Decreto 547/1988

 

 

La Plata, 9 de febrero de 1988.-

 

            VISTO el proyecto de convenio entre la Provincia de Buenos Aires y los municipios de la provincia de Buenos Aires, y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que la cumplimentación de los convenios de referencia coadyuva al logro de las metas propuestas por el gobierno.

            Que las mismas se orientan en el sentido de lograr un mayor grado de autonomía municipal.

            Que es propósito del gobierno reformular la política fiscal vigente.

            Que para ello se hace indispensable corregir las inequidades, ineficiencias e ineficacias del actual sistema tributario.

            Que la descentralización administrativa de los tributos provinciales que se determinen conllevará a la prosecución de dichos objetivos.

            Que es menester logar un procedimiento ágil en cuanto al trámite de aprobación a que dichos convenios se refieren.

            Que la experiencia recogida en situaciones similares hace aconsejable delegar en el señor ministro de Economía la aprobación de dichos actos.

            Que ha producido informe la Subsecretaría de Hacienda y la Contaduría General de la Provincia.

            Que de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno y la vista del señor fiscal de Estado, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

            Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

Artículo 1.- Delégase al señor ministro de Economía de la provincia de Buenos Aires, la facultad de suscribir los convenios tendientes a lograr la descentralización administrativa tributaria que se determine, con las municipalidades de la provincia de Buenos Aires.

 

Artículo 2.- Apruébase el texto del convenio tipo a suscribirse en su oportunidad, en que como Anexo, pasa a formar parte integrante del presente decreto.

 

Artículo 3.- El presente decreto será refrendado por los señores ministros secretarios en los departamentos de Economía y de Gobierno.

 

Artículo 4.- Regístrese, notifíquese al señor fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.

 

ANEXO

CONVENIO TIPO

 

            En la ciudad de                                        , reunidos para este acto el intendente municipal de                                                              y el señor ministro de Economía de la provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

            Que para el logro de los fines político-institucionales de la Provincia, es necesario implementar un sistema de descentralización administrativa de determinados tributos de jurisdicción provincial.

            Que resulta necesario propiciar un mayor grado de cooperación en materia tributaria entre las distintas jurisdicciones.

            Que es firme propósito el perfeccionamiento de los planes y procedimientos de contralor disminuyendo la evasión y evitando la dispersión de esfuerzos.

            Que las partes, para llevar a cabo sus fines realizan un manejo de información que, de compartirse y cumplimentarse, redundaría recíprocamente en una considerable economía operativa.

            Que la ejecución de tareas coordinadas apuntará a consolidar un sistema de recaudación, control y fiscalización más eficiente.

            Que por otra parte se verán favorecidos tanto el erario público, en términos de mayor recaudación y reducción de gastos operativos, como el usuario y/o contribuyente toda vez que se reduzcan las inequidades existentes.

 

CONVIENEN Y ACUERDAN:

 

Artículo 1.- La provincia de Buenos Aires representada por el señor ministro de Economía y la municipalidad de …………………………….., representada por el señor intendente, realizarán todas las acciones tendientes a lograr los siguientes objetivos:

 

  1. Implementación de un sistema de descentralización administrativa para el cobro de determinados tributos de jurisdicción provincial.

 

  1. Coordinación de un sistema común de recaudación, control y fiscalización.

 

  1. Compatibilización de registros e información de las distintas jurisdicciones.

 

  1. Coordinación de esfuerzos humanos y materiales.

 

Artículo 3.- Los programas específicos que en orden a la ejecución del presente se instrumenten constarán en anexos que se considerarán formando parte de este convenio.

 

            En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de                                                    , a los ………… días del mes de …………………………….de 198   .-