Decreto
583/2011 |
VISTO el expediente Nro. 5500-66/11 mediante
el cual se tramita la aprobación de la estructura orgánico – funcional de CONSIDERANDO: Que Que el artículo 68 de la citada Ley
constituye como órgano rector del Subsistema de Tesorería a Que en ese marco, teniendo en cuenta que las
modificaciones introducidas en los objetivos del Organismo contemplan
implementar un modelo de gestión acorde con los ejes de la política de modernización
y la capacidad de ejecutar los procesos que se requieran; alineándose con la
estrategia del Poder Ejecutivo y en la búsqueda de lograr que el Organismo dé
eficientes respuestas a los programas del Gobierno Provincial. Que Que en los últimos años la normativa
tributaria dictada por las respectivas Autoridades de Aplicación, ha asignado
a Que tal función ha generado un aumento en
las recaudaciones a través de la implementación de nuevos procesos que
conllevan un control exhaustivo sobre la situación fiscal de acreedores del
Estado ante pagos efectuados por el Organismo y se ha constituido en un
emisor de criterios de aplicación de las diversas resoluciones impositivas
vigentes ante las Jurisdicciones y Entidades que integran el Sector Público
Provincial que encauzan en él su consulta. Que en el marco de la política de la calidad
de la gestión promovida por el Gobierno de Que la política de eficiencia y
transparencia en el Organismo requiere la capacitación permanente de sus
agentes, y de acciones de formación en las unidades de Tesorería, en su rol
de órgano rector del Subsistema de Tesorería, lo que ha de generar un cúmulo
de actividades que se deben adecuar. Que buscando promover y fortalecer la
vinculación institucional del Organismo y teniendo en cuenta la trascendencia
que el Estado Provincial da a la divulgación de los actos de gobierno, se
considera oportuno promover acciones de comunicación institucional necesarias
a fin de difundir la actividad del Organismo y toda información de interés
publico que pudiera surgir del cumplimiento de su función. Que, en consecuencia, por la suma de las
razones expuestas la estructura organizativa propuesta resulta consistente
con la mayor complejidad y cuantía de sus funciones. Que el Decreto Ley Nro. 8941/77 fue derogado
por Que resulta procedente efectuar la
aprobación de la estructura organizativa de Que por mantenerse en sustancia los
lineamientos establecidos para la presente estructura, y atendiendo a la
complejidad de las competencias atribuidas a Que habiendo tomado intervención Que la presente medida se dicta en uso de
las atribuciones conferidas por el artículo 144 -Proemio- de Por ello, EL GOBERNADOR DE DECRETA Artículo 1.- Aprobar la estructura orgánico – funcional de integrante del presente. Artículo 2.- Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo 1
los siguientes cargos funcionales y con la equiparación indicada: CARGO FUNCIONAL NIVEL UN (1) Tesorero General Ley 13.493 UN (1) Subtesorero General Ley 14.197 Artículo 3.- Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo 1
los siguientes cargos: UN (1) Secretario General con remuneración equivalente
a Subsecretario; UN (1) Director General de Planificación Financiera; UN (1)
Director General de Contabilidad y Análisis; UN (1) Director General de
Proyectos y Gestión; UN (1) Director General Técnico Ejecutivo; UN (1)
Director General de Administración; UN (1) Director de Programación
Financiera; UN (1) Director de Coordinación Financiera y Presupuestaria; UN
(1) Director de Contabilidad de Movimiento de Fondos y Balances; UN (1)
Director de Análisis e Ingreso de Exigibilidades; UN (1) Director de
Desarrollo y Gestión; UN (1) Director Jurídico; UN (1) Director Impositivo;
UN (1) Director de Erogaciones del Tesoro; UN (1) Director de Rendición de
Cuentas; UN (1) Director de Coordinación Contable; UN (1) Director de
Coordinación Administrativa; UN (1) Director de Sistemas e Informática; UN
(1) Director de Relaciones Institucionales y Capacitación; UN (1) Subdirector
de Contabilidad de Movimiento de Fondos y Balances; UN (1) Subdirector de
Erogaciones del Tesoro; UN (1) Jefe de Departamento Recursos Tributarios y Otros
Recursos; UN (1) Jefe de Departamento Exigibilidades; UN (1) Jefe de
Departamento Coordinación Financiera y Presupuestaria; UN (1) Jefe de
Departamento Instrumentos Financieros; UN (1) Jefe de Departamento Registro
de Acreedores y Plan de Cuentas; UN (1) Jefe de Departamento Estados
Contables; UN (1) Jefe de Departamento Cuenta Única del Tesoro; UN (1) Jefe
de Departamento Conciliación Bancaria; UN (1) Jefe de Departamento Sector
Público; UN (1) Jefe de Departamento Gastos en Personal; UN (1) Jefe de Departamento
Bienes y Servicios No Personales; UN (1) Jefe de Departamento Proyectos y
Calidad; UN (1) Jefe de Departamento Despacho; UN (1) Jefe de Departamento
Autorizaciones de Pago; UN (1) Jefe de Departamento Afectaciones
Patrimoniales; UN (1) Jefe de Departamento Legal; UN (1) Jefe de Departamento
Retenciones; UN (1) Jefe de Departamento Normas Impositivas; UN (1) Jefe de
Departamento Liquidaciones; UN (1) Jefe de Departamento Pagos; UN (1) Jefe de
Departamento Estados de Caja, Control y Rendiciones; UN (1) Jefe de
Departamento Compras y Patrimonio; UN (1) Jefe de Departamento Presupuesto,
Contabilidad y Sueldos; UN (1) Jefe de Departamento Tesorería y Rendiciones;
UN (1) Jefe de Departamento Mesa de Entradas; UN (1) Jefe de Departamento
Personal; UN (1) Jefe de Departamento Servicios Auxiliares y Automotores; UN
(1) Jefe de Departamento Análisis y Programación; UN (1) Jefe de Departamento
Atención a Usuarios; UN (1) Jefe de Departamento Equipamiento y Operaciones;
UN (1) Jefe de Departamento Ceremonial y UN (1) Jefe de Departamento
Capacitación; los que tendrán idéntico rango y remuneración que sus pares de Artículo 4.- Determinar para el Tesorero General de Artículo 5.- Determinar para Artículo 6.- Derogar los artículos 1, 2 y 3 del Decreto Nro. 2015/03 y toda otra
norma que se oponga al presente. Artículo 7.- Establecer que dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, a
partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del presente, el
titular de Artículo 8.- Artículo 9.- Exceptuar la presente medida de lo dispuesto en el Decreto Nro.
