ESTABLECIENDO LEY DE PESCA. CREA FONDO PROVINCIAL DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA. CREA LA SUBSECRETARIA DE PESCA EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION. PREVEE LA CREACION DE CONSEJOS REGIONALES O MUNCIPALES. CREA, EN EL AMBITO DE LA SUBSECRETARIA DE PESCA, EL CONSEJO ASESOR PROVINCIAL DE PESCA. CONTEMPLA INFRACCIONES Y SANCIONES. DEROGA LAS DISPOSICIONES DEL CODIGO RURAL REFERIDOS A LA MATERIA, PREVISTAS EN EL LIBRO SEGUNDO, SECCION TERCERA, TITULO UNICO, CAPITULO II -ARTICULOS 292 A 330-.
Cámara | Expediente | Fecha Entrada | Resultado Sesión | Fecha Sesión |
H.CAMARA DE SENADORES | E-152/91-92 | 08/11/1991 | APROBADO | 17/12/1992 |
H.CAMARA DE DIPUTADOS | HS-291/92-93 | 29/12/1992 | APR.S/T.MODI | 25/11/1993 |
H.CAMARA DE SENADORES | C-62/93-94 | 25/11/1993 | APR.S/TABLAS | 25/11/1993 |
VETO PARCIAL | ||||
H.CAMARA DE SENADORES | B-255/93-94 | 22/12/1993 | APROBADO | 23/11/1995 |
H.CAMARA DE DIPUTADOS | HS-236/95-96 | 06/12/1995 | APROBADO | 04/07/1996 |
MODIFICACIONES | LEY 12558 |
ADHESION DE LA PROVINCIA A LA LEY NACIONAL 24.922, LEY FEDERAL DE PESCA-. (Art. 2) Dispone que los fondos que la Pcia. perciba en concepto de coparticipación pesquera, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 45 inc. f) de la Ley Nacional 24.922, integrarán el Fondo Provincial de Pesca, creado por el art. 34 de la presente norma. (Art. 3) Establece el destino de estos fondos, según lo dispuesto por el art. 37 de esta norma y a la fiscalización de la autoridad pesquera. (Art. 4) Expresa reserva de dominio y jurisdicción de la Pcia. sobre el mar territorial, su lecho, la plataforma continental y los recursos pesqueros de la ZEE -Zona Económica Exclusiva-, según lo establecido en el art. 28 de la Constitución Provincial. |
LEY 15078 |
PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA - EJERCICIO 2019. (Art. 66) DEROGA incs. 2), 4), 6), 7), 8) y 10) del art. 34. (Art. 67) Incorpora art. 34 bis. |
NORMAS QUE REGLAMENTAN | DECRETO 2060/1994 |
Autoriza la fiscalización e inspección de todo vehículo en el que se transporten productos derivados de la actividad pesca deportiva. |
DECRETO 3237/1995 |
REGLAMENTARIO. |
LEY 12481 |
Declara el estado de emergencia pesquera de la Ría de Bahía Blanca. Suspende inciso 3) del artículo 21 del Decreto Reglamentario 3.237/1995. |
DECRETO 1366/2001 |
Modifica el art. 21 del Decreto 3.237/1995. |
DECRETO 442/2010 |
Modifica el art. 21 del Decreto 3.237/1995, modificado por el Decreto 1.366/2001. |