS | HS-25/86-87 | 10/07/1986 | APROBADO | 31/07/1986 |
MODIFICACIONES | LEY 10460 |
Autoriza al Poder Ejecutivo por el término de ciento ochenta días a disponer la incorporación a la planta permanente del personal Destajista comprendido por la Ley 10.430 que se desempeña en los centros de cómputos y que acredite como mínimo al 30/11/1983 un año de antigüedad. |
LEY 10575 | DEROGA equivalencia para el cargo de Jefe de División en el Anexo B, a partir del 1/4/1986. |
LEY 10833 |
Reconoce a los efectos salariales las categorías 17, 19 y 21 del agrupamiento administrativo de la Ley 10.430, los cargos de jefe de división, subjefe de departamento y jefe de departamento, para los agentes que se desempeñaban en esos cargos. |
LEY 10921 |
Otorga a los funcionarios mencionados en el artículo 1) incisos a) y b) de la Ley 10.430 y a funcionarios municipales sin estabilidad, derecho a la compensación por vacaciones no gozadas, establecido en el artículo 25 inciso 2. Sobre compensación art. 25 inciso 2). |
LEY 10940 |
Agrega párrafo al artículo 47. Sobre extensión de la licencia por maternidad en caso de nacimiento de hijo/a con discapacidad. |
LEY 10944 | Sustitución arts. 15, 22, inc. b), 23, 138, 159 y 160. Adicional por disposición permanente y antigüedad. |
LEY 11142 |
Sustituye arts. 20, 98 punto 1 inc. c) y 160. Sobre retribuciones y mantenimiento del cargo para desempeñar cargos superiores y directivos nacionales, provinciales o municipales sin estabilidad. |
LEY 11154 | Reserva de cargos a quienes accedan a cargos electivos. |
LEY 11231 | Correlación de cargos de la Ley 8.303 a la Ley 10.430. Bonificación. |
LEY 11311 | Modifica art. 56. Licencia por adopción. |
LEY 11361 | (Art. 38) Modifica el art. 15. Sobre bonificaciones y adicionales del sueldo del personal sin estabilidad. |
LEY 11739 | (Art. 42) Determina que el año 1996 no sea computado a los efectos de la bonificación por antigüedad. |
LEY 11758 | Modifica la Ley 10.430. Autoriza a efectuar TEXTO ORDENADO. |
DECRETO 1869/1996 | TEXTO ORDENADO de la Ley 10.430. |
LEY 12765 | Establece que los honorarios resultantes de demanda rechazada contra un agente de la administración pública será soportado por el Fisco provincial. |
LEY 12777 | Modifica inciso b) del artículo 3. Sobre impedimento para el ingreso a la Administración Pública. |
LEY 12867 | (Art. 8) Excluye al personal docente del régimen de comisiones de servicio regulado por el art. 22. |
LEY 12875 | Establece régimen de jubilación especial para ex combatientes de la Guerra de Malvinas que se desempeñen como personal de la Provincia comprendido en este régimen. |
LEY 12950 | DEROGA inciso f) del art. 25. Sobre anticipo jubilatorio. |
LEY 13154 | (Art. 25) Reanuda a patir del 01/01/2004 el cómputo de la antigüedad. (Art. 26) DEROGA inciso i) del artículo 25 (6 meses). |
LEY 13354 | Modifica art. 25 inciso b). Sobre adicional por antigüedad. |
LEY 13355 | Establece retribución sin cargo de reintegro equivalente a seis -6- sueldos básicos más antigüedad al agente que al momento del cese cuente con 30 años de servicios en la Administración Pública. (Art. 3) Dispone incompatibilidad con beneficio de adelanto de jubilación establecido por Ley 12.950. |
LEY 13414 | (Art. 1) Modifica art. 58. Sobre licencia por candidatura a cargo electivo titular por agrupaciones o partidos políticos reconocidos. |
LEY 13459 | Establece licencia por paternidad en caso de fallecimiento de la madre, durante el parto o posteriormente al mismo, para el personal masculino de todos los poderes del Estado provincial. |
LEY 13559 | Establece derecho de cubrir vacante por acogimiento al beneficio previsional o fallecimiento en actividad de personal ex-combatientes de la Guerra de Islas Malvinas por un familiar directo siempre que cumpla con el requisito de idoneidad. Invita a los municipios a aplicar idéntica norma. |