1322/05. Artículo 10.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en
los Departamentos de Economía y de Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 11.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA,
pasar a ANEXO 2 ACCIONES TESORERÍA GENERAL DE SECRETARÍA GENERAL ACCIONES 1. Adoptar todas las medidas necesarias para posibilitar el
cumplimiento eficaz de los planes y programas establecidos por el Titular del
Organismo, de acuerdo con las competencias otorgadas y controlar su
ejecución. 2. Organizar los estudios necesarios para el desarrollo de proyectos
referidos al Subsistema de Tesorería, en el marco de 3. Impulsar el desarrollo de proyectos para la integración del sistema
de administración financiera con otras Jurisdicciones y Organismos. 4. Organizar y elaborar los mecanismos de información a brindar a los
acreedores del Estado, funcionarios y público en general, de conformidad a
las directivas impartidas por la autoridad. 5. Metodizar las actividades necesarias para la confección de las
distintas publicaciones técnicas que produce el Organismo. 6. Organizar, coordinar y compatibilizar el ordenamiento legal en los
temas de su competencia, elaborando y proponiendo al Tesorero General las
modificaciones necesarias. 7. Organizar los estudios y análisis requeridos a fin de elaborar el
anteproyecto de Presupuesto anual del Organismo. 8. Impartir las instrucciones pertinentes y controlar los actos
relacionados con la administración financiera, patrimonial, de recursos
humanos y de apoyo administrativo y organizativo en el orden interno. 9. Disponer la implementación en DELEGADOS DE TESORERÍA ACCIONES 1. Controlar el cumplimiento de las normas de aplicación y registro
dictadas por 2. Verificar la aplicación de los fondos entregados por 3. Realizar el control mensual de la ejecución de los pagos efectuados
por las unidades de Tesorería, vinculados con las cuotas de pago transferidas
por el Organismo. 4. Verificar la aplicación de afectaciones patrimoniales(cesiones,
prendas, embargos y fideicomisos), retenciones impositivas y de la seguridad
social efectuadas por las unidades de Tesorería. 5. Elaborar informes periódicos sobre la ejecución de los pagos, la
aplicación de afectaciones patrimoniales (cesiones, prendas, embargos y
fideicomisos), retenciones impositivas y de la seguridad social, efectuadas
por las unidades de Tesorería. 6. Analizar y formular propuestas para establecer y/o modificar
procesos que aseguren la correlación entre el destino y la aplicación de los
fondos transferidos a las unidades de Tesorería, el control de afectaciones
patrimoniales (cesiones, prendas, embargos y fideicomisos) y de las
retenciones impositivas y de la seguridad social. 7. Asistir al Secretario General en el cumplimiento de planes y
programas establecidos por las Autoridades Superiores, en el marco del plan
estratégico del Organismo. 8. Brindar asistencia técnica en el desarrollo operativo de DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN FINANCIERA ACCIONES 1. Analizar y coordinar la formulación de estudios, proyecciones,
incidencias, cálculos y pronósticos financieros a los fines de elaborar el
Presupuesto de Caja de Ejercicio, conforme las directivas del Tesorero
General de 2. Planificar la ejecución financiera y coordinar la misma con la
ejecución presupuestaria. 3. Sistematizar el seguimiento de la ejecución del Presupuesto
Provincial y su correspondencia con el Presupuesto de Caja Anual. 4. Producir estados proyectados de fondos e informes de evaluación y
control, para ser elevados al Titular del Organismo. 5. Elaborar juntamente con 6. Participar en la asignación de cuotas del Sistema de Cuenta Única
del Tesoro. 7. Proponer acciones a fin de ejecutar operaciones financieras, de
incumbencias de 8. Emitir opinión sobre la factibilidad de asumir compromisos de pago. 9. Emitir opinión sobre inversiones temporales de fondos que realicen
las entidades provinciales del sector público no financiero en instituciones
financieras del país o del extranjero. 10. Coordinar con entidades de DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN FINANCIERA DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN FINANCIERA ACCIONES 1. Proyectar la aplicación de 2. Analizar la composición del Presupuesto Provincial y su relación
con el Presupuesto de Caja Anual en los ítems correspondientes a Ingresos y
Egresos operativos. 3. Analizar estados proyectados de fondos, y su impacto en la
situación de “Caja”. 4. Programar y coordinar la ejecución financiera con la presupuestaria,
en base a las disponibilidades y su realización. 5. Disponer la captura, recopilación y ordenamiento de datos
relevantes para la gestión de Ingresos y Egresos operativos para su
Programación Financiera. 6. Analizar la evolución de 7. Elaborar estados proyectados de fondos e informes de evaluación y
control sobre Ingresos y Egresos operativos. 8. Evaluar las diferentes actividades inherentes a 9. Determinar la disponibilidad de cada uno de los recursos
analizados, y adecuar los procedimientos previstos para la captura de la
información relevante relacionada con los mismos. 10. Arbitrar con los entes involucrados en la administración de
recursos, la captura de datos para la gestión de los mismos. 11. Identificar y analizar los diferentes circuitos de información
relacionados con los recursos; evaluando y controlando los mismos. 12. Coordinar proyecciones financieras con las áreas competentes del
Ministerio de Economía. DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN FINANCIERA DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN FINANCIERA DEPARTAMENTO RECURSOS TRIBUTARIOS Y OTROS RECURSOS ACCIONES 1. Capturar datos relevantes para la gestión, a través de las
relaciones con los diferentes entes y organismos involucrados en la
administración de recursos, para la gestión de recursos. 2. Identificar Recursos Presupuestarios, analizar su origen, normativa
vigente y sus características. 3. Efectuar análisis cualitativos, determinar circuitos y realizar
aportes para la optimización de los flujos detectados. 4. Determinar la disponibilidad de cada uno de los recursos
analizados. 5. Confeccionar proyecciones de recursos, determinar su estacionalidad
y efectuar el análisis pormenorizado y específico de cada uno de ellos para
la determinación más acertada de sus probabilidades y oportunidad de
recaudación para su utilización. 6. Identificar y analizar los recursos específicos de cada uno de los
organismos que forman 7. Controlar y verificar la imputación de ingresos afectados por
retenciones nacionales y/o provinciales, así como su posterior afectación. 8. Identificar y determinar áreas generadoras de información relevante
y coordinación con dichas fuentes de información. DEPARTAMENTO EXIGIBILIDADES ACCIONES 1. Coordinar, programar y gestionar los planes de pago del sector
público y privado con las diferentes Entidades de Administración Provincial y
áreas del Organismo. 2. Analizar los Estados de Exigibilidades y su evolución. 3. Efectuar el control de las exigibilidades requeridas por las
Tesorerías periféricas. 4. Analizar los egresos corrientes previstos en el Presupuesto
Provincial y su incorporación al Presupuesto de Caja. 5. Capturar, organizar, definir y clasificar la información de egresos
operativos para la elaboración de estadísticas, implementando métodos para el
procesamiento de los datos que permitan enfrentar la incertidumbre,
obteniendo mayor precisión en la búsqueda de la probabilidad de ocurrencia de
los hechos. 6. Analizar instrumentos normativos, mensurando su impacto en la
posición financiera de Caja o en el accionar del área. 7. Definir los indicadores de gestión para la medición de los
resultados en su incidencia en las acciones financieras de los distintos
organismos y dependencias. 8. Producir informes para el seguimiento, control y evaluación del
Presupuesto de Caja. 9. Vincular la registración presupuestaria, y los clasificadores
presupuestarios provinciales, de forma tal que permitan inferir su
vinculación con el Presupuesto de Caja. 10. Analizar la distribución de las metas financieras establecidas
entre los Organismos y Jurisdicciones Provinciales involucradas 11. Elaborar proyecciones y efectuar el seguimiento para dar
cumplimiento a la cancelación de los libramientos de pago de los haberes
correspondientes al personal, y su respectivo cronograma. 12. Llevar registro de los compromisos de pago sobre los que 13. Identificar y determinar áreas generadoras de información
relevante y coordinación con dichas fuentes de información. DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN FINANCIERA DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA ACCIONES 1. Proyectar la aplicación de 2. Analizar la composición del Presupuesto Provincial y su relación
con el Presupuesto de Caja Anual en los ítems correspondientes a Fuentes y
Aplicaciones Financieras. 3. Analizar estados proyectados de fondos y su impacto en la situación
de “Caja”. 4. Disponer la captura, recopilación y ordenamiento de datos
relevantes para la gestión de las Fuentes y Aplicaciones Financieras. 5. Analizar la evolución de las Fuentes y Aplicaciones Financieras en
la ejecución del Presupuesto Provincial, realizando el seguimiento del mismo
y su correspondencia con el Presupuesto de Caja Anual. 6. Elaborar estados proyectados de fondos e informes de evaluación y
control sobre Fuentes y Aplicaciones Financieras. 7. Analizar mecanismos e instrumentos para cubrir deficiencias
temporales de caja. 8. Analizar la factibilidad de la colocación de los excedentes
transitorios del Tesoro. 9. Analizar la factibilidad sobre inversiones temporales fondos que
propongan realizar las entidades. 10. Analizar el Sistema de Cuenta Única del Tesoro, el Sistema de
Fondo Unificado y las reservas técnicas de liquidez necesarias para su
adecuada programación. 11. Arbitrar mecanismos necesarios para la administración de los
