7872/1972 Texto Pdf | ||||||||||
DECLARANDO AFECTADO CON DESTINO A LAS MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA, EN CONCEPTO DE COPARTICIPACION IMPOSITIVA, A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 1972 Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1980, EL PORCENTAJE QUE SOBRE EL TOTAL DE LOS INGRESOS CORRIENTES QUE ANUALMENTE RECAUDE LA ADMINISTRACION CENTRAL, Y FIJE LA LEY IMPOSITIVA. DEROGA LOS ARTICULOS 41, 42, 43 Y 44 DE LA LEY IMPOSITIVA T.O 1971; ARTICULO 20 DE LA LEY 5664; ARTICULO 2 DEL DECRETO- LEY 7276/1967; ARTICULO 4 DE LA LEY 5346; ARTICULO 6 DE LA LEY 5807. |
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DEROGADA | ||||||||||
Fecha de Aprobación: 03/05/1972 | ||||||||||
Fecha B.O.: 26/05/1972 | ||||||||||
Firmado por: MORAGUES MIGUEL - GOBERNADOR | ||||||||||
Modificaciones y Legislación complementaria |
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