209/2011 Texto | ||||||
DE NECESIDAD Y URGENCIA. REUBICANDO, A PARTIR DEL 01/03/2011, EN FORMA EXCEPCIONAL Y POR UNICA VEZ EN LA CATEGORIA INMEDIATA SUPERIOR, A LOS AGENTES QUE REVISTEN EN LOS NIVELES Y CATEGORIAS 14 A 18 DE LA LEY 10374, EXCEPTO PERITOS V Y EL PERSONAL QUE REVISTA EN EL NIVEL 14 DESDE EL 01/03/2010, POR APLICACION DEL DECRETO 167/2010, MODIFICADO POR DECRETO 977/2010. FIJANDO ASIMISMO BONFICACION REMUNERATIVA BONFICABLE PARA LOS AGENTES QUE REVISTAN EN EL NIVEL 18,5 EQUIVALENTE AL 3,4% DEL SALARIO BASICO, A PARTIR DEL 01/03/2011 Y DE 7,4% A PARTIR DEL 01/07/2011. | ||||||
Fecha de Aprobación: 07/04/2011 | ||||||
Firmado por: SCIOLI DANIEL OSVALDO - GOBERNADOR | ||||||
Modificaciones y Legislación complementaria |
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