Imprimir
LEY NÚMERO: 10471 Fundamentos Texto Sistematizado Pdf

ESTABLECIENDO CARRERA PROFESIONAL HOSPITALARIA PARA LOS PROFESIONALES QUE PRESTAN SERVICIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES CORRESPONDIENTES AL MINISTERIO DE SALUD. DEROGA EL DECRETO-LEY 7878/1972 -CARRERA PROFESIONAL HOSPITALARIA-.

Expediente Origen: A- 33/85-86 Período Legislativo: 113
Autor: PODER EJECUTIVO 
Fecha sanción: 11/12/1986      
Fecha de Promulgación: 24/12/1986       Decreto Promulgación:  9447/1986
Fecha B.O.: 13/01/1987
Observaciones:
Pasos Legislativos
Cámara Expediente Fecha Entrada Resultado Sesión Fecha Sesión
H.CAMARA DE SENADORES A-33/85-86 10/10/1985 APR.S/TABLAS 28/11/1985
H.CAMARA DE DIPUTADOS HS-188/85-86 12/12/1985 APR.C/MODIF. 14/08/1986
H.CAMARA DE SENADORES C-30/86-87 21/08/1986 RECH. MODIF 09/10/1986
H.CAMARA DE DIPUTADOS HS-63/86-87 23/10/1986 INS.EN MODIF 13/11/1986
H.CAMARA DE SENADORES C-60/86-87 04/12/1986 APROBADO 11/12/1986
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
LEY 10528 Sustituye arts. 7, 8, 10, 11, 12, 13, 17, 21, 22, 23, 29, 30, 31, 32, 33, 35, 42, 45, 47, 55 y 58.
LEY 10622 Modifica art. 29.
LEY 10678 Modifica arts. 3 y 25. Sustituye art. 30 y DEROGA art. 31.
LEY 11075 Modifica artículo 3 e inciso a) del artículo 4.
LEY 11159 Modifica artículo 3, e inciso a) del artículo 4.
DECRETO 2249/1992

Incorpora a la Carrera Profesional Hospitalaria la profesión de BIÓLOGO/A.

DECRETO 1513/1993

Incorpora la profesión de SOCIÓLOGO/A.

DECRETO 859/2002

Incorpora las actividades de LICENCIADOS/AS EN ADMINISTRACIÓN y en ECONOMÍA, CONTADORES/AS PÚBLICOS/AS Y ABOGADOS/AS en el art. 3 de la Ley 10.471.

DECRETO 2922/2005

Incluye actividad de ENFERMERÍA con título universitario en el art. 3.

DECRETO 3666/2005

Incluye la actividad profesional de INGENIERÍA con título universitario en el art. 3 de la presente norma.

DECRETO 3797/2007

Decreta la inclusión de la actividad profesional de LICENCIATURA EN OBSTETRICIA, dentro de los alcances del artículo 3.

DECRETO 1397/2010

(Art. 1) Inclusión de actividades profesionales VETERINARIOS/AS en la carrera profesional-hospitalaria, de acuerdo a lo normado por el art. 3 de la presente. 

LEY 14267 Autoriza, con carácter de excepción y por única vez, en el Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As., a disponer el traslado con su cargos de revista de los agentes escalafonados de la carrera profesional hospitalaria, Ley 10.471 y modificaciones, pertenecientes de dicha cartera, que se encuentren prestando servicios en un establecimiento provincial distinto al que huieran sido designados y la reubicación de aquellos agentes que se encuentren desempeñando una disciplina diferente de aquella en la que hayan sido nombrados. La efectividad de las modificaciones aludidas dependerá de la manifestación de la voluntad de cambiar de forma definitiva su lugar de trabajo o disciplina por parte del profesional. Dipone plazo de 180 días para manifestación de voluntad por parte del personal.
DECRETO 568/2014

(Art. 1) Inclusión de actividades profesionales de ARQUITECTOS/AS en la carrera profesional-hospitalaria, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 3 de la presente. 

LEY 14726

Incorpora al Sistema de Salud la labor del PAYASO DE HOSPITAL. 