instrumentos financieros a cargo de 12. Coordinar proyecciones financieras con las áreas competentes del
Ministerio de Economía. DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN FINANCIERA DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN FINANCIERA Y PRESPUESTARIA DEPARTAMENTO COORDINACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA ACCIONES 1. Elaborar los estados de movimientos proyectados de Fondos. 2. Producir informes para el seguimiento, control y evaluación del
Presupuesto de Caja. 3. Identificar y determinar áreas generadoras de información relevante
y coordinación con dichas fuentes de información. 4. Capturar, organizar, definir y clasificar la información referida a
Fuentes y Aplicaciones Financieras para la elaboración de estadísticas, a fin
de obtener mayor precisión en la búsqueda de la probabilidad de ocurrencia de
los hechos. 5. Desarrollar bases estadísticas que posibiliten la definición de
indicadores de gestión para la evaluación de las diferentes actividades
inherentes a la programación financiera. 6. Definir los indicadores de gestión para la medición de los
resultados, en su incidencia en las acciones financieras de los distintos
organismos y dependencias. 7. Realizar mediciones probabilísticas y estimaciones de ocurrencia de
los hechos y la consecuente obtención de informes de gestión. 8. Analizar las Fuentes de Financiamiento previstas en el Presupuesto
Provincial e incorporar las pertinentes al Presupuesto de Caja. 9. Analizar las Aplicaciones Financieras previstas en el Presupuesto
Provincial, y su incorporación al Presupuesto de Caja. 10. Coordinar proyecciones financieras con las áreas competentes del
Ministerio de Economía. 11. Seleccionar herramientas adecuadas de análisis financiero a fin de
elaborar hipótesis que permitan inferir diagnósticos ante distintos
escenarios presentados. 12. Diseñar diferentes escenarios potenciales, en función de distintas
hipótesis, acerca del comportamiento del flujo de fondos futuros con base en
el Presupuesto Provincial, como así también sobre otros hechos no previstos
que impacten en 13. Identificar la necesidad de financiamiento de 14. Anticipar la existencia de eventuales excedentes de caja,
evaluando distintas alternativas de aplicación. 15. Analizar los instrumentos normativos, mensurando su impacto en la
posición financiera de Caja o en el accionar del área. 16. Analizar el Sistema de Cuenta Única del Tesoro, el Sistema de
Fondo Unificado y las reservas técnicas de liquidez necesarias para su
adecuada programación. 17. Vincular la registración presupuestaria, y los clasificadores
presupuestarios provinciales, de forma tal que permitan inferir su
vinculación con el Presupuesto de Caja. 18. Calcular metas financieras de pagos compatibilizadas con las
cuotas de gasto presupuestarias, en concordancia con la situación de los
instrumentos financieros provinciales. DEPARTAMENTO INSTRUMENTOS FINANCIEROS ACCIONES 1. Intervenir, cuando corresponda en las operaciones de toma de fondos
provenientes de operaciones de créditos concretadas. 2. Intervenir, cuando corresponda en las operaciones de colocación de
fondos provenientes de operaciones de créditos concretadas. 3. Capturar y sistematizar información para la instrumentación de
operaciones financieras e impulsar las acciones necesarias para la
registración de los mismos. 4. Intervenir en la instrumentación de la emisión de Letras de
Tesorería u otros instrumentos de efecto cancelatorio, para el pago de
obligaciones a cargo del Organismo. 5. Intervenir en la instrumentación de la emisión de Letras del Tesoro
para cubrir deficiencias estacionales de caja, como así también su
registración y reembolso. 6. Intervenir en las tramitaciones relacionadas con la negociación y
cotización de Letras en mercados locales o internacionales, cuando así
corresponda al Organismo. 7. Tomar injerencia en la celebración de los acuerdos y/o contratos
con entidades financieras oficiales y/o privadas, mercados autorregulados y
demás organizaciones que brinden servicios financieros necesarios para la
instrumentación de las operaciones, desde el punto de vista de su
competencia. 8. Intervenir en la instrumentación de la colocación de los depósitos
oficiales dentro del marco de la política financiera establecida, 9. Entender en el uso de los instrumentos financieros y en el
endeudamiento corriente en finanzas públicas, su normativa legal, su
funcionamiento y la instrumentación administrativa. 10. Identificar y determinar áreas generadoras de información
relevante y coordinación con dichas fuentes de información. DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD Y ANÁLISIS ACCIONES 1. Planificar la metodología de análisis de las exigibilidades según
su diversidad. 2. Impartir lineamientos para la contabilización de las exigibilidades
y su caducidad. 3. Contabilizar las operaciones que realiza 4. Suministrar información a través de consultas, estados, listados
y/o transferencia de datos a quien oportunamente lo solicite. 5. Establecer pautas contables y de utilización del Plan de Cuentas. 6. Pautar metodología para la obtención de información y/o datos
necesarios para la correcta exposición contable. 7. Definir, juntamente con 8. Administrar el Registro Único de Cuentas Oficiales (RUCO). 9. Administrar DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD Y ANÁLISIS DIRECCIÓN CONTABILIDAD DE MOVIMIENTO DE FONDOS Y BALANCES ACCIONES 1. Controlar el mantenimiento actualizado del Archivo de Acreedores
evitando demoras en el cálculo de retenciones impositivas y en el pago. 2. Determinar el Plan de Cuentas a utilizar en la contabilidad de las
operaciones del Organismo. 3. Realizar el registro de los ajustes que la operatoria contable
exige. 4. Registrar los ingresos de fondos conforme las normas vigentes. 5. Controlar el procesamiento de los Ingresos y Egresos de fondos a
partir del Libro Caja diario. 6. Diseñar, conforme directivas superiores y principios contables, los
Registros, Estados y Balances a emitirse periódicamente. 7. Diagramar la metodología de armado de consultas, listados y/o
transferencia de datos con el sector de informática de acuerdo con las características
solicitadas. 8. Encauzar los requerimientos de 9. Supervisar diariamente la conciliación de las Cuentas Bancarias. DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD Y ANÁLISIS DIRECCIÓN CONTABILIDAD DE MOVIMIENTO DE FONDOS Y BALANCES SUBDIRECCIÓN DE CONTABILIDAD DE MOVIMIENTO DE FONDOS Y BALANCES ACCIONES 1. Coordinar el mantenimiento actualizado del Archivo de Acreedores. 2. Controlar el Plan de Cuentas a utilizar en la contabilidad de las
operaciones del Organismo. 3. Intervenir en el procesamiento de los Ingresos y Egresos de fondos
a partir del Libro Caja diario. 4. Revisar los Registros, Estados y Balances a emitirse
periódicamente. 5. Diligenciar los requerimientos de 6. Asistir en la conciliación diaria de las Cuentas Bancarias. 7. Intervenir en la incorporación de las distintas jurisdicciones y
entidades de 8. Supervisar la elaboración del informe final de Conciliación
Bancaria al cierre del ejercicio, de todas las cuentas, para su rendición al
H. Tribunal de Cuentas. DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD Y ANÁLISIS DIRECCIÓN CONTABILIDAD DE MOVIMIENTO DE FONDOS Y BALANCES SUBDIRECCIÓN DE CONTABILIDAD DE MOVIMIENTO DE FONDOS Y BALANCES DEPARTAMENTO REGISTRO DE ACREEDORES Y PLAN DE CUENTAS ACCIONES 1. Mantener, actualizar y organizar el Archivo de Acreedores teniendo
en cuenta 2. Administrar el Clasificador de Cuentas Contables de manera que permita
el registro de todas las operaciones del Organismo y mantenga una
equivalencia con el Plan de Cuentas Contables de 3. Emitir los Certificados de Crédito Fiscal solicitados por el
COPRET, registrar la información pertinente y proceder oportunamente a su
rescate, de acuerdo a las normas vigentes y la intervención de las áreas
competentes. 4. Coordinar con 5. Atender de forma inmediata los requerimientos de DEPARTAMENTO ESTADOS CONTABLES ACCIONES 1. Obtener y controlar reportes de Cuentas Corrientes de Acreedores para
suministro de información interna ó externa al Organismo. 2. Registrar los asientos de ajuste que sean necesarios. 3. Controlar el Libro Caja Diario antes de su cierre definitivo. 4. Listar Inventarios de expedientes pendientes de pago y promover
cada seis meses el control de las existencias físicas de los mismos;
conciliando el recuento con los reportes e informar a la superioridad. 5. Confeccionar los estados contables mensuales y/o anuales que
produce el Organismo sobre Exigibilidades pendientes en 6. Generar y controlar con el resto de Estados Contables los Listados
de Expedientes ingresados vencidos y Pagos por Jurisdicción y sus respectivos
cuadros resumen e individuales. 7. Analizar los Estados y Balances y disponerlos para su envío de
acuerdo con las directivas de las autoridades del Organismo. DEPARTAMENTO CUENTA ÚNICA DEL TESORO ACCIONES 1. Intervenir en la interacción de 2. Administrar juntamente con todos los sectores involucrados del
Organismo el Sistema de Cuenta Única de 3. Arbitrar los medios a su alcance para identificar todos los
recursos recaudados, ya sean los destinados al Tesoro Provincial, propios de
organismos o vinculados a algún fondo o programa específico, así como los
créditos externos o fondos de terceros que corresponda, a través de la
creación de las Cuentas Escriturales. 4. Establecer los mecanismos para que cada transferencia recibida en 5. Solicitar a la superioridad definiciones acerca del alcance de la
incorporación de las distintas jurisdicciones y entidades de DEPARTAMENTO CONCILIACIÓN BANCARIA ACCIONES 1. Llevar en forma actualizada y ordenada los movimientos relativos a
la operatoria de ingresos y egresos de las cuentas bancarias. 2. Formular diariamente la conciliación de saldos de las cuentas
