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LEY NÚMERO: 13981 Fundamentos Texto Sistematizado Pdf

ESTABLECIENDO EL SUBSISTEMA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO. INCORPORA ESTE RÉGIMEN AL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. INCORPORA EL CAPÍTULO V DEL DECRETO-LEY 7764/1971 -LEY DE CONTABILIDAD DE LA PROVINCIA- COMO SUBSISTEMA DE GESTIÓN DE BIENES DE LA PROVINCIA AL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO PROVINCIAL HASTA EL DICTADO DE LA NUEVA LEY QUE LO SUSTITUYA. DISPONE APLICACIÓN SUBSIDIARIA DE ESTA LEY EN RELACIÓN A LA LEY 6021 -GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS-. DISPONE LA OPERATIVIDAD DE LOS SISTEMAS ELECTRÓNICOS Y DIGITALES DE ADQUISICIONES DISPUESTOS POR EL CAPÍTULO SEGUNDO DEL TÍTULO PRIMERO DE ESTA NORMA CON ANTERIORIDAD AL 01/01/2010. ESTABLECE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE NORMA A PARTIR DE SU REGLAMENTACIÓN. DEROGA EL TÍTULO III DEL CAPÍTULO II DEL DECRETO-LEY 7764/1971 -LEY DE CONTABILIDAD DE LA PROVINCIA-. INVITA A LOS MUNICIPIOS A ADHERIR AL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES ESTABLECIDO POR LA PRESENTE LEY.

Expediente Origen: A- 19/08-09 Período Legislativo: 136
Autor: PODER EJECUTIVO 
Fecha sanción: 19/03/2009      
Fecha de Promulgación: 08/04/2009       Decreto Promulgación:  477/2009
Fecha B.O.: 27/04/2009
Observaciones:
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
LEY 14149 (Art. 1) Modifica art. 29. Sobre plazo para puesta en funcionamiento de los procedimientos electrónicos de compras.
LEY 14815

(Art. 12) Modifica art. 2. (Art. 13) Modifica art. 3. (Art. 14) Incorpora inc. e) del art. 4. (Art. 15) Incorpora inc. g) del art. 7. (Art. 16) Modifica art. 29. 

LEY 15078

PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA - EJERCICIO 2019. (Art. 81) Incorpora art. 9 bis. (Art. 82) Modifica el art. 18.

LEY 15165

EMERGENCIA SOCIAL, ECONÓMICA, PRODUCTIVA Y ENERGÉTICA en el ámbito de la Pcia. de Bs. As. y de la prestación de servicios y ejecución de contratos a cargo del sector público provincial. (Art. 29) Modifica inc. b) del art. 7, durante el período de vigencia de la emergencia declarada.  

LEY 15394

PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA - EJERCICIO FISCAL 2023. (Art. 76) Incorpora art. 9 ter.

NORMAS QUE REGLAMENTAN
DECRETO 1300/2016

REGLAMENTARIO.

DECRETO 2147/2016

REGLAMENTANDO del art. 8 inc. k). 

DECRETO 462/2017

Aprueba los modelos de contrato tipo, en Anexos I, II y III, cuyos términos y condiciones serán de aplicación obligaoria para todas las contrataciones de locación artísticas y culturales que celebre el Ministerio de Gestión Cultural. Aprueba Reglamento para las contratacones artísticas y culturales que realice el Ministerio de Gestión Cultural, en Anexo IV. 

DECRETO 523/2018

Establece que todo reconocimiento de gasto por provisión de insumos y/o servicios sin el correspondiente amparo contractual, de acuerdo con los términos de la Ley 13.981 y su Decreto Reglamentario 1.300/2016, o las normas que en el futuro los reemplacen, cualquiera fuera la fuente de financiamiento, será de carácter excepcional y restrictivo. Establece régimen de excepción que deberá ser iniciado, justificado y autorizado por los funcionarios referidos en el Anexo I, previa intervención de la Asesoría de Gobienro, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado, con comunicación posterior en el plazo de 5 días a la Jefatura de Gabinete de Ministros. (Art. 6) DEROGA el Decreto 1.980/2016 y toda norma que se le oponga. Dispone su vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial. 

DECRETO 1251/2018

(Art. 1) Modifica art. 1 del Anexo del Decreto 2.147/2016.

DECRETO 59/2019

(Art. 1) APRUEBA NUEVA REGLAMENTACIÓN. (Art. 2) Designa autoridad de aplicación a la Contaduría General de la Pcia. (Art. 6) Invita a los Poderes Legislativo y Judicial y a los municipios de la Pcia. a la adhesión. (Art. 7) DEROGA Decreto 1.300/2016. (Art. 8) Establece vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el B.O.  y su aplicación a todos los procedimientos en trámite que a ese momento no cuenten con el dictado del respectivo acto administrativo de autorización del llamado y aprobación de los pliegos de bases y condiciones particulares de la contratación.

DECRETO 669/2019

(Art. 1) Modifica art. 18 inc. 2, ap. s) del Anexo I del Decreto 59/2019. (Art. 2) Declara servicio básico de telecomunicaciones de la Administración Pública Provincial al servicio de enlace de datos. (Art. 3) Designa al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros autoridad rectora. (Arts. 5, 6, 8 y 9) Establece atribuciones de la autoridad rectora. (Art. 4) Crea el RAPPSED, Registro Abierto y Permanente de Proveedores de Servicios de Enlace de Datos. (Art. 7) Dispone obligatoriedad de inscripción en el registro proveedores y licitadores de la Pcia. de Bs. As. de los oferentes de los servicios de enlace de datos.

DECRETO 263/2020

Incluye a los consejos escolares en los niveles de decisión y cuadro de competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios encuadrados en la presente norma y su reglamentación, aprobados en el Anexo II del Decreto 59/2019, conforme detalle de su Anexo I. Asimismo, dispone la equiparación de dichos consejos escolares con el rango de ministros secretarios, a efectos de determinar los niveles de decisión y cuadro de competencia, en relación al SAE -Servicios Alimentario Escolar-, mientras dure la emergencia sanitaria por pandemia por Coronavirus, COVID-19, dispuesta por Decreto 132/2020, y cuya gestión no se encuentre implementada por los municipios en el marco del Decreto 2.077/2016. 

DECRETO 605/2020

Aprueba, como Anexo Único, los niveles de decisión y cuadro de competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios, encuadrados en la presente norma. Dispone que el mencionado Anexo formará parte del Decreto 59/2019, en reemplazo del Anexo II del dicho decreto, aprobado oportunamente por su art. 4. 

DECRETO 845/2020

Modifica Decreto 523/2018. Sustituye el Anexo I.

DECRETO 1314/2022

Crea, en el ámbito del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, el ORGANISMO PROVINCIAL DE CONTRATACIONES, que ejercerá sus competencias con independencia técnica, con rango y jerarquía de secretaría y con dependencia funcional y presupuestaria del mencionado ministerio. (Art. 7) Modifica art. 2 del Decreto Reglamentario 59/2019. Sobre autoridad de aplicación de la presente ley. (Art. 8) Modifica apartado 1 del art. 11 del Anexo I del Decreto 59/2019. (Art. 9) Modifica inciso f) del apartado 2 del art. 11 del Anexo I del Decreto 59/2019. (Art. 10) Modifica inc. q) del apartado 2 del art. 18 del Anexo I del Decreto 59/2019. (Art. 11) Modifica inc. g) del art. 7 del Anexo I del Decreto 59/2019.