LEY 14865

(Art. 27) Incorpora a la presente ley a los/as LICENCIADOS/AS EN INSTRUMENTACIÓN QUIRÚRGICA, y/o LICENCIADOS/AS EN ORGANIZACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL ÁREA que trabajen en el ámbito de la Salud Pública de la provincia de Buenos Aires. Dispone igual obligación para los municipios.

DECRETO 845/2018

Incluye la actividad profesional de LICENCIATURA EN MUSICOTERAPIA dentro de los alcances del art. 3 de la presente norma y sus modificatorias. 

DECRETO 978/2020

Incluye la actividad profesional de LICENCIATURA EN GENÉTICA, dentro de los alcances del art. 3 de la presente norma y sus modificatorias. 

LEY 15433

(Art. 1) Modifica Art. 3. Sobre actividades que abarcan la carrera hospitalaria. (Art. 2)  lncorpora al régimen de la presente ley, con carácter de excepción y por única vez en forma automática y permanente, a profesionales universitarios y/o terciarios que reúnan ciertos requisitos. Sobre regularización de la situación de profesionales que obtuvieron su título habilitante a posteriori de su ingreso a los planteles del Ministerio de Salud. 

NORMAS QUE REGLAMENTAN
DECRETO 9967/1987 REGLAMENTARIO.
DECRETO 1192/1991 NUEVA REGLAMENTACION. DEROGA el DECRETO REGLAMENTARIO 9.967/1987.
DECRETO 1719/1991 REGLAMENTACION del art. 23.
DECRETO 3588/1991 REGLAMENTACION de los arts. 48 y 49.
DECRETO 3589/1991 REGLAMENTACION de los arts. 9 al 14, 17, 23 y 24.
DECRETO 4420/1991 REGLAMENTA art. 52. Sobre residencias.
DECRETO 1967/1992 Agrega inc. f) al art. 37 DECRETO REGLAMENTARIO 4420/1991.
DECRETO 2557/2001 REGLAMENTA art. 52. DEROGA DECRETO REGLAMENTARIO 4420/1991.
DECRETO 340/2011 REGLAMENTARIO. Modifica el Decreto 3588/1991, Anexo I, la parte correspondiente a la reglamentación del artículo 48. Sobre personal reemplazante, vacantes circunstanciales y creación de Registro Único de Reemplazantes, en el ámbito del Ministerio de Salud.
DECRETO 1572/2022

(Art. 1) Aprueba NUEVA REGLAMENTACIÓN del art. 52 que agrega como Anexo I. SOBRE REGLAMENTO BÁSICO GENERAL PARA EL SISTEMA PROVINCIAL DE RESIDENCIAS PARA PROFESIONALES DE LA SALUD. (Art. 2) Fija los importes correspondientes a la asignación residencia, de acuerdo a detalle de su Anexo II. (Art. 3) DEROGA el DECRETO REGLAMENTARIO 2.557/2001 y toda otra norma que se le oponga. (Art. 4) Establece su vigencia a partir del 01/10/2022, a excepción de su Cap. IX -Régimen Disciplinario- que resultará aplicable a las irregularidades constatadas a partir de la fecha de su publicación.

NORMAS QUE COMPLEMENTAN
DECRETO 4790/1972 REGLAMENTO de servicios de salud para hospitales.
DECRETO 1122/1973 Cambio de denominación del Consejo Técnico Asesor por el de Consejo Técnico Administrativo.
DECRETO 5548/1985 Modifica art. 17 del Decreto 4790/1972. Sobre integración del Consejo Técnico Asesor.
LEY 10729 (Art. 42) Incorpora al régimen de esta norma, a partir del 01/12/1988 en forma automática y con carácter permanente, a los profesionales con título universitario habilitante que desarrollen las actividades incorporadas por Ley 10.678 en establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia bajo el régimen de la Ley 10.430, al 01/11/1988.
DECRETO 398/1989 Bonificación especial no remunerativa.
DECRETO 4507/1989

Incrementa la bonificación especial no remunerativa, en el Ministerio de Salud, para el personal en actividad, comprendido en la Ley 10.471 que reviste en establecimientos hospitalarios y desarrolle su actividad con prestación efectiva dentro del régimen de guardia.

