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LEY NÚMERO: 5827 Fundamentos Texto Sistematizado Pdf

ESTABLECIENDO LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL. DEROGA LA LEY 5307 -PROCEDIMIENTO DE INFORMACIÓN JUDICIAL PARA RECTIFICAR ERRORES EN ACTAS DEL REGISTRO CIVIL EN LOS JUZGADOS DE PAZ-.

Expediente Origen: - 0/ Período Legislativo: 99
Autor: PODER EJECUTIVO  
Fecha sanción: 22/06/1955      
Fecha de Promulgación: 04/07/1955       Decreto Promulgación:  7703/1955
Fecha B.O.: 13/07/1955
Observaciones:
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
DECRETO 40/1955 DEROGA art. 57.
DECRETO-LEY 3416/1955 Sustituye art. 32.
DECRETO-LEY 12727/1956 Otorga carácter de decreto-ley al Decreto 40/1955.
LEY 5894 Modifica incs. c) y d) del art. 70.
LEY 5924 Crea el departento judicial de Junín.
LEY 6244 (Art. 3) Suprime párrafos de los arts. 6 y 10.
LEY 6282 (Art. 3) Modifica art. 11. Crea una cámara de apelación y una fiscalía de Cámara en el Departamento de San Nicolás.
LEY 6285 Crea Cámara Segunda de Apelaciones y juzgados en el departamento judicial de Mar del Plata.
LEY 6314 Crea dos cargos de juez de Cámara con destino a la Cámara Primera de Apelaciones y un juzgado en lo Penal, en el Departamento Judicial Mercedes.
LEY 6471 (Art. 1) Modifica art 63. (Art. 2) Modifica art 64.
LEY 6585 Crea juzgado de Paz en Berazategui con la jurisdicción que establece el art. 59.
LEY 6615 Modifica arts. 5 y 6.
LEY 6672 (Art. 1) Modifica art 19. (Art. 2) Modifica art 20 inc I). Sobre ampliación de juzgados en Bahía Blanca y tribunal de Trabajo en Quilmes.
LEY 6780 (Art. 1) Modifica art. 28, sobre sorteo de los miembros de la Suprema Corte de Justicia.
LEY 6901 Dispone la división en dos salas de la Cámara de Apelación del Departamento Judicial de Azul para entender en materia civil, comercial y rural la una y en materia penal la otra. Crea cargos.
LEY 6928 Modifica art. 31 inc. h).
LEY 7079 (Art. 1) Modifica los art 22, 28, 29 y 59.
LEY 7122 (Art. 1) Modifica art 20. (Art. 2) Modifica art 21.
DECRETO-LEY 7602/1970 (Art. 1) Modifica arts. 5 y 8. (Art. 3) Incorpora arts. 19 bis y 19 ter. (Art. 2) Modifica art. 2 de Ley 6.615. Sobre creación del Departamento Judicial de Morón.
DECRETO-LEY 7637/1970 Prorroga art. 4 del Decreto-Ley 7602/1970.
DECRETO-LEY 7706/1971 (Art. 1) Sustituye art. 5, 8, 17, 32, 20 inciso d). (Art. 2) Incorpora al Capitulo II Título I nuevos artículos. Sobre creación de los Departamentos Judiciales de Mercedes y San Martín. (Art. 5) Define competencia para la prosecución de causas iniciadas con anterioridad al funcionamiento del Departamento Judicial de Morón. (Art. 6) Fija competencia de cámaras de apelación hasta el efectivo funcionamiento de las cámaras del Departamento de San Martín. (Art. 7) DEROGA Decreto 3.416/1955 (Ley 5.857), las Leyes 6.615, 6.285 y el Decreto-Ley 7.602/1970.
DECRETO-LEY 7724/1971 (Art. 1) Sustituye arts. 5 y 6 (Art. 2) Incorpora arts. nuevos al Capítulo II del Título I.
DECRETO-LEY 7809/1972 (art. 6) Sustituye inc. 8 del art. 76.
DECRETO-LEY 7827/1972 (Art. 1)Sustituye art. 32.
DECRETO-LEY 7857/1972 (Art. 1) Sustituye art 20. (Art. 2) Sustituye art 21.
DECRETO-LEY 7861/1972 (Art. 3) Sustituye art 4, 7, 123, 124, 126, 131, 137 y 140. (Art. 4) Agrega a continuacion del art 49 art nuevos. (Art. 5) Agrega disposiciones bajo el titulo Capitulo V.
DECRETO-LEY 7877/1972 (Art. 1) Sustituye incs. 8, 15, 16 y 18 del art. 21.
DECRETO-LEY 7896/1972 (Art. 1) Sustituye Capítulo II del Título I -Asiento y competencia territorial de los tribunales, de los juzgados y del Ministerio Público. (Art. 4) Dispone que las causas iniciadas con anterioridad al efectivo funcionamiento de los tribunales de Lomas de Zamora, continuarán radicadas en su lugar de origen. (Art. 5) DEROGA las Leyes 5.924, 6.282, 6.672, 7.043, 7.164; los Decretos-Leyes 7.706/1971, 7.724/1971, 7857/1972 y los arts. 2 y 3 del Decreto-Ley 7.827/1972.
DECRETO-LEY 7960/1972 (Art. 1) Sustituye inciso b) del art 7. (Art. 2) Sustituye inciso b) del art 13
DECRETO-LEY 7984/1972 (Art. 1) Sustituye inciso b) del art 6. (Art. 2) Sustituye el inciso b) del art 17.
DECRETO-LEY 8067/1973 (Art. 6) Sustituye art 77. Sobre funciones de fiscales de cámaras. (Art. 7) Suprime inc 12) del art 63. Sobre competencia de la Justicia de Paz. (Art. 9) Sustituye los incs. b) de los arts. 8 y 10. Sobre constitución de los departamentos judiciales de Dolores y Junín. (Art. 10) Sustituye inc. c) del art. 32. Sobre constitución de cámaras de apelación. (Art. 12) Dispone que la oralidad obligatoria establecida a partir de ahora no será obligatoria en los departamentos de Dolores, Junín, General San Martín, Lomas de Zamora, Morón y San Isidro, hasta que las cámaras creadas por los arts. 9 y 10 no se pongan en efectivo funcionamiento.
LEY 8111 (Art 1) Sustituye art 19. (Art 2) sustituye art 21.
LEY 8138 (Art 1) Modifica art. 10 y 17.
LEY 8337 (Art 1) Sustituye art 1. (Art 2) Sustituye denominacion del Capitulo III y los art 116, 117, 118, 119,121 y 122. (Art 3) sustituye denominacion de Registro Publico de Comercio por Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial de Registro de Comercio en el inc) b de los art 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18.
LEY 8338 (Art 1) Modifica inciso b) del art. 8.
LEY 8472 (Art 1) Modifica art. 1 de la Ley 8138, modificatoria de la presente ley.
LEY 8498

