DECLARANDO DE INTERÉS PROVINCIAL LA GENERACIÓN Y PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A TRAVÉS DEL USO DE FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLES LLAMADA TAMBIÉN ALTERNATIVA, NO CONVENCIONAL O NO CONTAMINANTE, FACTIBLE DE APROVECHAMIENTO EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. RÉGIMEN DE ENERGÍA EÓLICA Y OTRAS.
MODIFICACIONES | LEY 14838 |
(Art. 15) DEROGA la presente ley. |
NORMAS QUE REGLAMENTAN | DECRETO 2158/2002 |
REGLAMENTARIO. |