Fundamentos
de la |
Ley
13342 |
Este proyecto de ley
tiene (como su articulado lo expresa) el objetivo de la regularización
dominial de las viviendas construidas con financiamiento del Instituto de la
Vivienda de la Provincia de Buenos Aires. En la historia del
desarrollo de planes de viviendas llevadas a cabo sea por Instituciones
intermedias o por municipios con financiamiento del Instituto de la Vivienda
de la Provincia de Buenos Aires, en numerosos casos sus adjudicatarios no han
podido acceder a escriturar sus viviendas por deficiencias u omisiones por
parte de sus ejecutores, en la presentación de la documentación exigida por
el organismo encargado de emitir los finales de obra respectivos, como así
también por carecer de la autorización que otorga la Dirección Provincial de
Hidráulica. Teniendo en cuenta el
carácter social de los mencionados emprendimientos, y que la población
asentada en los mismos tienen carácter definitivo, es un compromiso
ineludible garantizar la seguridad jurídica de sus adjudicatarios y o
ocupantes para llegar a contar con el título de propiedad de los inmuebles
que habitan. Esta seguridad jurídica también les permite a los ciudadanos
garantizar operaciones con respaldo hipotecario, como también estar conforme
a derecho con sus obligaciones tributarias, con el fisco de la Provincia como
con el respectivo municipio. Esta ley, que contiene
medidas de carácter excepcional, posibilitará la regularización de dominio a
numerosas familias ocupantes de complejos de viviendas de carácter social. El acceso a una vivienda
digna tiene en nuestro ordenamiento jurídico, como ya se expresara, el rango
constitucional, sumado a ello el resguardo que la ley le otorga al titular
del dominio en vastos aspectos, tales como acceso al crédito, reconocimiento
social, seguridad familiar, en definitiva un mejoramiento ostensible en su
calidad de vida, generando para el erario público un ingreso por contribuciones
que hasta la sanción de la ley resultaba imposible percibir. Las razones expuestas
avalan por sí mismas el carácter de interés público comprendido en la
solución del problema planteado ameritando en consecuencia el acompañamiento
de mis pares para la sanción de la norma que permita concretar el objetivo
previsto. |