Imprimir
LEY NÚMERO: 4569 Texto Pdf

CREANDO UNA COMISIÓN AUXILIAR DE MONTEPÍO CIVIL PARA COLABORAR EN LA CONFECCIÓN DE UN NUEVO PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MONTEPÍO Y EN LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA. DEROGA ARTÍCULO 9 DE LA LEY 3318 -MONTEPÍO CIVIL-. LOS GASTOS QUE DEMANDE EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE LEY SE IMPUTARÁ A LA LEY 4523 -PRESUPUESTO PARA 1937-.

DEROGADA
Expediente Origen: - 0/ Período Legislativo: 84
Autor: PODER EJECUTIVO  
Fecha sanción: 30/04/1937      
Fecha de Promulgación: 10/05/1937       Decreto Promulgación: 
Observaciones:
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
DECRETO 2855/1943 REGLAMENTARIO de las funciones de la Comisión Auxiliar de Montepío Civil.
LEY 5425 (Art. 74) DEROGA la presente ley.