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LEY NÚMERO: 12837 Fundamentos Texto Pdf

SUSTITUYENDO EXPRESION EN EL ARTICULO 1 DE LA LEY 11518 -EXIMICION DE PAGO DE INGRESOS BRUTOS- TEXTO SEGUN LEY 12576. PRORROGA REDUCCION DE IMPUESTOS ESTABLECIDO POR LEY 12713. PRORROGA AUTORIZACION CONFERIDA POR ARTICULO 28 DE LA LEY 12727 -EMERGENCIA ADMINISTRATIVA, ECONOMICA Y FINANCIERA DEL ESTADO PROVINCIAL-. MODIFICA EL CODIGO FISCAL -LEY 10397 -T.O. 1999- Y MODIFICATORIAS. SUSTITUYE PRIMER PARRAFO DEL INCISO A DEL ARTICULO 148. INCORPORA INCISO T DEL ARTICULO 166. SUSTITUYE ARTICULO 50 DE LA LEY 12233 -LEY IMPOSITIVA 1999-, MODIFICADO POR EL ARTICULO 56 DE LA LEY 12397 -LEY IMPOSITIVA 2000- Y 51 DE LA LEY 12576 -LEY IMPOSITIVA 2001-. RATIFICA EL DECRETO 1928/2001.

Expediente Origen: A- 29/01-02 Período Legislativo: 129
Autor: PODER EJECUTIVO 
Fecha sanción: 27/12/2001      
Fecha de Promulgación: 02/01/2002       Decreto Promulgación:  4/2002
Fecha B.O.: 15/01/2002
Observaciones:
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
DECRETO 3862/2000 DECRETO DE NECESIDAD y URGENCIA -ratificado por art. 68 de la Ley 12.567-. Autoriza a los titulares de los organismos de la Administración Púbica provincial para aceptar cancelación de deudas por entrega de bienes, por parte de personas físicas o jurídicas en situación económica o financiera deficiente.
DECRETO 1928/2001 (Art. 1) Prorroga por 180 días, a partir de su vencimiento, la vigencia del Decreto 3.862/2000. (Art. 2) Modifica art. 3 del Decreto 3.862/2000.
LEY 12837 (Art. 11) RATIFICA el Decreto 1928/2001.
DECRETO 229/2002 Prorrógase por ciento ochenta (180) días, a partir de su vencimiento, la vigencia del régimen establecido por el Decreto 3.862/00, que fuera prorrogado a través de su similar 1.928/01.
DECRETO 466/2002 REGLAMENTA artículos.
LEY 13155 (Art.41) Sustituye el inciso a) del artículo 13.
LEY 13297 (Art. 39) Sustituye art. 13, texto según art. 41 de la Ley 13.155.
LEY 13405 (Art. 10) DEROGA art. 13.
LEY 13850 (Art. 54) DEROGA art. 7.