LEY 13699 | Faculta al Poder Ejecutivo a reubicar por única vez, a petición de los interesados, a aquellos agentes comprendidos en la presente ley, que al 31/07/2006 se encontraban desempeñando interinamente las funciones jerárquicas de subdirector o jefe de departamento, en cargos vacantes. Establece plazo de 180 días a partir del 13/07/2007 para efectuar la petición referida. |
LEY 13714 | Suspende, a partir del 01/01/2007 y por el término de un año, las normas contenidas en el presente régimen en relación a la cobertura de cargos vacantes. Autoriza aprobar procedimiento de selección por vía reglamentaria. |
LEY 13781 | DEROGA art. 3 de la Ley 13.355. Sobre incompatibilidad con beneficio de adelanto de jubilación establecido por Ley 12.950. |
LEY 13786 | (Art. 27) Sustituye art. 1 de la Ley 13.714. Prorroga plazo hasta el 31/12/2008. Sobre suspensión de las normas contenidas en este régimen en relación a cobertura de cargos vacantes. |
LEY 13929 | (Art. 28) Sustituye art. 1 de Ley 13.714. Prorroga plazo hasta el 31/12/2009. Sobre suspensión de las normas contenidas en este régimen en relación a cobertura de cargos vacantes. |
LEY 13967 | Modifica art. 58. Sobre licencia por designación como candidato de partidos o agrupaciones políticas a cargos electivos. |
LEY 14025 | Dispone excepción a los requisitos del art. 41 del Decreto-Ley 9650/1980 en relación a los agentes de la Administración Pública provincial con estabilidad que hayan sido recategorizados en el marco del Decreto 3.283/2007, convalidado por Ley 13.786 o por aplicación de otra norma similar. Establece beneficio de opción, al momento del cese de servicios para acogerse a los beneficios jubilatorios, de requerir que la determinación del haber jubilatorio se efectúe por la categoría asignada por las normas referidas. Dispone integración por diferencias de aportes y contribuciones. |
LEY 14070 | Establece derecho para todos los agentes de la Pcia. de Bs. As., cualquiera sea el régimen estatutario al cual pertenezcan, a continuar percibiendo sus haberes y a mantener afiliación al I.O.M.A., una vez vencidos los plazos correspondientes a licencias por enfermedad o accidente, hasta tanto exista pronunciamiento de la Junta Médica Provincial. |
LEY 14196 | (Art. 1) Reconoce derecho a percibir la retribución que fija la Ley 13.355 a todo el personal comprendido en este régimen que haya obtenido su derecho jubilatorio desde la vigencia de la Ley 12.867 hasta el 01/07/2005, en las condiciones establecidas y con el monto actualizado al momento del efectivo pago. (Art. 2) Dispone incompatibilidad entre la percepción del beneficio consagrado por el art. precedente y el reclamo a percepción que haya percibido o cuyo reclamo se hubiere interpuesto, por vía judicial o administrativa. |
LEY 14226 | Establece régimen para la CoMiSaSEP -Comisión Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo Público-. |
LEY 14241 | (Art. 1) Modifica art. 43, incorpora párrafo. Sobre licencia por maternidad en caso de nacimiento pretérmino o prematuro. |
LEY 14301 | Establece obligatoriedad, para el Estado pcial., sus organismos descentralizados y las Empresas del Estado, de dar ocupación laboral a los liberados con domicilio o residencia en la Pcia., que hayan cumplido más de 5 años de privación de libertad y reúnan requisitos de idoneidad para el cargo y el ingreso, en una proporción no menor al 2% de la totalidad del personal. Asimismo dispone obligatoriedad de contemplar reservas de puestos de trabajo para este fin. Dispone prioridad en la adquisición de bienes y contratación de obras y/o servicios de aquellas empresas que contraten a personas que revisten en categorìa de tutelados o liberado. Establece promoción para la creación de cooperativas de producción, dirigidas a la integración laboral de los liberados en cada comunidad local. Dispone exenciones del Impuesto sobre Ingresos Brutos. Invita a los municipios a la adhesión a este régimen. |
LEY 14579 |
(Art. 1) Modifica art. 54. Sobre licencia para el personal que done sangre. |
LEY 14720 |
