ESTABLECIENDO REQUISITOS PARA LA HABILITACION Y FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DONDE SE FAENEN, ELABOREN, DEPOSITEN O TRANSPORTEN PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN ANIMAL. MATADEROS. CREA EL FONDO PROVINCIAL SANITARIO DE CARNES. DEROGA EL DECRETO-LEY 9753/1981.
Cámara | Expediente | Fecha Entrada | Resultado Sesión | Fecha Sesión |
H.CAMARA DE DIPUTADOS | D-1982/90-91 | 18/04/1991 | APR.S/TABLAS | 13/06/1991 |
H.CAMARA DE SENADORES | C-16/91-92 | 20/06/1991 | APR.S/TABLAS | 08/08/1991 |
MODIFICACIONES | LEY 11306 | Modifica art. 11. |
LEY 15078 |
PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA, EJERCICIO 2019. (Art. 68) DEROGA el inc. a) del art. 14. (Art. 69) Incorpora art. 14 bis. |
NORMAS QUE REGLAMENTAN | DECRETO 2683/1993 | REGLAMENTARIO. |
DECRETO 2464/1997 | REGLAMENTA los Capítulos X, XII al XVII y XXI. |
NORMAS QUE COMPLEMENTAN | DECRETO 900/1994 | Fija valores para tasas retributivas de los servicios establecidos en el art. 12. |
DECRETO 3932/1998 | Fija tasas. |
DECRETO 737/1999 | Modifica anexo II del Decreto 3932/98, Tasas sanitarias. |
DECRETO 1323/2004 |
Crea en el ámbito del Ministerio de Asuntos Agrarios, el Registro Provincial de Médicos Veterinarios Bonaerenses, el que será implementado por la Dirección Provincial de Ganadería y Mercados. |
DECRETO 3725/2007 |
Establece que los contratos que suscriban los médicos veterinarios con las empresas, en el marco del Decreto 1323/2004, deben ser registrados por dichos profesionales en el Colegio de Veterinarios de la provincia de Buenos Aires. |
DECRETO 478/2013 |
Establece el valor de las tasas retributivas por la prestación de los servicios que prevé la Ley Provincial Sanitaria de Carnes ? 11.123. |