DECRETO 5723/1989

Incrementa la bonificación especial no remunerativa, en el Ministerio de Salud, para el personal en actividad, comprendido en la Ley 10.471, que reviste en establecimientos hospitalarios y desarrolle su actividad con prestación efectiva dentro del régimen de guardia.

DECRETO 145/1990 Actualiza Bonificación Especial.
DECRETO 934/1990 Incorpora al personal en actividad en Ministerio de Salud al Decreto 398/89.
LEY 10981 Llamado a concurso.
DECRETO 4591/1990

REGLAMENTARIO de la Ley 10.981.

DECRETO 4603/1990 Exceptuando las prev. del art. 6 del Decreto 1037/88 a los profesionales médicos.
LEY 11139 Incorporación de profesionales del régimen de la Ley 10430.
DECRETO 4130/1992 Bonificación por presentismo.
LEY 11496

DEROGA la Ley 11.139.

LEY 11759 Crea la Carrera Hospitalaria para el personal de Salud.
LEY 11834 Autorizando la designación como titular al personal interino.
LEY 12349 Incorpora automáticamente por única vez y con carácter permanante a profesionales en el régimen de esta ley.
LEY 12522 Incorpora a la planta permanente personal profesional interino designado de acuerdo al art. 47 de la Ley 10.471 y modificatorias.
LEY 12621 Prorroga por 180 días la ley 12.349.
LEY 12628 Modifica art. 1 de la Ley 12.522.
DECRETO 1473/2003 Establece remuneración mínima de $ 380 y un adicional remunerativo no bonificable a médicos residenciales y practicantes rentados a partir del 01/08/2003.
DECRETO 203/2004 Establece adicional mensual para personal perteneciente a este régimen.
DECRETO 1511/2004 Otorga bonificación remunerativa y no bonificable de $ 100 mensuales a partir del 1/7/04.
LEY 13273 Incorpora a la planta permanente, al personal profesional que fuera designado el 02/01/2004.
DECRETO 52/2005

Establece bonificación de $100 a partir del 01/01/2005.

DECRETO 1503/2005

Modifica arts. 1 y 2 del Decreto 398/1989 y art. 2 del Decreto 5.723/1989.

LEY 13538 Autoriza al P.E. a proceder a la reubicación por única vez de los agentes que revisten en la Ley 10.430, realicen actividades profesionales de enfermeria y tengan título habilitante.
DECRETO 3027/2006

REGLAMENTA la Ley 13.538. 

LEY 13872

Establece régimen de jubilación especial para ex combatientes de la Guerra de Malvinas que se desempeñen como personal de la Provincia comprendido en este régimen.

LEY 14061

Dispone incorporación al régimen previsto por esta norma, con carácter de excepción y por única vez, en forma automática y permanente, de profesionales universitarios y/o terciarios no universitarios que desarrollan actividades profesionales asistenciales regidos actualmente por la Ley 10.430, a condición del cumplimiento de determinados requisitos. El Decreto de Promulgación OBSERVA la incorporación de los profesionales terciarios no universitarios.

LEY 14153

Incorpora, con carácter excepcional y por única vez, a la planta permanente del Ministerio de Salud al personal profesional designado como interino en virtud del artículo 47 de la Ley 10.471 y a profesionales becarios que al 01/04/2010 cuenten con una antigüedad de dos años, en funciones asistenciales.

LEY 14417

(Art. 1) Establece obligatoriedad de denunicar los nacimientos de niños con bajo peso y los casos de prematurez que se produzcan en establecimientos a su cargo para los directores y responsables de hospitales y centros de atención de la salud, provinciales y municipales; públicos o privados. (Art. 4) Dispone que el incumplimiento de la obligación prevista será considerado falta grave a los fines de lo dispuesto por esta norma.

DECRETO 1629/2014

DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA. Establece política salarial para el personal comprendido en la Ley 10.471.

DECRETO 598/2015

Establece límites de edad y servicios diferenciales por agotamiento prematuro, de acuerdo a los arts. 24 y 26 del Decreto-Ley 9650 T.O. Decreto 600/1994 -Régimen de Previsión Social- para los profesionaels  que prestan servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud, en el régien de esta norma.