(Art. 1) Sustituye art. 38. (Art. 2) Incorpora art. 59 bis.Sobre licencia por examen de papanicolau y/o radiografía o ecografía mamaria. |
LEY 14814 |
(Art. 1) Incorpora inciso 14 al art. 38. (Art. 2) Incorpora art. 60 bis. Otorga licencia a todos los trabajadores públicos para someterse a exámenes médicos de prevención del cáncer. |
LEY 14815 |
(Art. 28) Modifica arts. 113 y 114. |
LEY 14865 |
(Art. 27) Incorpora a la presente ley a los/as licenciados/as en Instrumentación Quirúrgica, y/o licenciados/as en organización del funcionamiento del área que trabajen en el ámbito de la Salud Pública de la provincia de Buenos Aires. Dispone igual obligación para los municipios. |
LEY 14893 |
Establece licencia para mujeres víctimas de violencia, destinada a todas las trabajadoras de la Administración Pública o de sociedades de economía mixta con participación estatal mayoritaria, cualquiera sea el régimen estatutario al cual pertenezcan. |
DECRETO 89/2021 |
Aprueba REGLAMENTO PARA LA APROBACIÓN DEL PLANTEL BÁSICO NOMINADO E INNOMINADO y el MODELO DE DECRETO PARA LA APROBACIÓN DE PLANTELES BÁSICOS, según detalle de sus Anexos I y II. Invita, a los organismos que en razón de normas legales o reglamentarias estén facultados para aprobar sus propios planteles básicos, a adherir al reglamento que aprueba. |
LEY 15403 |
ADHESIÓN a la Ley Nacional 27674 -PROTECCIÓN INTEGRAL DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE CON CÁNCER-. (Art. 6) Contempla licencias para progenitores o representantes legales de niños, niñas y adolescentes diagnosticados con cáncer, que se encuentren en relación de dependencia en empleo público provincial. |
NORMAS QUE REGLAMENTAN | DECRETO 8393/1986 | REGLAMENTARIO del régimen de licencias. |
DECRETO 1227/1987 | REGLAMENTARIO. |
DECRETO 6490/1987 | REGLAMENTARIO sobre el adicional que prevee el art. 22 inc. l). |
DECRETO 304/1987 | REGLAMENTARIO. Modifica art. 6 del DECRETO REGLAMENTARIO 1227/1987. |
DECRETO 1787/1988 | Modifica art. 142 y apartados II y III del art. 148 del DECRETO REGLAMENTARIO 1227/1987. |
DECRETO 2487/1988 |
Deroga el apartado IV del artículo 3 del Decreto 1.227/1987, Reglamentario de la Ley 10.430. |
DECRETO 996/1989 | Suprime apartado II del art. 19 del DECRETO REGLAMENTARIO 1227/87. |
DECRETO 3956/1989 | Exceptúa lo dispuesto por art. 143 del DECRETO REGLAMENTARIO 1227/1987. |
DECRETO 4204/1989 |
Establece a partir del 01/09/1989 para el personal en actividad dependiente de la Administración General de la Provincia, no comprendido en convenciones colectivas de trabajo, con excepción del personal jerarquizado superior y del personal de planta permanente sin estabilidad, con un régimen de veintidós o más horas semanales de labor, una bonificación especial no remunerativa en concepto de movilidad. |
DECRETO 5762/1989 | Excluyendo aplicación apartado II del art. 147 del DECRETO REGLAMENTARIO 1227/1987. |
DECRETO 296/1990 | Modifica apartados II y III del art. 22 inc. d) del DECRETO REGLAMENTARIO 1227/87. Incorpora apartado IV al art. 22 inc. d) del DECRETO REGLAMENTARIO 1227/1987. |
DECRETO 380/1990 |
Amplía Decreto 4204/1989. Sobre presentismo. |
DECRETO 216/1991 | INCORPORA ART. 23 INC. B Y ART. 138 AL DECRETO REGLAMENTARIO 12271987 |
DECRETO 2360/1991 | REGLAMENTARIO del art. 40 inc. b). |
DECRETO 319/1992 |
Establece que todos los funcionarios y agentes de planta permanente, temporaria y contratados de la Administración Pública bonaerense deberán cumplir obligatoriamente con las disposiciones que en materia de asistencia y horario establecen las normas legales y/o contratos vigentes. |
DECRETO 4015/1993 | Reglamenta art. 103 y se incorpora el DECRETO REGLAMENTARIO 1227/1987. Dispone jubilación de oficio. |
DECRETO 4608/1993 | REGLAMENTARIO del art. 30. Crea sistema de evaluación de desempeño y capacidades. |
DECRETO 2821/1994 |
