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LEY NÚMERO: 5015 Texto Pdf

REGULANDO EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ESCRIBANO. ESTABLECE LEY ORGÁNICA DEL NOTARIADO. CREA LA CAJA DE JUBILACIONES NOTARIAL.

DEROGADA
Expediente Origen: - 0/ Período Legislativo: 89
Autor: OTROS  
Fecha sanción: 31/03/1943      
Fecha de Promulgación: 08/04/1943       Decreto Promulgación:  27525/1943
Fecha B.O.: 06/05/1943
Observaciones:
Pasos Legislativos
Cámara Expediente Fecha Entrada Resultado Sesión Fecha Sesión
H.CAMARA DE SENADORES 06/05/1942 APROBADO 15/10/1942
H.CAMARA DE DIPUTADOS 16/10/1942 APR.C/MODIF. 24/02/1943
H.CAMARA DE SENADORES 25/02/1943 APROBADO 31/03/1943
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
LEY 5115 Modifica inc. a) del art. 122.
LEY 5157 Establece reciprocidad entre organismos de previsión social y la Caja creada por la presente ley.
LEY 5186 Modifica arts. 4 inciso c), 104, 105, 106, 110, 112, 115, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 126, 128 y 129.
LEY 5409 Agrega art. nuevo a continuación del 128.
LEY 5776 Modifica arts. 104, 105, 106, 107, 114, 118, 122, 124 y 126. DEROGA arts. 108, 112, 116, 119, 123 y 131. Incorpora arts. nuevos.
LEY 5828 Modifica primera parte del art. 124.
DECRETO-LEY 10169/1957 Modifica Título V. DEROGA arts. 103 a 129.
DECRETO-LEY 18620/1957 Amplía en 90 días el plazo del Decreto-Ley 10169/1957.
DECRETO-LEY 198/1958 Prorroga plazo del art. 1 del Decreto-Ley 18620/1957.
LEY 5892 DEROGA arts. 103 a 129.
LEY 6191 DEROGA la presente ley.
NORMAS QUE REGLAMENTAN
DECRETO 511/1944 REGLAMENTARIO.
DECRETO 1462/1944 Sustituye art. 19 del Decreto 511/1944.
NORMAS QUE COMPLEMENTAN
DECRETO 5670/1944 Establece que los escribanos de otras jurisdicciones pueden pedir certificaciones a los registros públicos de la Pcia. y efectuar inscriciones de actos y contratos de cualquier naturaleza que realicen y deban ser registrados en jurisdicción de la Provincia.