bancarias del Tesoro Provincial. 3. Elaborar la información relativa a depósitos, transferencias de
fondos y valores, a requerimiento de 4. Controlar con el Banco de 5. Elaborar el informe final de Conciliación Bancaria al cierre del
ejercicio, de todas las cuentas, para su rendición al H. Tribunal de Cuentas
previo control por parte de 6. Confeccionar expedientes para su remisión al sector
correspondiente, de todos los débitos y créditos bancarios de los que no se
conoce su concepto. 7. Emitir un registro donde se expone lo registrado en la contabilidad
(Libro Caja Diario) y su correspondiente movimiento de débito o crédito
surgido de la cartilla enviada por el Banco. DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD Y ANÁLISIS DIRECCIÓN DE ANÁLISIS E INGRESO DE EXIGIBILIDADES ACCIONES 1. Organizar las tareas de análisis de los distintos departamentos
debiendo ajustarse a las normas sobre información y documentación, plazos,
mora, beneficiarios, etc. 2. Verificar que todas las actuaciones de pago cuenten con la
intervención previa de 3. Procesar las exigibilidades para conducir la documentación a un
correcto proceso de efectivización del pago. 4. Implementar procesos de carga de datos al sistema que sean de
incumbencia de esta Tesorería General. 5. Coordinar las tareas para poder cumplir en tiempo y forma con los
planes de pago establecidos. 6. Controlar el funcionamiento del Registro Único de Cuentas Oficiales
(RUCO), interviniendo en las altas, bajas y modificaciones de cuentas
oficiales que se propicien. 7. Informar a 8. Establecer los procedimientos a seguir tendientes a optimizar el
circuito administrativo de los expedientes de acuerdo a los lineamientos que
se impartan. DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD Y ANÁLISIS DIRECCIÓN DE ANÁLISIS E INGRESO DE EXIGIBILIDADES DEPARTAMENTO SECTOR PÚBLICO ACCIONES 1. Recibir y analizar la documentación que ingresa al sector de
conformidad a la clasificación conceptual para los rubros Direcciones de
Administración, Municipalidades, Organismos Descentralizados y Varios, de
acuerdo a la documentación remitida por 2. Procesar las Órdenes de Pago de acuerdo con las características de
cada una de ellas, teniendo en cuenta beneficiarios, condiciones especiales
de pago y fuente de financiamiento. 3. Determinar la forma de cancelación de dichas Órdenes (Pesos, Letras
de Tesorería, etc.). 4. Confeccionar periódicamente informes sobre las entregas de fondos y
el estado de deuda según la oportunidad que requiera el caso, a solicitud de
los distintos sectores internos y jurisdicciones vinculadas a 5. Confeccionar los planes de pago correspondientes al Sector Público
de conformidad con las directivas emanadas del Tesorero General. 6. Ejecutar las altas, bajas y modificaciones en el Registro Único de
Cuentas Oficiales (RUCO). 7. Relevar permanentemente las necesidades del Registro Único de
Cuentas Oficiales (RUCO), para la actualización y desarrollo de su soporte
informático. 8. Conciliar con las distintas reparticiones vinculadas con DEPARTAMENTO GASTOS EN PERSONAL ACCIONES 1. Recibir y analizar las Órdenes de Pago correspondientes a Haberes
mensuales y SAC del personal. 2. Procesar y contabilizar las Órdenes de Pago de acuerdo con el
cronograma de Pagos establecido por el Tesorero General de 3. Recopilar, registrar y archivar los datos necesarios a fin de
confeccionar los Estados de Gastos en Personal, que constituyen información
de base para la elaboración de pronósticos financieros, para el seguimiento y
control presupuestario, y para la toma de decisiones de las distintas
reparticiones vinculadas a 4. Clasificar y registrar las Órdenes de Pago correspondientes a las
contribuciones y aportes del personal de las distintas reparticiones a favor
de los Organismos Previsionales y Asistenciales. 5. Diagramar las entregas de fondos y su correspondiente afectación a
Órdenes de Pago, determinando la forma de cancelación de dichas obligaciones
(Pesos, Letras de Tesorería, Letras Previsionales, etc.) 6. Confeccionar periódicamente informes sobre las entregas de fondos y
el estado de deuda según la oportunidad que requiera el caso, a solicitud de
los distintos sectores internos y jurisdicciones vinculadas a 7. Recibir, analizar y procesar las Órdenes de Pago vinculadas con
Otros Gastos en Personal, a fin de proceder a su correspondiente
planificación de pago de acuerdo a las disponibilidades financieras y a las
autorizaciones emanadas del Tesorero General. DEPARTAMENTO BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES ACCIONES 1. Recibir y analizar la documentación que ingresa al Sector de
conformidad con la clasificación conceptual, para los rubros: Proveedores,
Contratistas de Obra y Empresas de Servicios Públicos. 2. Controlar las Órdenes de Pago, verificando que se ajusten a los
requisitos legales sobre la materia. 3. Determinar el instrumento de cancelación de las Órdenes de Pago
(Pesos, Bonos y/o Letras de Cancelación de Obligaciones). 4. Procesar la documentación recibida y proceder a su contabilización.
5. Confeccionar los planes de pago correspondientes al sector privado,
sujetos a las directivas emanadas del Tesorero General. 6. Verificar en cada caso el número de inscripción a los fines
impositivos. DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS Y GESTIÓN ACCIONES 1. Planificar acciones y metodologías para establecer vínculos
externos que posibiliten la firma de convenios, pactos, acuerdos, compromisos
e instrumentos de cooperación, para facilitar la ejecución concertada de programas
y proyectos, intercambio de información y experiencia. 2. Coordinar el desarrollo de proyectos vinculados con el
funcionamiento de las unidades de Tesorería del Sector Público Provincial, en
el marco de la competencia del Organismo como órgano rector del Subsistema de
Tesorería, participando en la elaboración de normas y procedimientos a
implantarse en las mismas y establecer los nexos para el asesoramiento respectivo. 3. Coordinar en todo lo referente al desarrollo conceptual de
proyectos vinculados con la operación del Subsistema de Tesorería. 4. Coordinar el desarrollo de proyectos referidos a los medios de
pagos utilizados en el Sistema de Tesorería. 5. Intervenir en el estudio, alcance y definición de las normas y
procedimientos internos de 6. Asistir técnica y administrativamente a los señores Tesorero
General, Subtesorero General y Secretario General, en el despacho diario. 7. Programar, coordinar e implementar los actos administrativos
necesarios, para la atención del despacho de 8. Organizar, implementar y controlar el debido registro y
protocolización de los actos administrativos que se dicten en el Organismo,
manteniendo el Registro Único Centralizado. 9. Centralizar y coordinar la diagramación de autorizaciones de pago
correspondientes a acreedores privados, que se someten a consideración y
aprobación del señor Tesorero General. 10. Intervenir en las actuaciones administrativas por las que se
tramitan compromisos financieros de las distintas Jurisdicciones, Organismos
Provinciales y/o Entes Autárquicos. 11. Asistir en las propuestas de modificación de la estructura
organizativa. 12. Controlar el funcionamiento del servicio de biblioteca del
Organismo, archivo de material bibliográfico y documentación. DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS Y GESTIÓN DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y GESTIÓN ACCIONES 1. Coordinar el estudio, alcance y definición de las normas y
procedimientos internos de 2. Analizar, evaluar y desarrollar los proyectos sobre normas y
procedimientos a implantarse en las unidades de Tesorería del Sector Público
Provincial. 3. Supervisar el desarrollo conceptual de proyectos vinculados con la
operación del Subsistema de Tesorería. 4. Proponer, diseñar y supervisar la implementación y ejecución de las
acciones referidas al mejoramiento de la calidad de la gestión, en el marco
del plan institucional con enfoque estratégico del Organismo. 5. Proyectar decretos, resoluciones y disposiciones referidas al
Sistema de Tesorería, conforme directivas de las autoridades del Organismo. 6. Sistematizar el asesoramiento en el uso de normas aplicables a las
unidades de Tesorería del Sector Público Provincial. 7. Supervisar el trámite de las actuaciones relacionadas al despacho
de las Autoridades Superiores. 8. Controlar el registro numérico centralizado de toda documentación
que emane del Organismo. 9. Participar en la tramitación de actuaciones que asuman compromisos
financieros futuros. 10. Supervisar la tramitación de autorizaciones de pago correspondientes
a acreedores privados, que se someten a consideración y aprobación del señor
Tesorero General. 11. Supervisar el ordenamiento, procesamiento y distribución de la
información mensual emanada del Organismo con destino a las distintas
Jurisdicciones, Organismos Provinciales y/o Entes Autárquicos. 12. Supervisar el servicio de biblioteca del Organismo. DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS Y GESTIÓN DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y GESTIÓN DEPARTAMENTO PROYECTOS Y CALIDAD ACCIONES 1. Intervenir en el estudio de factibilidad técnica de aplicación de
normas y procedimientos a implantarse en las unidades de Tesorería del Sector
Público Provincial. 2. Participar en la elaboración de los proyectos sobre normas y
procedimientos a implantarse en el Organismo y en las Unidades de Tesorería
del Sector Público Provincial en el marco de competencia como órgano rector
del Sistema de Tesorería, a fin de adecuar las normas y procedimientos en
estudio a los parámetros de calidad de la gestión que se propicia en el
Organismo. 3. Integrar los equipos de desarrollo de proyectos informáticos
conjuntos con otros órganos rectores del Sistema de Administración
Financiera, en particular en lo relacionado con el Sistema de Tesorería. 4. Relevar los recursos e información necesarios para evaluar la
