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LEY NÚMERO: 13066 Fundamentos Texto Sistematizado Pdf

CREANDO EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES EL PROGRAMA PROVINCIAL QUE GARANTIZA LAS POLÍTICAS ORIENTADAS A LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE LA SALUD REPRODUCTIVA Y LA PROCREACIÓN RESPONSABLE. INVITA A LAS MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA A ADHERIR A LA PRESENTE LEY.

Expediente Origen: D- 1061/02-03 Período Legislativo: 130
Autor: CURE MIRTHA GLORIA  (PARTIDO JUSTICIALISTA )
Fecha sanción: 28/05/2003      
Fecha de Promulgación: 17/06/2003       Decreto Promulgación:  938/2003
Fecha B.O.: 26/06/2003
VETO PARCIAL
Observaciones: DECRETO DE PROMULGACION OBSERVA LOS ARTICULOS 5 INCISO D), 7 Y 9. VETO PARCIAL RECHAZADO: 02/03/2004. DECRETO 536/2004 PROMULGA ARTICULOS OPORTUNAMENTE OBSERVADOS.
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
DECRETO 536/2004 Promulga inciso d) del art. 5 y los arts. 7 y 9 de esta ley, observados por el decreto de promulgación, observación rechazada por la Legislatura el 02/03/2004.
LEY 14738

CREA consejerías para reducción de riesgos y daños en situaciones de embarazos no planificados, con el objetivo de reducir la morbimortalidad de mujeres gestantes por abortos inseguros y de prevenir la repitencia de embarazos no planificados que funcinarán en centros de atención primaria de la Salud y hospitales de la Pcia. (Art. 1) Nomina como Capítulo I, bajo el título DISPOSICIONES GENERALES, los arts. 1 a 7. (Art. 2) Introduce Capitulo II, bajo el título CONSEJERIAS PARA LA REDUCCION DE RIESGOS Y DAÑOS EN SITUACIONES DE EMBARAZOS NO PLANIFICADOS, comprendiendo los arts. 8 a 15. (Art. 3) Introduce como Capítulo III, bajo el título DISPOSICIONES FINALES, comprendiendo los arts. 16 a 19. 

NORMAS QUE REGLAMENTAN
DECRETO 2327/2003

REGLAMENTARIO. 

NORMAS QUE COMPLEMENTAN
LEY 14407

DECLARA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA SOCIAL POR VIOLENCIA DE GENERO, POR EL TERMINO DE DOS AÑOS, EN TODO EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CON EL OBJETIVO PRIMORDIAL DE PALIAR Y REVERTIR EL NUMERO DE VICTIMAS DE GENERO. ADHIERE A LA LEY NACIONAL 26485 -PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES-. 

LEY 15173

(Art. 1) Modifica Ley 15.165 -Emergencia Social, Económica, Productiva y Energética-. Incorpora art. 20 bis. Sobre acciones para prevenir y asistir en situaciones de violencia familiar y por razones de género y diversidad, encomendadas al P.E., a través del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual. Dispone, entre otras, la articulación de recursos y programas necesarios para la concreción de los objetivos propuestos por las Leyes Nacionales 26.485, 26.743 y 27.499 y por las Leyes Provinciales 13.066, 12.569 y 12.764. Faculta a disponer y reasignar partidas presupuestarias. (Art. 2) Dispone su carácter de norma de orden público. Establece su vigencia a partir del día siguiente al de su publicación (B.O.: 28/05/2020).