Exceptúa del carácter obligatorio que impone el apartado X, artículo 24 del Decreto 1.227/1987 a todo agente comprendido en los términos del apartado 3, anexo I del Decreto 1.151/1994 y que haya optado por dicho régimen y de la aplicación del apartado XIII del artículo 24 del Decreto 1.227/1987. |
DECRETO 4161/1996 | NUEVA REGLAMENTACIÓN. |
DECRETO 4179/1996 | Deja sin efecto art. 110 de la REGLAMENTACIÓN. |
DECRETO 2760/1997 | Sustituye art. 14 inc. g) del DECRETO REGLAMENTARIO 4161/1996. |
DECRETO 2334/2000 | Suspende por el término de 1 año el uso de la excepción prevista en el art. 14 inc. g) de la reglamentación, aprobada por DECRETO REGLAMENTARIO 4161/1996 |
DECRETO 3844/2000 | Suspende por el término de 1 año el uso de la excepción prevista en el art. 14 inc. g) de la reglamentación, Aprobada por Decreto REGLAMENTARIO 4161/1996. |
DECRETO 1796/2002 | REGLAMENTARIO del Art. 125. Incorpora esta reglamentación al DECRETO REGLAMENTARIO 4161/1996. |
DECRETO 1516/2004 |
REGLAMENTANDO el art. 28 de esta norma. Establece nuevas normas sobre asignaciones familiares, acorde con la legislación nacional. DEROGA Decretos 507/1973, 3.447/1990 y 1.007/1991. |
DECRETO 2060/2004 |
(Art. 1) Define alcance de conceptos salariales a los fines de la aplicación del art. 18 del Decreto 1.516/2004. (Art. 2) Aprueba normas de procedimiento, requisitos y condiciones aplicables para el otorgamiento de prestaciones previstas en el Decreto 1.516/2004. |
DECRETO 523/2006 | MODIFICASE EL ARTÍCULO 165 DEL ANEXO I APROBADO POR EL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO REGLAMENTARIO 41611996. SOBRE REMUNERACIÓN DE LOS SECRETARIOS PRIVADOS |
DECRETO 1226/2009 | Sustituye el apartado XIII del artículo 49 del DECRETO REGLAMENTARIO 4.161/1996. Sobre definición de cargas de familia a efectos del goce de licencias. |
DECRETO 2676/2009 |
Establece que aquellas jurisdicciones que a la fecha no hayan cumplimentado las disposiciones de la reglamentación del artículo 14 inciso g) del Decreto Reglamentario Nro. 4.161/1996 de la Ley Nro. 10.430 T.O. Decreto Nro. 1.869/1996, deberán proyectar los actos administrativos de cese de los agentes que al 30 de junio de 2009 reunieron los requisitos de la legislación vigente en materia jubilatoria para obtener la prestación ordinaria o por edad avanzada, los que deberán dictarse con anterioridad al 31 de diciembre de 2009 en uso de las facultades comprendidas por el Decreto Nro. 574/2001 y modificatorios, en los casos que corresponda. |
DECRETO 2698/2009 | Reglamenta el artículo 58. |
DECRETO 3400/2009 |
Dispone encuadramiento en el régimen de 48 horas y limitación de los cargos de chofer en relación a nómina de agentes comprendidos en esta norma que prestan servicios en el IOMA. Establece bonificaciones. Prohibe percepción de URPEs. |
DECRETO 912/2010 |
Establece que los agentes comprendidos en el régimen de la Ley 10.430 podrán solicitar horario especial hasta tres dÍas por semana, para desarrollar actividades deportivas o regenerativas físicas, durante una hora diaria, sin que ello implique una reducción de su jornada laboral. |
DECRETO 120/2011 |
REGLAMENTARIO de la Ley 14.226. |
DECRETO 431/2013 |
(Art. 1) SUSTITUYE art. 14 inc. g) del DECRETO REGLAMENTARIO 4.161/1996 y modificatorios. |
DECRETO 1278/2016 |
REGLAMENTA, a partir del 01/09/2016, el art. 111 inc. a). Sobre REMUNERACIÓN. Establece régimen modular para el personal de gabinete. Establece valor del módulo y la retribución de GOBERNADORA, MINISTROS, SECRETARIOS DE ESTADO y SUBSECRETARIOS. |
DECRETO 89/2021 |
Aprueba el REGLAMENTO PARA LA APROBACIÓN DEL PLANTEL BÁSICO NOMINADO E INNOMINADO y el MODELO DE DECRETO PARA LA APROBACIÓN DE PLANTELES BÁSICOS, agregados al mismo como ANEXOS I Y II, de aplicación para todos los organismos de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada, cuyos planteles deban ser aprobados por el P.E.. Invita a los organismos que en razón de normas legales o reglamentarias estén facultados para aprobar sus propios planteles básicos, a adherir al dicho reglamento. |
DECRETO 140/2022 |
