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LEY NÚMERO: 5545 Texto Pdf
CREANDO EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL, QUE ESTARA INTEGRADO POR LAS DIRECCIONES DE PENSIONES SOCIALES Y DE SEGUROS. DISPONE QUE LA CAJA SE DENOMINARA EN LO SUCESIVO: DIRECCION DE PENSIONES SOCIALES DE LA PROVINCIA. INCORPORA ARTICULOS NUEVOS A LA LEY 5424 -CREA EL SEGURO COLECTIVO OBLIGATORIO-, ARTICULO 11 INCISO 3 Y SUPRIME PALABRAS DEL ARTICULO 11 INCISO 2. DEROGA LA LEY 4858 -MODIFICATORIA DE LA CAJA POPULAR DE AHORROS- EN CUANTO SE REFIERE A LA CONTRATACION DE SEGUROS.
DEROGADA
Expediente Origen: -/ Período Legislativo: 93
Autor: PODER EJECUTIVO  
Fecha sanción: 27/10/1949      
Fecha de Promulgación: 14/11/1949       Decreto Promulgación:  26948/1949
Observaciones:
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
LEY 5545 (Art. 1) Suplanta Capítulo III "Seguro Colectivo" del Título III "De la Dirección de Seguros". Sobre ampliación y actualización de beneficios. Incluye subsidio por nacimiento de hijo e incorporación del principio de no reducción de las sumas abonadas al asegurado, del capital del seguro de vida. (Art. 2) Dispone la aplicación de estas normas a partir del 01/01/1957.
DECRETO 11690/1951 REGLAMENTARIO.
LEY 5659 Modifica arts. 5 y 12.
DECRETO-LEY 20962/1956 (Art. 1) Suplanta texto del Capítulo III -Seguro Colectivo- del Título III -De la Dirección de Seguros-.
DECRETO 23890/1956 REGLAMENTARIO.
LEY 6027 (Art. 3) Modifica art. 6 inc. d) y art. 10. Sobre cambio en el texto de dichos artículos de los términos Ministerio de Hacienda, Economía y Previsión por el de Ministerio de Acción Social.
LEY 6157 (Art. 1) Modifica arts. 5, 7, 14 inciso a. Incorpora inciso g) al art. 28. Sustituye art. 41. (Art. 2) Dispone aplicación a partir del 01/01/1960.
LEY 6614 Autoriza al Instituto a hacer frente al pago de las Bonificaciones sobre Pensiones Sociales, con sus recursos propios.
DECRETO 13457/1961 Establece seguro de garantía para cubrir eventuales perjuicios producidos por los agentes de la Administración Pública cuyas funciones estén vinculadas al manejo o custodia de fondos o se desempeñe en tareas susceptibles de ocasionar perjuicio al Estado. El Instituto de Seguridad tomará a su cargo lo relaconado con este seguro.
LEY 7030 Destina el 85 % a la Dirección de Escuelas, a partir del 01/01/1966.
DECRETO-LEY 7537/1969 (Art. 2) Agrega párrafo al art. 18 y modifica art. 19.
DECRETO 5320/1971 REGLAMENTARIO.
DECRETO 2615/1973 Modifica art. 1 del Decreto 5320/1971.
LEY 8402 (Art. 1) Modifica los incisos b) y c) del art. 17. (Art. 2) Modifica arts. 18 y 19. Incorpora como Capítulo IV del Título III el Seguro de Automotores. (Art. 3) Suprime el texto del art 1. DEROGA Decreto-Ley 7537/1969.
DECRETO 4293/1975 Autoriza al IPS a tomar a su cargo la cobertura de los riesgos de muerte e invalidez.
DECRETO-LEY 9422/1979 (Art. 1) DEROGA el art. 27.
DECRETO-LEY 9455/1979 (Art. 14) DEROGA la presente Ley.