CREANDO EL REGISTRO CIVIL. ESTABLECE NORMAS SOBRE INSCRIPCION DE NACIMIENTOS, DEFUNCIONES, MATRIMONIOS, INHUMACIONES Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS.
Cámara | Expediente | Fecha Entrada | Resultado Sesión | Fecha Sesión |
H.CAMARA DE DIPUTADOS | 26/09/1888 | APROBADO | 26/09/1888 | |
H.CAMARA DE SENADORES | 25/10/1888 | APROBADO | 25/10/1888 |
MODIFICACIONES | LEY 2321 | Aprueba decretos relativos a organización de oficinas del Registro Civil. |
LEY 2913 | Modifica Arts. 10, 12, 15 y 26 y amplía art. 31. |
DECRETO 6241/1944 | Modifica Art. 32, sobre inscripción de nacimientos. |
LEY 5114 | Ratifica decreto 6241/1944 (Modifica Art. 32). |
LEY 5306 | Autorización para inscribir los nacimientos no denunciados en término, no siendo necesaria la presentación de la orden judicial dispuesta por el Art. 30 de la presente ley. |
LEY 5307 | Establece que sin perjuicio de la competencia de los jueces de primera instancia, las informaciones judiciales a los efectos del art. 86 de la ley 2114 podrán ser promovidas ante el juez de Paz de distrito. DEROGADA. |
LEY 5340 | Crea el Registro de Adopciones. |
LEY 5646 | Crea sección que se denominará Registro de Partidas Extranjeras. |
LEY 5725 | Crea el Registro Provincial de las Personas. (Art. 131) DEROGA la presente ley. |