calidad de la gestión. 5. Realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación de la gestión
operativa en el Organismo, y atender e informar sobre todo posible desvío,
las alternativas de corrección y soluciones. 6. Elaborar informes de diagnóstico de procedimientos, recursos
humanos y tecnológicos, infraestructura y ambiente de trabajo. 7. Ejecutar acciones tendientes a la implementación y mantenimiento de
un sistema de gestión de calidad, conforme el plan estratégico institucional. DEPARTAMENTO DESPACHO ACCIONES 1. Recibir, expedir, tramitar y distribuir las actuaciones
administrativas relacionadas al despacho de las Autoridades Superiores. 2. Recibir, confeccionar y diligenciar la documentación, actuaciones
y/o proyectos de decretos, resoluciones, disposiciones, notas y todo trámite
que fuera elevado para la firma del señor Tesorero General. 3. Llevar el registro numérico centralizado de toda documentación que
emane del Organismo. 4. Centralizar el archivo de Leyes, Decretos Nacionales y
Provinciales, Resoluciones, Disposiciones, Memorandos, Notas e Informes del
año en curso. 5. Intervenir en el diligenciamiento de actuaciones que asuman
compromisos financieros futuros, registrando y actualizando la evolución de
los mismos. 6. Sistematizar el ordenamiento, procesamiento y distribución de la
información mensual emanada del Organismo con destino a las distintas
Jurisdicciones, Organismos Provinciales y /o Entes Autárquicos. DEPARTAMENTO AUTORIZACIONES DE PAGO ACCIONES 1. Recibir las actuaciones administrativas relacionadas con el pago a
acreedores y beneficiarios particulares del Estado Provincial. 2. Clasificar los expedientes de pago correspondientes a acreedores y
beneficiarios particulares del Estado Provincial, conforme su vencimiento,
condición de pago y disponibilidad de flujo de fondos dispuesto por el señor
Tesorero General. 3. Incorporar al sistema informático las autorizaciones de pago
dispuestas por el Titular del Organismo. 4. Elevar a consideración del Tesorero General los pedidos de
excepción vinculados con expedientes de pago de acreedores privados y
diligenciar la resolución respectiva. 5. Incorporar al sistema informático las modificaciones y/o bajas de
las autorizaciones de pago dispuestas por el Titular del Organismo. 6. Emitir reportes de autorizaciones de pago para información de las
Autoridades Superiores y todo otro destino que ellas determinen. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO EJECUTIVA ACCIONES 1. Analizar la situación diaria de Caja a fin de cumplimentar las
prioridades de pago determinadas por el Tesorero General. 2. Estructurar y supervisar la ejecución de la apropiación de los
ingresos y la efectivización de los egresos del Organismo. 3. Registrar diariamente el movimiento de los ingresos y egresos de
fondos, Letras de Tesorería, títulos y valores que se hallen a cargo y orden
de 4. Disponer la tramitación de la documentación que ingrese al área
para su efectivización. 5. Supervisar en forma integral la ejecución del sistema para la
provisión de combustible en el ámbito provincial. 6. Analizar los registros del movimiento de caja diario. 7. Coordinar el rescate de Letras de Tesorería para Cancelación de
Obligaciones y Bonos de Cancelación de Obligaciones. 8. Participar en los convenios de pago que celebre 9. Centralizar y supervisar el Registro de Poderes, Contratos y
Medidas de Afectación Patrimonial. 10. Supervisar la aplicación de la temática jurídica de aplicación en
el accionar del Organismo; brindado el apoyo legal en todos los supuestos
requeridos por las autoridades. 11. Analizar, ejecutar y controlar la aplicación de las normas
impositivas en general que hagan al interés del Organismo. 12. Administrar las altas, bajas y modificaciones de las cuentas de
Bancos informadas por los beneficiarios. 13. Informar a 14. Efectuar ante el H. Tribunal de Cuentas la rendición de cuentas de
los pagos realizados por el Organismo. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO EJECUTIVA DIRECCIÓN JURÍDICA ACCIONES 1. Analizar, evaluar y controlar la correcta aplicación de las normas
jurídicas de interés en el accionar del Organismo. 2. Intervenir en todos los expedientes de pago con afectaciones
patrimoniales. 3. Controlar el diligenciamiento y trámite de los oficios judiciales y
administrativos, de acuerdo con las normas legales vigentes. 4. Certificar y autorizar el registro de poderes, contratos, y medidas
de afectación patrimonial y cualquier interdicción relacionada con los
créditos a pagar a través del Organismo. 5. Intervenir en el análisis de la procedencia de los reclamos de
liquidación de intereses por mora presentados por acreedores del Estado. 6. Dar intervención a los organismos competentes para el correcto
encuadramiento de las peticiones formuladas por proveedores y contratistas. 7. Disponer la emisión de certificaciones, conforme a las normas
legales vigentes. 8. Disponer las acciones atinentes al pago de Títulos y Valores. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO EJECUTIVA DIRECCIÓN JURÍDICA DEPARTAMENTO AFECTACIONES PATRIMONIALES ACCIONES 1. Llevar el Registro de Poderes, Contratos y Medidas de Afectación
Patrimonial sobre la titularidad de los créditos a pagar. 2. Verificar previo a la recepción de los instrumentos para su
registro que se haya dado cumplimiento a las normas legales vigentes. 3. Atender consultas de proveedores, contratistas y demás asociaciones
y/o entidades, sobre la temática de su competencia. 4. Informar a 5. Emitir y controlar Certificados de Liquidación Provisoria (Decreto
Nro. 496/09) 6. Efectuar el análisis y proceder a la liquidación de los expedientes
de pago con afectaciones patrimoniales. 7. Confeccionar informes periódicos sobre evolución de afectaciones
patrimoniales. 8. Realizar talleres sobre procedimientos y normativas sobre
afectaciones patrimoniales, coordinando los mismos con el área de
capacitación del Organismo. DEPARTAMENTO LEGAL ACCIONES 1. Recopilar la legislación pertinente de aplicación en el Organismo. 2. Brindar apoyo legal a las distintas Direcciones Generales de 3. Participar en la elaboración de los convenios que celebre el
Organismo. 4. Desarrollar e instrumentar herramientas contractuales para el pago
en Títulos y Valores. 5. Emitir certificaciones de créditos líquidos exigibles y de plazo de
pago vencido según las normas legales vigentes. 6. Proceder al rescate de Certificados de Crédito Fiscal (Ley Nro.
10.448). 7. Tramitar oficios judiciales y administrativos. 8. Analizar y tramitar los reclamos de intereses por mora presentados
por acreedores del Estado. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO EJECUTIVA DIRECCIÓN IMPOSITIVA ACCIONES 1. Coordinar la elaboración de proyectos de resolución y documentos
técnicos en materia impositiva y de la seguridad social, de carácter
interpretativo destinadas al Sector Público Provincial. 2. Supervisar la aplicación del régimen impositivo, nacional y
provincial, en las liquidaciones de los expedientes de pago, a cancelar por 3. Aplicar las disposiciones vigentes en materia tributaria y de la
seguridad social, atendiendo a la función de Agente de Retención de impuestos,
Nacionales y Provinciales y Agente de Información, que le compete a 4. Analizar y controlar la aplicación de las normas tributarias y de
la seguridad social y mantener actualizado el conjunto de normas legales,
leyes y resoluciones dictadas por 5. Controlar la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos
para los cuales 6. Controlar la presentación de las declaraciones juradas de los
impuestos para los cuales 7. Atender y resolver las consultas sobre retenciones impositivas, que
plantean los proveedores, contratistas y demás asociaciones o entidades, como
así también las distintas Jurisdicciones y Organismos del Sector Público
Provincial. 8. Desarrollar contenidos técnicos para talleres de actualización
impositiva y dictar cursos según requerimientos de las áreas de capacitación. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO EJECUTIVA DIRECCIÓN IMPOSITIVA DEPARTAMENTO RETENCIONES ACCIONES 1. Codificar y verificar los expedientes de pago en materia impositiva
y de la seguridad social para autorizar su liquidación. 2. Aplicar la normativa sobre retenciones impositivas y de la
seguridad social en las liquidaciones de los expedientes de pago, controlando
la correcta correlación de la codificación asignada. 3. Informar y depositar mediante transferencia electrónica los pagos
por las retenciones efectuadas en los impuestos y regímenes de la seguridad
social que hubieren sido designados tanto por 4. Evacuar consultas de proveedores, contratistas y demás asociaciones
y/o entidades, sobre las retenciones practicadas. 5. Evacuar consultas de carácter impositivo y de la seguridad social
realizadas por distintas Jurisdicciones y Organismos que integran el Sector
Público Provincial. DEPARTAMENTO NORMAS TRIBUTARIAS ACCIONES 1. Elaborar documentos técnicos en materia impositiva y de la
seguridad social, de carácter interpretativo destinados al Sector Público
Provincial, e intervenir en la elaboración de resoluciones en la materia. 2. Asistir a 3. Analizar y evacuar las consultas efectuadas por los distintos
Organismos de 4. Realizar talleres de información internos y externos sobre la
aplicación de normas impositivas. 5. Confeccionar informes sobre la evolución de los importes retenidos
por el Organismo en su carácter de Agente de Retención. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO EJECUTIVA DIRECCIÓN DE EROGACIONES DEL TESORO ACCIONES 1. Resolver los expedientes por los que se sustancie el pago de
erogaciones a favor de los respectivos titulares de los créditos, practicando
cuando corresponda, las retenciones impositivas que como agente de retención
deba realizar el Organismo, ordenadas por 2. Disponer el proceso de liquidación de la documentación ingresada
