Fundamentos
de la |
Ley
12368 |
La gravedad de la situación por la que atraviesa el
sector agropecuario con los distritos de Bolívar, Daireaux e Hipólito Irigoyen
es ampliamente conocida ya que se encuentran en estado de desastre y/o
emergencia de manera casi ininterrumpida desde 1984. La afligente situación de esta zona motivo de las
inundaciones permanentes ha sido reconocida en forma especial y tratada como
tal por el gobierno de la Provincia en reiteradas oportunidades. Prueba de
ello, es la creación en 1994 por parte del Poder Ejecutivo, del Fondo de
Desarrollo Regional, con el firme propósito de reactivar emprendimientos
existentes o contribuir al desarrollo de nuevos macroemprendimientos
beneficiando a los tres distritos de referencia tanto en el aspecto de la
producción como en el de la generación de empleo. La situación actual es tanto o más grave que entonces.
La crisis del sector agropecuario, basal de la economía de Bolívar, Daireaux
e Hipólito Irigoyen, ha afectado notablemente la vida de sus poblaciones. La profunda recesión se nota día a día, en el comercio,
en los servicios, en los proveedores de insumos, en la falta de dinero
circulante, en la rotura de la cadena de pagos, en la cada vez mayor cantidad
de viviendas desocupadas, en la migración en busca de nuevas posibilidades
laborales...; todos los sectores del quehacer comunitario padeciendo las
consecuencias sociales de la crisis del campo. La imposibilidad de una pronta recuperación productiva
de los campos de la región y el ahogo financiero producto de las condiciones
del crédito bancario y/o sus refinanciaciones, hacen necesaria la toma de
medida, de excepción similares a las ya acordadas por ley a los distritos de
Puán, Villarino y Tornquist. Teniendo en cuenta que la sola declaración de zona de
emergencia y/o desastre no alcanza a cubrir por sí misma la profunda crisis
socioeconómica descrita y que Bolívar, Daireaux e Hipólito Irigoyen,
históricamente han tenido un tratamiento similar frente a la crisis
agropecuaria, es que solicito a mis pares que me acompañen en la sanción del
presente proyecto de ley. |