ESTABLECIENDO BENEFICIOS PROMOCIONALES PARA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DEL SECTOR AGROPECUARIO, EL COMERCIO Y LA INDUSTRIA EN LOS PARTIDOS DE BOLÍVAR, DAIREAUX E HIPÓLITO YRIGOYEN. EXENCIÓN DEL CINCUENTA POR CIENTO -50%- DE LOS IMPUESTOS INMOBILIARIO URBANO Y RURAL, INGRESOS BRUTOS Y SELLOS.
MODIFICACIONES | LEY 12679 | Modifica art. 1. Agrega los partidos de General Villegas, Florentino Ameghino, General Pinto, Lincoln, Carlos Tejedor, Rivadavia, Junín, Leandro N. Alem, Trenque Lauquen, Pehuajó, Carlos Casares, Nueve de Julio y General Viamontea los beneficios promocionales dispuestos por esta norma. |
LEY 12763 | Agrega al partido de Chacabuco en los beneficiios promocionales. |
LEY 12787 | Modifica art. 1, texto según Ley 12.763. Agrega a los partidos de Alberti, Bragado, Chivilcoy, Saladillo, Veinticinco de Mayo, Roque Pérez, Gral. Alvear, Tres Lomas, Pellegrini, Salliqueló, Chascomús, |
LEY 12844 |
Mod. art. 1 incorp. a los pdos. de Pila, Las Flores y Castelli. Los beneficios promocionales que entrarán en vigencia a partir del 1/11/2001 son otorgados a los partidos de Alberti, Bragado, Chivilcoy y otros. |
LEY 13003 |
(Art. 43) Extiende beneficios hasta el 31/12/2003. |
LEY 13155 | (Art.49) DEROGA la siguiente expresión del art. 3: Cumplido dicho plazo, el P.E. deberá establecer un régimen de alícuotas preferenciales. |
NORMAS QUE REGLAMENTAN | DECRETO 761/2000 |
REGLAMENTARIO. Establece alcance de las exenciones dispuestas en el art.2. |
NORMAS QUE COMPLEMENTAN | DECRETO 2604/2001 |
Declara Estado de Desastre a los Pdos. de A. Alsina, Gral. Belgrano, Guaminí, Cnel. Dorrego (los incorpora),y a los pdos.de Bragado., Chascomús, Monte y 25 de Mayo. |