para el pago. 3. Proceder al pago de las liquidaciones pertinentes en orden a las
autorizaciones dispuestas por el Tesorero General por los distintos medios, interdepósitos,
en forma directa al acreedor u otros. 4. Efectuar las transferencias de fondos necesarias para cubrir el
total a pagar diario, controlando el correcto saldo acreedor de las cuentas
pagadoras. 5. Supervisar la rendición ante DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO EJECUTIVA DIRECCIÓN DE EROGACIONES DEL TESORO SUBDIRECCIÓN DE EROGACIONES DEL TESORO ACCIONES 1. Supervisar el trámite de los expedientes por los que se sustancie
el pago de erogaciones a favor de los respectivos titulares de los créditos. 2. Controlar el proceso de liquidación de la documentación ingresada
para el pago. 3. Organizar al pago de las liquidaciones pertinentes en orden a las
autorizaciones dispuestas por el Tesorero General por los distintos medios,
interdepósitos, en forma directa al acreedor u otros. 4. Controlar y ejecutar las transferencias bancarias al exterior. 5. Intervenir la rendición ante 6. Realizar estadísticas e informes sobre la ejecución del sistema
para la provisión de combustible en el ámbito provincial. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO EJECUTIVA DIRECCIÓN DE EROGACIONES DEL TESORO SUBDIRECCIÓN DE EROGACIONES DEL TESORO DEPARTAMENTO LIQUIDACIONES ACCIONES 1. Proceder a la liquidación de las órdenes de pago aplicando las
normas contables e impositivas vigentes, estas últimas ordenadas por 2. Confeccionar los Cheques, Letras de Tesorería, Pagarés u otros documentos
de efecto cancelatorio que emita el Organismo. 3. Remitir al Departamento Pagos las liquidaciones efectuadas
juntamente con los cheques u otros medios de pago y documentación respectiva. 4. Controlar los saldos de las Órdenes de Pago por los montos no
pagados. 5. Recibir y registrar en el Sistema de Registración Contable los
listados de retenciones Impositivas. DEPARTAMENTO PAGOS ACCIONES 1. Verificar con la liquidación practicada la correcta libranza de los
cheques u otros documentos de pagos emitidos y/o comprobantes de deducciones
o retenciones, para elevar a la firma del Tesorero General. 2. Formular las notificaciones y/o citaciones que correspondiere a los
titulares de los créditos que se encuentran al pago. 3. Constatar la titularidad de los acreedores de los fondos a
percibir. 4. Efectivizar la entrega de los Cheques, Letras de Tesorería u otros
documentos de pago a los titulares respectivos, los pagos por interdepósito o
por Depósito Fiscal. 5. Remitir al Departamento Balances y Rendiciones la documentación
correspondiente a los ingresos y pagos del día. 6. Suministrar a los beneficiarios información referente a sus
créditos. 7. Confeccionar y remitir a DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO EJECUTIVA DIRECCIÓN RENDICIÓN DE CUENTAS ACCIONES 1. Disponer diariamente el parte de caja de ingresos y egresos de
fondos, títulos y valores. 2. Controlar de la documentación respaldatoria de los pagos realizados
por 3. Supervisar el ordenamiento de los expedientes de pago en las
Carpetas de Pago diarias, para su remisión al H. Tribunal de Cuentas. 4. Supervisar el traslado de la documentación de pago incluida en las
Carpetas de Pago diarias al H. Tribunal de Cuentas, acreditando su entrega al
mismo. 5. Efectuar la rendición de documentación a 6. Disponer la devolución de expedientes con pagos a cuenta y
existencia de saldo a 7. Coordinar los procedimientos de registración contable con las demás
Direcciones involucradas. DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO EJECUTIVA DIRECCIÓN RENDICIÓN DE CUENTAS DEPARTAMENTO ESTADOS DE CAJA, CONTROL Y RENDICIONES ACCIONES 1. Analizar la documentación diaria de los pagos efectuados por el
Departamento Pagos, registrar los pagos y movimientos de fondos en el Libro
Caja “Provisorio”, verificando su emisión y su contenido. 2. Controlar las operaciones realizadas y la existencia, al cierre de
cada día, de fondos y valores depositados y/o debitados en las Cuentas
Fiscales en el Banco de 3. Confeccionar diariamente el resumen de las existencias bancarias y
valores y detallar los pagos según clasificación del Departamento de
Exigibilidades, para elevar al Tesorero General y al Ministro de Economía. 4. Ordenar los expedientes pagados por fecha y número de Orden de
Caja. 5. Realizar el cierre “Definitivo” de los Estados de Ingresos y
Egresos “Provisorios”; previo control de 6. Remitir periódicamente Estados de Ingresos y Egresos “Definitivos”
a 7. Registrar en el Sistema de Movimiento de Expedientes el pase al
Departamento de Mesa de Entradas de todos los expedientes que conforman las
respectivas carpetas de rendición, por fecha y orden de caja. 8. Rendir la documentación de los pagos e ingresos del día al
Honorable Tribunal de Cuentas, juntamente con los Estados de Ingresos y
Egresos rubricados, verificando que los movimientos registrados en el mismo
estén respaldados con la documentación pertinente. 9. Suministrar al Departamento de Retenciones la información diaria,
quincenal y mensual necesaria, resultante de operaciones registradas en cada uno
de los períodos indicados, a los fines de proceder a realizar el depósito de
las retenciones practicadas oportunamente según lo establezcan las
reglamentaciones vigentes. 10. Comunicar al Departamento Conciliación Bancaria las operaciones
realizadas diariamente, los Ingresos y Egresos que se efectúen a través de
los medios instrumentados. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ACCIONES 1. Programar, ejecutar y controlar en el ámbito de 2. Elaborar el Proyecto de Presupuesto del ejercicio, en base a las
pautas que establece 3. Controlar la ejecución mensual del Presupuesto del ejercicio. 4. Supervisar las acciones relacionadas con el registro de los bienes
patrimoniales. 5. Proponer las contrataciones, compras y suministros. 6. Estructurar y supervisar el manejo de los espacios físicos para los
depósitos de bienes y útiles. 7. Supervisar las actividades relacionadas con el manejo de fondos y
valores. Controlar y gestionar sus ingresos y egresos de acuerdo con las
normas de 8. Supervisar la liquidación de haberes y otras retribuciones. 9. Supervisar la aplicación de las leyes, reglamentos y resoluciones
de carácter impositivo, en materia de retenciones; su aplicación a
contrataciones y liquidaciones de haberes. 10. Organizar las políticas y directivas referentes a 11. Asistir y participar en la elaboración de los procesos de
selección de personal para la cobertura de cargos vacantes, e integración de 12. Supervisar la organización, programación y prestación de los
servicios auxiliares de mantenimiento, mayordomía, limpieza, vigilancia,
intendencia, correspondencia y comunicaciones necesarias para el desarrollo
de las tareas del Organismo. 13. Controlar el procedimiento administrativo en el diligenciamiento
de todos los actos. 14. Organizar y mantener el archivo general del Organismo. 15. Programar, coordinar y controlar la política en materia de
informática a aplicar en el Organismo, conforme a los lineamientos del
Titular del Organismo y en concordancia con 16. Supervisar y mantener actualizados los sistemas de base, el
software y sus licencias, el equipamiento y la red informática. 17. Participar dentro de las políticas de DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN CONTABLE ACCIONES 1. Supervisar la confección del Proyecto de Presupuesto. 2. Controlar las actividades relacionadas con el manejo de fondos y
valores, y sus registraciones en la contabilidad de movimiento de fondos. 3. Coordinar y supervisar las tareas inherentes al sector contable y
sus registraciones en la contabilidad presupuestaria 4. Organizar, coordinar y supervisar las contrataciones destinadas a
proveer los bienes de uso y los útiles necesarios para el funcionamiento del
Organismo. 5. Supervisar las registraciones de los movimientos patrimoniales. 6. Controlar las liquidaciones de las remuneraciones y otras
retribuciones al personal y la aplicación de las normas legales vigentes en
materia laboral e impositiva pertinentes. 7. Elevar a DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN CONTABLE DEPARTAMENTO COMPRAS Y PATRIMONIO ACCIONES 1. Programar las adquisiciones de bienes de uso corrientes y de uso no
corrientes, conforme a las prioridades del Organismo. 2. Efectivizar los llamados a concurso y apertura de las ofertas por
contratación directa y por licitación para la adquisición de bienes y
servicios; como así también las compras que se realizan a través de la caja
chica. 3. Confeccionar y mantener actualizado el registro interno de
proveedores. 4. Proponer las adquisiciones de bienes necesarios para mantener el
stock de los insumos básicos del Organismo. 5. Recibir, controlar y suministrar los bienes adquiridos y mantener
el stock y depósito de los mismos. 6. Confeccionar y registrar ordenes de compra, en el sistema
centralizado de 7. Recibir, controlar y tramitar la cancelación de todas las facturas
por adquisiciones del Organismo. 8. Recibir, controlar y archivar comprobantes de impuestos solicitados
a los proveedores. 9. Recibir órdenes de trabajo de imprenta, remitir y realizar el
seguimiento de la tramitación en el Organismo que corresponda. 10. Centralizar, controlar y mantener actualizado el Registro
Patrimonial del Organismo. DEPARTAMENTO PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y SUELDOS ACCIONES 1. Confeccionar el Anteproyecto de Presupuesto del Ejercicio conforme
a las instrucciones de las Autoridades del Organismo y de acuerdo con las
pautas indicadas por 2. Realizar la apertura de los créditos presupuestarios originales;
transferencias de partidas a nivel de subprincipal y parcial dentro de cada
una de las partidas principales y registrar dichas transferencias en la
contabilidad presupuestaria, previa autorización de 3. Elaborar y ejecutar la programación presupuestaria trimestral.