Aprueba ACTA ACUERDO, de fecha 18/11/2021, sobre LICENCIAS PARENTALES. |
DECRETO 279/2022 |
(Art. 1) Establece retribución del cargo de vice-ministro/a de Jefatura de Gabinete de Ministros. (Art. 2) Modifica Decreto Reglamentario 1278/2016. Incorpora en su Anexo I, el cargo de vice-ministro/a de Jefatura de Gabinete de Ministros. |
NORMAS QUE COMPLEMENTAN | DECRETO 8394/1986 | Designación del Consejo Asesor de Personal según art. 114 de la ley. |
LEY 10522 | Faculta por 180 días al P.E. a incorporar al régimen de la Ley 10.430 al personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación que opte por pasar a la Provincia. |
DECRETO 8373/1987 |
Otorga bonificación especial para el personal que hallándose comprendido en el presente régimen, reviste en los agrupamientos jerárquico, profesional o técnico y desempeñe su labor en los centros de cómputos. |
DECRETO 10883/1987 | Aprueba el Reglamento interno del Consejo Asesor de Personal. |
DECRETO 2099/1988 |
Fija escala de remuneraciones que como planillas anexas forman parte del presente decreto para el personal comprendido en las Leyes 10.430, 10.584, Decreto-Ley 9.550/1980, Decreto-Ley 9.578/1980, Ley 10.328, Ley 10.384, Decreto-Ley 7.878/1972. Modifica Decreto 1.675/1980, modifica artículo 359 del Anexo I. |
DECRETO 3099/1988 | Reintegro por guardería. |
DECRETO 4505/1988 |
Dispone por única vez, a partir del 01/04/1983, la promoción automática al grado inmediato superior dentro de la clase respectiva del personal de planta permanente con estabilidad del régimen de la Ley 10.430, cuya categoría salarial no se haya modificado durante el lapso comprendido entre 01/04/1986 y el 31/03/1988 y siempre que a esta última fecha acredite una actividad inmediata no inferior a 2 años. |
DECRETO 5689/1988 |
Sustituye art. 1 del Decreto 4.505/1988. |
DECRETO 156/1989 | Ver. Ascensos personal. |
DECRETO 3991/1989 | Ver. Incluye personal del Centro de Cómputos de la Dirección de Vialidad en Decreto 8373/1987. |
DECRETO 4204/1989 | Bonificación por presentismo. |
DECRETO 4502/1989 | Gastos de representación. |
DECRETO 4839/1989 | Premio pecuniario al personal por labor especial y significativa. |
DECRETO 5936/1989 | Establece que la liquidación adicional prevista en el art. 22 inc. d), bloqueo de título, cualquiera fuera el régimen horario del beneficiario. |
DECRETO 1197/1990 | Modificación del Decreto 3099/88. Reintegro por guardería. |
DECRETO 1791/1990 | Adicional por bloqueo de título. |
DECRETO 2264/1990 | Normas para la liquidación de diferencias salariales por aplicación de la Ley 10.833. |
DECRETO 4523/1990 | Amplía art. 2 del Decreto 4204/89. Presentismo. |
DECRETO 4524/1990 | Subsidio a ex-combatientes de Islas Malvinas. |
DECRETO 4603/1990 | Excepción del art. 6 del Decreto 1037/88 a médicos de la Dirección de Reconocimientos Médicos. |
DECRETO 369/1991 |
DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA. Establece normativa frente a la emergencia, a fin de paliar los efectos de una situación transitoria y excepcional que determina la necesidad y urgencia de este cuerpo preceptivo, inspirado en la profundización de la política de racionalización estricta del gasto público; la adecuación de las medidas instrumentales a efectos de optimizar las prestaciones estatales en el marco de una rigurosa austeridad. Establece negociaciones colectivas. Convalida por Ley 11.184. |
DECRETO 786/1991 | Régimen horario. |
DECRETO 1155/1991 | Escala de gastos funcionales a Personal Jerarquizado Superior. |
DECRETO 1198/1991 |
DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA. Reglamenta las negociaciones colectivas que se establecen para la Administración Pública provincial, conforme lo dispuesto por el artículo 38 del Decreto 369/1991. |
DECRETO 1961/1991 | Registro permanente de agentes provinciales. |
DECRETO 2359/1991 | Promoción automática del personal de planta permanente a partir del 01/01/1991. |
DECRETO 3444/1991 | Establece a efectos previsionales equivalencias de cargos. |
