CREANDO EL COLEGIO DE ODONTÓLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
MODIFICACIONES | LEY 6853 | (Art. 1) Modifica art. 61. (Art. 2) Suprime art. 62. Sobre designación de junta electoral para los comicios del mismo. |
DECRETO-LEY 7931/1972 | Sustituye arts. 36 y 38. |
DECRETO-LEY 8848/1977 | (Art. 1) Suspende facultades del colegio en materia de fijación o proposición de honorarios. (Art. 2) Dispone que el P.E. ejercerá esa facultad. |
DECRETO-LEY 9384/1979 | (Art. 2) Sustituye arts. 5 inciso 7), 13 inciso 3) y 16 inciso 5). Sobre fijación de aranceles profesionales. (Art. 9) DEROGA Decreto-Ley 8.848/1977. |
DECRETO-LEY 9944/1983 | (Art. 60) DEROGA la presente ley. |
NORMAS QUE REGLAMENTAN | DECRETO 1664/1980 | Art. 5 inc. 7). Aprueba , a partir del 01/01/1980, los aranceles propuestos por el Colegio de Odontólogos de la Pcia. de Bs. As. |
NORMAS QUE COMPLEMENTAN | LEY 8119 | Funcionamiento de la Caja de Seguridad Social, con autonomía financiera y en carácter de persona jurídica, prevista en el art. 28 inc. 7 de la presente. |