Informar a 4. Solicitar autorización a 5. Efectuar el cierre mensual y el cierre del ejercicio presupuestario
vigente, adecuando los créditos conforme a las transferencias realizadas. 6. Registrar la deuda exigible. Registro Analítico definitivo de 7. Contabilizar las erogaciones del Organismo en la contabilidad
presupuestaria; en base al compromiso preventivo, definitivo, el autorizado a
pagar y pagado por Tesorería General. 8. Efectuar la liquidación de pago a proveedores y contratistas por
las adquisiciones realizadas en la jurisdicción y registrar diariamente, los
expedientes correspondientes en el libro pertinente. Registrar las órdenes de
pago de intereses y su respectiva contabilización. 9. Realizar y registrar las ordenes de pago de gastos ejecutados por
caja chica, previa imputación de las facturas que componen la misma. 10. Confeccionar las liquidaciones y órdenes de pago de los servicios
extraordinarios, viáticos y movilidad, generar el diskette y el listado del
personal liquidado para su remisión al Banco de 11. Librar ordenes de pago extrapresupuestarias correspondientes a
retenciones al personal (gremios, mutuales, embargos, seguros), SUSS,
Ingresos Brutos, Impuesto a las Ganancias (proveedores y contratistas,
haberes), IVA. (proveedores y contratistas), gasto mensual de combustibles y
lubricantes y Anticipo Jubilatorio. 12. Confeccionar y mantener actualizada la base de datos del personal
del Organismo e informar a 13. Confeccionar las liquidaciones, órdenes de pago y declaraciones
juradas, correspondientes a los aportes al IPS – IOMA y Provincia Seguros,
solicitando la autorización a 14. Confeccionar certificación de haberes y certificados analíticos. 15. Solicitar al Banco de DEPARTAMENTO TESORERÍA Y RENDICIONES ACCIONES 1. Efectuar los pagos de conformidad al libramiento de Ordenes de Pago
correspondientes a contratistas y proveedores; así como también remuneraciones
y viáticos del personal; realizando su registración en el Sistema de
Movimiento de Fondos. 2. Constituir el Fondo Permanente de 3. Realizar el cálculo de las retenciones de Impuesto a las Ganancias
(cuarta categoría, Relación de Dependencia) correspondiente al personal de la
repartición, sus respectivas declaraciones juradas anuales y finales, y la
correspondiente información mensual a 4. Efectuar los depósitos por las retenciones de sueldos, el pago
electrónico de las retenciones sobre el impuesto a las ganancias, IVA y SUSS
y el pago de las retenciones de ingresos brutos. 5. Registrar las operaciones en el Sistema de Movimientos de Fondos. 6. Registrar las Órdenes de Pago Extrapresupuestarias en el Sistema de
Movimiento de Fondos y efectuar su cancelación contra los débitos que las
originaron. 7. Registrar el movimiento diario de las distintas cuentas corrientes
bancarias del Organismo y conciliar los movimientos con resúmenes bancarios y
con los partes de Tesorería y Contable del Sistema de Movimiento de Fondos. 8. Informar mensualmente a 9. Informar mensualmente a 10. Entregar al Contador Delegado los registros que componen el arqueo
mensual para su control e intervención. 11. Operar el Sistema de Movimiento de Fondos. 12. Realizar los asientos de apertura, mensuales y ajustes de cierre. 13. Administrar la recepción de fondos de 14. Confeccionar los Estados Contables conforme fecha de presentación
(mensual, semestral y anual) correspondiente a cada cierre; para su posterior
presentación ante 15. Administrar y operar el Sistema BAPRO-COPRES: control diario de
los saldos por tarjeta y distribución de fondos entre las mismas. 16. Realizar los pedidos de fondos y la rendición extrapresupuestaria
de los gastos. 17. Generar los Pedidos de Fondos y confeccionar los expedientes
correspondientes. 18. Confeccionar las Rendiciones de cuentas mensuales, conforme a las
normas legales vigentes y elevarlas a DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA ACCIONES 1. Organizar, coordinar y supervisar las tareas administrativas,
aplicando las normas y procedimientos legales vigentes. 2. Organizar y ejecutar las políticas y directivas de Administración
de Personal. 3. Coordinar el tratamiento y resolución de los temas laborales.
Ejercer el control de asistencia, confección y archivo de legajos. Aplicar la
legislación vigente en materia de Administración de Personal. 4. Administrar las tareas relacionadas con la prestación de los
servicios generales del Organismo. 5. Atender el correcto funcionamiento de entrada, salida y archivo de
actuaciones y expedientes. 6. Mantener, la flota de los vehículos afectados al funcionamiento del
Organismo. 7. Estructurar y mantener el funcionamiento del archivo general del
Organismo, aplicando las técnicas que hagan su uso adecuado a las necesidades
de las distintas áreas. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO MESA DE ENTRADAS ACCIONES 1. Recibir toda actuación destinada al Organismo, debiendo controlar
el cumplimiento de las normas de procedimiento administrativo y las
disposiciones fiscales que correspondan. 2. Recibir, coordinar y controlar el ingreso de expedientes de pago
remitidos por 3. Clasificar por concepto y distribuir las actuaciones a las
dependencias internas que correspondan ya sea se trate de expedientes de pago
o de informes, utilizando el sistema antes mencionado. 4. Confeccionar los partes de movimientos diarios, mensuales y anuales
de ingreso de expedientes de pago. 5. Realizar estadísticas de los movimientos de expedientes de pago. 6. Evacuar consultas e informes a proveedores, contratistas,
Jurisdicciones y Organismos del Estado, Municipalidades, etc., mediante la
búsqueda de registros en las bases de datos generadas a tal efecto, por el
Ejercicio vigente y anteriores. 7. Enviar las actuaciones informadas por 8. Recibir la correspondencia interna generada en el Organismo para
despachar por correo. 9. Controlar la facturación correspondiente al servicio de correo e
iniciar el expediente de pago. 10. Remitir al Honorable Tribunal de Cuentas las carpetas de pagos
generadas por el Organismo, a través de remitos sistematizados. 11. Confeccionar y registrar numéricamente, las carátulas requeridas
por el Organismo. DEPARTAMENTO PERSONAL ACCIONES 1. Controlar al personal de conformidad al sistema legal vigente: a) régimen horario, puntualidad, asistencia, b) confección del parte diario de asistencia. 2. Recepcionar pedidos: a) licencias, b) permisos 3. Remitir a a) Movimiento de Cargos, Cargos Desagregados, Personas sin Relación de
Empleo, Ausentismo y Jubilaciones; b) Listado del personal activo cubiertos por ART; c) Agentes en comisión de servicios; d) Agentes afiliados a Entidades Gremiales. 4. Enviar la información mensual de la dotación del personal, altas y
bajas a 5. Confeccionar mensualmente 6. Mantener actualizados los legajos de los agentes del Organismo. 7. Confección de: a) certificaciones de servicios, b) todo trámite relacionado con los beneficios jubilatorios 8. Asesorar al personal en lo atinente a los servicios de cobertura
por los distintos tipos de seguros vigentes y ART. 9. Registrar en los legajos de cada agente la capacitación certificada
de los distintos cursos efectuados. 10. Poner en conocimiento del personal los programas de capacitación
que genere 11. Intervenir en la ejecución y coordinación de las tareas
administrativas del proceso de selección para la cobertura de vacantes,
conforme al Reglamento Interno y las pautas y criterios de los Organismos
rectores en la materia. 12. Coordinar y dirigir las actividades vinculadas con la
administración de los recursos humanos asignados a 13. Intervenir en los movimientos del personal, proyectando los actos
administrativos referentes al nombramiento, renuncias, cambios de
agrupamiento, ascensos, etc. de los agentes. 14. Coordinar las gestiones y trámites derivados de los temas
laborales controlando el efectivo cumplimiento de los deberes y derechos del
personal emanados de 15. Controlar el cumplimiento del Decreto vigente sobre 16. Centralizar el archivo de Leyes, Decretos Nacionales y
Provinciales y toda otra documentación referida a la administración del
personal. 17. Mantener actualizada la estructura orgánico- funcional, en cuanto
a los planteles básicos asignados a cada área. DEPARTAMENTO SERVICIOS AUXILIARES Y AUTOMOTORES ACCIONES 1. Organizar los servicios de limpieza de las distintas dependencias e
instalaciones. 2. Gestionar las reparaciones necesarias para el buen
funcionamiento de las mismas. 3. Organizar el servicio de diligenciamiento interno de las
actuaciones y documentación que se tramita dentro y fuera de 4. Programar y controlar el mantenimiento integral de los automotores
del Organismo y realizar las reparaciones pertinentes cuando fuere necesario. 5. Gestionar el patentamiento, seguro y verificación técnica
vehicular. 6. Mantener actualizadas las normas vigentes sobre documentación y
accesorios que deben poseer los vehículos, conforme a las indicaciones y
disposiciones de 7. Gestionar la reparación de los automotores cuando fuere necesario. 8. Atender el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles de uso
del Organismo, equipos de aire acondicionado, máquinas, etc. 9. Organizar el funcionamiento de ordenanzas dentro del Organismo para