DECRETO 3526/1991 | Subsidio para el personal de la Administración Pública ex-combatientes. |
DECRETO 3602/1991 | Modifica ar. 4 del Decreto 4839/1989 -Premio pecuaniario al personal por labor especial y significativa-. |
DECRETO 1559/1992 | Congelamiento de vacantes. |
DECRETO 2406/1992 | Bonificación por presentismo. |
DECRETO 2991/1992 | Sustituye título anexo I del Decreto 3444/91 -Equivalencias de cargos a los efectos previsionales-. |
DECRETO 1497/1993 | Bonificación no remunerativa al personal jerarquizado superior. |
DECRETO 2489/1993 | Deja sin efecto disponibilidad. Prorroga hasta el 31/12/1993 el art. 9 de la Ley 11.184. |
DECRETO 2506/1993 | Promoción automática de agentes de Agrupamiento Personal Jerárquico. |
DECRETO 2507/1993 | Promoción automática de agentes de Agrupamiento Personal Jerárquico. |
DECRETO 2629/1993 | Bonificación por presentismo. |
DECRETO 4016/1993 | Dispone que el uso de licencia anual será en el mes de enero de cada año. |
DECRETO 874/1995 |
DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA. Reduce retribuciones brutas totales, mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes, y el sueldo anual complementario, excluyendo las asignaciones familiares, del personal de la totalidad de todos los organismos provinciales, sea que pertenezcan a la Administración Central o descentralizada, autónomos, autárquicos, de la Constitución, de previsión y asistencia social o empresas públicas, sociedades del Estado, sociedades en que la Provincia tenga participación accionaria y el correspondiente al régimen jerarquizado superior del Banco de la Provincia de Buenos Aires. excepción para los jueces de la Provincia y los miembros del Ministerio Público de la citada reducción. |
DECRETO 1063/1995 | Suspende el Decreto 874/1995. |
DECRETO 5/2000 | Establece escala remunerativa. DEROGA Decreto 1497/1993. |
LEY 12563 | Ver. Sobre jubilación anticipada, 55 años de edad y 30 años de servicio. |
DECRETO 574/2001 | Delega en los ministros, titulares de los organismos de la Constitución y asesor general de Gobierno el ejercicio de diversas facultades. |
DECRETO 1473/2003 | Establece remuneración mínima de pesos 380 a partir del 1/8/2003 y establece un adicional remunerativo no bonificable. |
DECRETO 1511/2004 | Otorga bonificación remunerativa y no bonificable de $ 100 mensuales a partir del 01/07/2004. |
DECRETO 2599/2005 |
Establece en el ámbito de la Subsecretaría de Ingresos Públicos un régimen horario de cuarenta horas semanales de labor, con una bonificación sujeta a aportes previsionales y asistenciales, equivalente al ciento veinticinco por ciento del sueldo básico, la que se liquidará de acuerdo a la propia categoría de revista o en su caso con la diferencia de escala por el desempeño interino de un cargo de categoría superior en los términos del artículo 25 inciso e) del Decreto 4.161/1996. |
DECRETO 3181/2005 | Aprueba Programa de cursado o finalización de los niveles de Educación General Básica y Polimodal para empleados de la Administración Pública. |
DECRETO 312/2007 |
Establece a partir del 01/04/2007, para el personal de Servicio de la Residencia de los Gobernadores, el régimen horario de cuarenta y ocho horas semanales de labor. |
DECRETO 637/2007 |
Establece para el personal de la Administración Pública comprendido en los alcances de la Ley 10.430 y de la Ley 12.268, el valor del modulo en $ 0,3132.- |
DECRETO 2237/2007 |
Establece para el personal dependiente de la DGCYE regido por la Ley 10.430, que presta servicios en establecimientos de enseñanza bajo jurisdicción de la mencionada dirección general, que el adicional contemplado en el artículo 25, inciso c) de esa ley, será liquidado conforme los porcentajes previstos por la reglamentación del artículo 36 de la Ley 10.579, aprobada mediante Decreto 2.485/1992, de forma tal que, para un mismo establecimiento, los porcentajes a aplicar sean idénticos, se trate de personal regido por uno u otro régimen estatutario. |
