MODIFICANDO LA LEY 12836 -RATIFICACIÓN DE LA ADENDA AL COMPROMISO FEDERAL POR EL CRECIMIENTO Y LA DISCIPLINA FISCAL-. SUSTITUYE ARTICULOS 16 Y 18. SOBRE PAGO DE OBLIGACIONES CONSOLIDÁDAS.
MODIFICACIONES | LEY 13786 | (Art.42) Modifica art. 5. Sobre recursos necesarios para atender solicitudes de pago del art. 16 inc. b) de la Ley 12.836. |
LEY 13929 | (Art. 56) Incorpora párrafos al art. 10. Sobre términos y condiciones de bonos de consolidación. |
NORMAS QUE REGLAMENTAN | DECRETO 577/2006 | REGLAMENTARIO. |
DECRETO 201/2010 |
ENCOMENDANDO AL MINISTRO DE ECONOMIA, EN SU CALIDAD DE AUTORIDAD DE APLICACION, LA EMISION DE BONOS PARA LA CANCELACION DE OBLIGACIONES CONSOLIDADAS POR LEY 12836, CON FECHA 01/01/2000, CONFORME LO DISPUESTO EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 10 DE LA LEY 13436 MODIFICADO POR EL ARTICULO 56 DE LA LEY 13929, EN LA MEDIDA EN QUE SE REQUIERA EXPRESAMENTE ESA FORMA DE CANCELACION MEDIANTE PRESENTACION JUDICIAL O ADMINISTRATIVA. |
NORMAS QUE COMPLEMENTAN | DECRETO 304/2012 |
DISPONIENDO QUE EL PLAZO MAXIMO PARA HACER FRENTE AL TOTAL DEL PASIVO CONSOLIDADO AL 30/11/2001, SEA QUE EL PAGO SE REALICE EN BONOS DE CONSOLIDACION O MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE PAGO EN EFECTIVO, NO EXCEDERA DEL 01/01/2016. |