Fundamentos de la

 

Ley 13757

 

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se instaura una nueva regulación de la Ley de Ministerios.

En tal sentido la iniciativa, si bien sigue los parámetros comunes en la materia, procura una mejor institucionalidad de gestión del Estado provincial, conforme a una realidad histórico-social determinada. Por ello acentúa el paradigma de una conducción centralizada y ejecución descentralizada. Claro está que esta consigna conceptual sólo rige para la acción ejecutiva y administradora.

Por el contrario, la generación y el diseño de las políticas públicas nacerán y desembocarán en el protagonismo de su principal actor y legitimado, el pueblo de la provincia de Buenos Aires.

El cambio más resaltante en la organización centralizada consiste en la unificación de algunas jurisdicciones ministeriales. Conforme a esta decisión de estrategia institucional se fusionan, en primer lugar, la Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Gobierno en el nuevo Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno. La finalidad perseguida es dar unicidad de conducción a todas las incumbencias del gobierno político. El resultado, en grandes líneas, es concentrar competencias que aglutinen las relaciones entre los poderes - salvadas las comprendidas con el Poder jurisdiccional a través del Ministerio de Justicia-, entre las distintas jurisdicciones, principalmente con los municipios y ejercer la coordinación del Gabinete Provincial y de los distintos organismos de la administración centralizada y descentralizada.

La segunda unificación se refiere a la conjunción del Ministerio de Asuntos Agrarios y el Ministerio de la Producción en el nuevo Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción. Es de resaltar que, más allá de la denominación que mantiene la especificidad de los rubros comprendidos por una razón obvia, la iniciativa dista enormemente de ser una agregación mecánica. Porque debajo de la medida subyace toda una visión última en esta materia que consiste, sucintamente, en concebir la producción, sea agraria o industrial, en una profunda simbiosis que torna inescindibles las políticas sobre el sector. Al mismo tiempo, se coordinan las acciones de inversión, financiamiento y cooperación internacional con el órgano específico, el cual también se crea con características propias por esta norma.

Con respecto a las jurisdicciones restantes, se mantiene su régimen institucional y excepto en la sistemática formal de asignación de competencias, no comportan innovaciones tan significativas como para abundar en su fundamentación.

En lo atinente a las secretarías de estado, la Secretaría General de la Gobernación refuerza su rol de gestión directa y de coordinación de las políticas del Poder Ejecutivo y la Secretaría de Política Ambiental se reemplaza por un modelo superador como lo es el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, cuyas incumbencias le dotan un accionar transversal a todas las áreas con competencia en la materia, y bajo un modelo de gestión y organizacional ágil y moderno.

Otra modificación que repara la ubicación sistemática de pertenencia es la incorporación a la Ley de Ministerios de la Asesoría General de Gobierno la cual, manteniendo su investidura institucional, su rango y sus competencias, es consignada como el organismo central de asesoramiento del Poder Ejecutivo, reservando sus aspectos funcionales y operativos a la reglamentación.

Finalmente, se crea la Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional otorgándosele a la misma la especificidad propia de los crecientes procesos productivos con anclaje en el comercio exterior, además de atraer inversiones a la provincia.

La recepción legislativa del proyecto que se acompaña, contribuirá en forma ponderable a dotar al gobierno provincial de una herramienta institucional acorde con el modelo de gestión que se instrumentará.

A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.

 

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.