la atención de funcionarios y personal. 10. Estructurar y mantener en forma ordenada el archivo general. 11. Atender el sistema de seguridad en lo inherente a siniestros;
control de los servicios de vigilancia, etc. 12. Controlar el cronograma de provisión de vestimenta al personal del
sector y su posterior utilización. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE SISTEMAS E INFORMÁTICA ACCIONES 1. Definir el proceso para el relevamiento, análisis, desarrollo,
implementación y mantenimiento de los sistemas informáticos. 2. Evaluar y proponer de acuerdo a las necesidades, las
incorporaciones del equipamiento informático. 3. Intervenir en la determinación de las especificaciones técnicas que
integran los actos licitatorios con respecto a servicios o equipamientos
informáticos. 4. Mantener actualizado el software, equipamiento, los sistemas de
base, lenguajes de programación y administradores de bases de datos,
coordinando pautas y acciones con 5. Impulsar y coordinar las actividades de apoyo técnico y
capacitación en materia informática orientadas a instruir y actualizar al
personal del área, conforme la evolución tecnológica o las necesidades del
Organismo. 6. Organizar y supervisar el funcionamiento del servicio de informática;
coordinar pautas; brindar apoyo técnico en aquellos aspectos que involucren
recursos informáticos garantizando la seguridad y privacidad de la
información procesada o generada en el Organismo. 7. Llevar a cabo el mantenimiento preventivo y correctivo del
equipamiento de cómputos del Organismo. 8. Establecer y mantener un enlace permanente con 9. Brindar apoyo sistémico a los procesos que hacen al Sistema de
Gestión de Calidad implementado en el Organismo. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE SISTEMAS E INFORMÁTICA DEPARTAMENTO ANÁLISIS Y PROGRAMACIÓN ACCIONES 1. Diseñar bases de datos. 2. Relevar información para el desarrollo de Sistemas. 3. Analizar, diseñar y desarrollar Sistemas. 4. Probar en paralelo y testéar nuevos Sistemas. 5. Implementar y mantener Sistemas. 6. Documentar los Sistemas. 7. Investigar y evaluar el uso de nuevos productos de software. 8. Seleccionar plataformas para el desarrollo de Sistemas Informáticos
sobre la base de nuevas tecnologías, más convenientes para el software
elaborado en el sector. 9. Concurrir a seminarios y presentaciones de nuevas tecnologías para
el desarrollo de sistemas, o herramientas de tecnología informática. 10. Asistir a reuniones y conformar equipos de trabajo organizados por
11. Asesorar sobre la aplicación de normas de seguridad, ISO-17799. DEPARTAMENTO ATENCIÓN A USUARIOS ACCIONES 1. Centralizar la recepción de solicitudes de los usuarios a
cumplimentar por el área informática. 2. Cumplimentar los pedidos inherentes al Departamento Atención a
Usuarios y derivar los requerimientos a otros departamentos de 3. Asistir técnicamente los requerimientos de usuarios y asesorar a
los mismos en lo referente a procesos informáticos en general. 4. Emitir reportes o listados a solicitud de los distintos sectores
del Organismo. 5. Generar información en medios magnéticos o por mail para ser
utilizados en tareas internas o fuera del Organismo. 6. Procesar, transferir o reportar información generada en 7. Recibir información desde otras Jurisdicciones u Organismos,
procesarla y distribuirla en las áreas correspondientes de 8. Efectuar el pase de expedientes pendientes de pago al cierre del
Ejercicio. Relevar previamente la necesidad de modificar las estructuras de
archivos y la actualización de programas por impacto de nuevas normativas o
procesos. 9. Realizar las pruebas de testeo previas a la incorporación de nuevos
procesos en la liquidación y pago de expedientes. DEPARTAMENTO EQUIPAMIENTO Y OPERACIONES ACCIONES 1. Instalar, configurar y administrar, 2. Instalar, configurar y administrar Servidores: Web, DNS, Proxi,
Dominio y Bases de Datos. 3. Actualizar los Sistemas Operativos mediante Service Pack y parches
de Seguridad. 4. Migrar: Servidores, Sistemas Operativos, Correo electrónico,
Usuarios. 5. Mantener y actualizar el Sito Web del Organismo. 6. Resguardar físicamente la información por medio de Backup (copias
de seguridad). 7. Asegurar la disponibilidad del sistema y coordinar acciones para la
resolución de los problemas técnicos. 8. Realizar el soporte técnico para la instalación y mantenimiento de
vínculos con otras Jurisdicciones y Organismos, incluyendo además, el diseño
de nuevos enlaces. 9. Instalar y mantener las Plataformas mas adecuadas para el
desarrollo de Sistemas. 10. Instruir a los usuarios en la utilización de los recursos
informáticos y brindar asistencia técnica para tal fin. 11. Colaborar en la evaluación de costos y características de
equipamiento informático presentados por los distintos proveedores en cada
adquisición realizada por el Organismo. 12. Concurrir a seminarios y presentaciones de nuevas tecnologías para
el desarrollo de sistemas, o herramientas de tecnología informática. 13. Asistir a reuniones y conformar grupos de trabajo organizados por 14. Asesorar sobre la aplicación de normas de seguridad, ISO-17799. DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y CAPACITACIÓN ACCIONES 1. Promover y fortalecer la vinculación institucional del Organismo
con otras reparticiones de 2. Planificar y evaluar las acciones de comunicación institucional
necesarias a fin de difundir la actividad del Organismo y la información de
interés publico. 3. Planificar y supervisar las actividades de ceremonial y protocolo
que deben cumplirse en los actos y visitas en los que participe el Tesorero
General de 4. Planificar y evaluar el desarrollo de actos, ceremonias,
recepciones y demás eventos institucionales de 5. Proveer al registro gráfico, fotográfico, audiovisual y multimedial
de las actividades de gestión de 6. Planificar las acciones de capacitación destinadas al entrenamiento
del personal del Organismo y de las Tesorerías Jurisdiccionales, conforme los
objetivos institucionales, los lineamientos de las autoridades y el
relevamiento de las necesidades de capacitación de los agentes; con ajuste a
las pautas determinadas por el organismo provincial con competencia en la
materia. 7. Promover la convocatoria de las actividades de capacitación y
propiciar la participación de los agentes especializados en la confección de
programas de capacitación y el dictado de los mismos. 8. Evaluar el resultado de las actividades de capacitación y producir
los informes correspondientes. 9. Centralizar y conservar la documentación, objetos y otros elementos
que compongan el Archivo Histórico del Organismo. 10. Desarrollar la comunicación visual del Organismo; coordinando con DEPARTAMENTO DE CEREMONIAL ACCIONES 1. Organizar y ejecutar las actividades de ceremonial y protocolo que
deben cumplirse en los actos y visitas que participe el Tesorero General de 2. Programar el desarrollo de actos, ceremonias, recepciones y demás
eventos institucionales de 3. Recibir y atender las audiencias del Tesorero General de 4. Recibir y contestar las invitaciones, notas y demás correspondencia
oficial formuladas al Tesorero General de 5. Gestionar y ejecutar las actividades de prensa y comunicación que
requiera el Organismo y sus autoridades. 6. Implementar las acciones de comunicación visual que requiera el
Organismo y organizar el archivo gráfico, fotográfico, audiovisual y
multimedial de las actividades de gestión de 7. Llevar el registro del Archivo Histórico. 8. Llevar los registros, nóminas de autoridades y demás documentación
relacionadas con la actividad del departamento. DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN ACCIONES 1. Realizar el relevamiento de las necesidades de capacitación de los
agentes del Organismo. 2. Organizar las acciones de capacitación destinadas al entrenamiento
del personal del Organismo y de las Tesorerías Jurisdiccionales, conforme los
objetivos institucionales, los lineamientos de las autoridades y el
relevamiento de las necesidades de capacitación de los agentes; con ajuste a
las pautas determinadas por el organismo provincial con competencia en la
materia. 3. Desarrollar modalidades sistemáticas de inducción del personal
ingresante, a fin de promover el sentido de pertenencia institucional y el
compromiso con los objetivos organizacionales. 4. Programar la logística de las actividades de capacitación 5. Difundir la convocatoria de las actividades de capacitación y
propiciar la participación de los agentes especializados en la confección de
programas de capacitación y el dictado de los mismos. 6. Relevar el resultado de las capacitaciones realizadas por el
Organismo y llevar las estadísticas correspondientes. 7. Propiciar el trabajo en conjunto con otros Organismos cuando la
temática de capacitación lo requiera. 8. Implementar y ejecutar acciones orientadas a la transmisión de
objetivos y políticas institucionales, a fin de lograr la máxima
responsabilidad y compromiso de los agentes con el Organismo. 9. Llevar los registros de solicitudes de capacitación, asistencia a
cursos, y demás documentación relacionados con la actividad del departamento. |