DECLARANDO DE INTERÉS SOCIAL LA REGULARIZACIÓN DOMINIAL, A FAVOR DE SUS ADJUDICATARIOS, DE LOS BIENES INMUEBLES FINANCIADOS POR EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y PENDIENTES DE ESCRITURACIÓN. QUEDAN COMPRENDIDOS LOS INMUEBLES CUYA CONSTRUCCIÓN FUE INICIADA ANTES DEL 31/12/2004. AGREGA ARTICULO 52 BIS AL DECRETO-LEY 8912/1977 -USO DEL SUELO-.
MODIFICACIONES | LEY 13874 | Modifica art. 2. Extiende el plazo de este art. hasta el 31/12/2007. |
LEY 14394 | (Art. 139) Sustituye art. 1. (Art. 140) DEROGA art. 2. |
LEY 14449 | (Art. 69) Extiende los beneficios de la presente norma a todos los bienes inmuebles cuya construcción o financiamiento se realizara en el marco de dicha ley dentro de los 10 años de su promulgación (09/01/2013). |
LEY 14652 | PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA - EJERCICIO 2015. (Art. 77) Incorpora 2 artículos nuevos. |
NORMAS QUE REGLAMENTAN | DECRETO 699/2010 | DECRETO REGLAMENTARIO. |
NORMAS QUE COMPLEMENTAN | DECRETO 480/2007 | Crea el programa de regularización dominial. |
LEY 14905 |
Declara de interés social, en los términos y alcances de esta norma, la regularización dominial y escrituración de los bienes inmuebles que conforman el barrio "19 de Febrero" del partido de La Plata. |