DECRETO 2889/2007 |
Unifica los regímenes horarios de prestación de servicios en el ámbito de la Secretaria General de la Gobernación, de la Secretaría de Turismo y Deporte y de la Secretaría de Prensa y Comunicación. |
DECRETO 2953/2007 |
Establece la política salarial a partir del 01/10/2007 para el personal de la Ley 10.430 y otros regímenes estatutarios. |
DECRETO 3347/2007 |
Establece en el Ministerio de Asuntos Agrarios, el régimen de cuarenta y ocho horas semanales de labor y el adicional por destino, que prevé, el artículo 25, inciso c) de la Ley 10.430, para la reserva natural municipal de objetivo definido educativo, Museo Guardia de Juncal, sita en jurisdicción del partido de Cañuelas. |
DECRETO 3148/2009 |
Establece que para los agentes de la Administración Pública respecto de los cuales se hallare pendiente de resolución, la sustitución de URPEs por la pertinente bonificación remunerativa no bonificable; su incorporación a la planta permanente; y/o el cambio ocupacional o especialidad, conforme lo acordado en el marco de la Ley 13.453 y demás normas aplicables, deberán adoptarse las medidas pertinentes a efectos de garantizar la resolución de las referidas circunstancias; con carácter previo al pertinente acto de cese. |
DECRETO 1265/2014 |
Otorga BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO BONIFICABLE EQUIVALENTE AL 15% del sueldo básico del cargo en que revista cada agente, a quienes se encuentren comprendidos en las plantas permanente y temporaria de la presente ley, que presten servicios en el Hospital Interzonal General de Agudos "Cirujano Mayor Dr. DIEGO PAROISSIEN, de La Maanza, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Coordiación y Atencióna la Salud. |
DECRETO 58/2015 |
Establece límite de edad y servicios diferenciales por agotamiento prematuro, de acuerdo a los arts 24 y 26 del Decreto-Ley 9650/1980 T.O. Decreto 600/1994 -Régimen de Previsión Social-, para el personal perteneciente a cualquiera de los agrupamientos de la Ley 10.430 T.O. Decreto 1.869/1996, que habitualmente realiza tareas en hospitales dependientes de la Dirección Provincial de Hospitales del Ministerio de Salud. 50 años de edad y 25 años de servicios. |
DECRETO 116/2015 |
DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA. Reubica en forma excepcional y por única vez, a partir del día 01/01/2015, al personal que al 31/12/2014 reviste en la planta permanente con estabilidad del régimen de la Ley 10.430 y modificatorias. |
DECRETO 1034/2015 |
DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA. Reubica en forma excepcional al personal de la planta permanente que revista en el régimen de la Ley 10.430. |
LEY 15134 |
Establece capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñan en la función pública, en todos sus niveles y jearquías, en forma permanente o transitoria, por cargo electivo o designación directa, en el ámbito de los tres poderes del Estado provincial, en el marco de la Ley Nacional 27.499 -Ley Micaela de capacitación obligatoria en género-. Invita a los municipios a adherir. |
DECRETO 1257/2020 |
Dispone la promoción de grados del escalafón de cada agrupamiento que reviste en la planta permanente del régimen de la presente ley. Recategorización Año 2020-2021. |
DECRETO 91/2021 |
Modifica art. 6 del Decreto 1.257/2020, Promoción de grados del escalafón de cada agrupamiento que revista en la planta permanente con estabilidad del régimen de la presente ley. Sobre excepciones a la promoción establecida en el articulo 2 del Decreto 1.257/2020. |
DECRETO 140/2022 |
Aprueba acta acuerdo de fecha 18/11/2021. Sobre licencias parentales. |
DECRETO 1554/2022 |
(Art. 1) Incorpora segundo párrafo al art. 3 del Decreo 58/2015. Sobre prorrateo de límites de edad y aportes efectuados, en el marco del mencionado decreto, al momento del otorgamiento de la jubilación ordinaria del personal comprendido en dicha norma. |