Fundamentos de la

 

Ley 6266

 

 

            Es evidente que hace falta en ámbito de la Provincia, una ley especial, que establezca con precisa claridad y extensión cuáles son las atribuciones y obligaciones que competen a los consejos escolares.

            Bien es sabido que, la creación de esos cuerpos dentro del régimen municipal, tuvo por fin colocar a la enseñanza primaria y a los problemas que de orden económico-administrativo trae aparejada aquélla, en cada distrito, en manos de vecinos calificados, cuyo conocimiento y arraigo en el medio en que actúan, contribuya a dar mayor eficacia a la misión de cumplir.

            Establecer las tareas y normas a que deben ajustarse los consejos escolares, es dar a los mismos, seguridad en su acción y sustraerlos a la difusa determinación que establece la actual Ley Orgánica de las Municipalidades. La reforma exacta de su constitución, la elección de sus autoridades y distintos deberes y atribuciones de ellas, no pueden escapar de la letra de la ley, porque esto evitará conflictos y abusos en la ejecución de los mandatos otorgados por el pueblo.

            De más está decir, que los problemas particulares existentes en cada distrito relacionados con la enseñanza, descentralizados de la consideración única y directa de las autoridades centrales, agilizarán el encaramiento de aquéllos y le ofrecerán mayor acierto en sus cabales soluciones.

            Muchos expedientes, surgidos de asuntos relacionados con el ausentismo escolar, función de vigilancia que consideramos primordial, con la construcción o refección de edificios escolares y medidas administrativas de orden y urgencia, quedarán reducidos al mínimo, pues, los consejos escolares serán asesores capacitados o interesados por el afianzamiento de la enseñanza en los distritos de su influencia.

            Por otra parte se contribuirá a afianzar el sistema federal de gobierno, dando a esos entes surgidos de las expresiones populares, en y para cada municipio, la mayor autonomía, teniendo en cuenta que la comuna representa la célula básica de la estructura político-administrativa que propugna nuestra Constitución.

            Este proyecto surgido, en su mayor parte, de la asamblea de autoridades de consejos escolares de la Provincia, realizada en Avellaneda, llena un incuestionable vacío en nuestra legislación.