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LEY NÚMERO: 10869 Fundamentos Texto Sistematizado Pdf

ESTABLECIENDO LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS.

Expediente Origen: E- 33/89-90 Período Legislativo: 117
Autor: LOPEZ CARLOS ALBERTO  (UNION CIVICA RADICAL )
Fecha sanción: 05/12/1989      
Fecha de Promulgación: 27/12/1989       Decreto Promulgación:  5937/1989
Fecha B.O.: 12/01/1990
VETO PARCIAL
Observaciones: DECRETO DE PROMULGACION OBSERVA PARRAFO DEL ARTICULO 3, ARTICULO 14 INCISO 4, PARRAFO E INCISO 5 DEL ARTICULO 16, PARRAFO DEL INCISO 5 DEL ARTICULO 24, ARTICULO 43, PARRAFO DEL ART. 46 Y ART. 47.
Pasos Legislativos
Cámara Expediente Fecha Entrada Resultado Sesión Fecha Sesión
H.CAMARA DE SENADORES E-33/89-90 27/07/1989 APR.C/MODIF. 12/10/1989
H.CAMARA DE DIPUTADOS HS-175/89-90 26/10/1989 APR.S/TABLAS 05/12/1989
VETO PARCIAL
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
LEY 10876 Sustituye artículo 24 inc. 5), sust. arts. 46 y 47.
LEY 11755 Sustituye art . 19. Incorpora art. 45 bis.
LEY 12008 (Art. 80) Sustituye arts. 31 y 36.
LEY 12310 (Art. 29) Modifica art. 80 de la Ley 12.008, modificatoria de los arts. 31 y 36 de esta norma.
LEY 12922 Prorroga por 90 días, para la rendición del ejercicio 2001, los plazos de los arts. 23 y 24 incisos 1) a 4). Sobre rendición de cuentas de los intendentes a los concejos deliberantes, análisis de los estados por parte de los concejos deliberantes y remisión de los mismos a la delegación correspondiente del Tribunal de Cuentas.
LEY 13101 (Art. 54) Sustituye art. 80 de la Ley 12.008, modificatorio de los arts. 31 y 36 de esta norma.
LEY 13118 (Art 1) Sustituye arts. 31. (Art. 2) Sustituye art. 36. Modificación observada por Decreto de Promulgación 2326/2003.
LEY 13339 Modifica art. 6.
LEY 13963 (Art. 1) Modifica arts. 18, 19, 20, 23, 24 y 26. (Art. 2) Incorpora arts. 18 bis, 18 ter, 20 bis y 30 bis.
LEY 14087 (Art. 9) Establece que el nuevo partido de Lezama integrará la ZONA XIV del Honorable Tribunal de Cuentas, con asiento en el partido de Dolores.
LEY 14331 PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA - EJERCICIO 2012. (Art. 59) Exceptúa de los establecido en el último párrafo del art. 27 de la Ley 13.767 -Régimen de la Administración Financiera y Sistema de Control de la Administración General del Estado Provincial- los gastos que demande la atención de servicios prestados por el H. Tribunal de Cuentas, cuando actúeo como auditor externo en los términos del art. 45 bis de esta norma.
LEY 14903

(Art. 1) Modifica art. 42. Sobre criterios de control de las cuentas públicas. 

LEY 15331

(Art. 1) Modifica art. 7. sobre atribuciones del presidente del tribunal. (Art. 2) Modifica art. 8. Sobre reemplazo del presidente por ausencia y/o inhabilitación. (Art. 3) Modifica art. 13. Sobre quorum para sesionar. 

NORMAS QUE REGLAMENTAN
DECRETO 2503/1990 REGLAMENTARIO.
DECRETO 110/1991

Declara habilitados para ocupar cargos jerárquicos en el Tribunal de Cuentas a los profesionales que posean título universitario de contador público nacional y acrediten experiencia en la Administración Publica y hayan ocupado los cargos que establece esta norma. 

DECRETO 1770/2009 REGLAMENTARIO.
NORMAS QUE COMPLEMENTAN
DECRETO 9329/1987

Aprueba estructura orgánica funcional del Tribunal de Cuentas.

DECRETO 2420/1993

Aprueba la estructura organizativa de las diecisiete -17- delegaciones del Honorable Tribunal de Cuentas.

DECRETO 3335/1993

Aprueba los requisitos y condiciones para la cobertura de los cargos de delegados y relatores de delegacion del Honorable Tribunal de Cuentas.

DECRETO 3948/1994

Aprueba estructura orgánico funcional del Tribunal de Cuentas. Deroga el Decreto 9329/1987.

DECRETO 829/2010

Convalida la Resolucion 226/2010 del Honorable Tribunal de Cuentas por la cual se crea tres delegaciones zonales con sede en las ciudades de Chascomús, 25 de Mayo e Ituzaingo.

LEY 14872

(Art. 3) Instruye al Honorable Tribunal de Cuentas para dejar sin efecto la aplicación de los arts. 3 y 9 de la Ley 14.836 -modificatorio del art. 92 del Decreto-Ley 6769/1958, Orgánica Municipal, referido a dieta de concejales y cese de percepción de gastos por función para los concejales que hubieren optado por renunciar a la dieta, respectivamente-.