(Art 19) Sustituye art. 19.

DECRETO-LEY 8654/1976 (Art 4) Sustituye inciso b) del art 14 (Art 5) Sustituye inciso b) del art 15. (Art 6) Sustituye inciso c) del art. 31.
DECRETO-LEY 8656/1976 (Art. 1) Suspende art. 12 del Dec-Ley 8.067/1973.
DECRETO-LEY 8662/1976 (Art 3) Modifica inciso b) del art. 12.
DECRETO-LEY 8798/1977 (Art 1) DEROGA art. 25.
DECRETO-LEY 8835/1977 (Art 1) Sustituye arts. 33 y 34.
DECRETO-LEY 8916/1977 (Art 4) Sustituye inc c) del art 32. (Art 5) Incorpora inc d) e) f) g) y h) del art 32. (Art 6) Incorpora art 32 bis. (Art 7) Sustituye el art 66. (Art 8) Incorpora art 66 bis. (Art 9) Incorpora art 66 ter. (Art 11) Sustituye art 11. (Art 12) Sustituye art 12. (Art 13) Sustituye el inc. b) de art. 15.
DECRETO-LEY 8999/1978

(Art. 3) Sustituye arts. 123, 125, 127, 128, 131 y 140. (Art. 4) DEROGA arts. 124, 126, 130, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139 y 141. Sobre consagración del sistema de peritos oficiales. 

DECRETO-LEY 9114/1978 (Art 2) Sustituye inc d) e) y f) del art 32. (Art 3) Sustituye el art 32 bis. (Art 4) Sustituye el inc b) del art 18. (Art 8) Sustituye el art 21.
DECRETO-LEY 9118/1978 (Art 6) Sustituye denominacion del Capitulo III del Titulo IV y los art 116, 117, 118, 119 y 121. (Art 7) DEROGA art 122 y sustituye denominación en el inciso b) de los arts. 6 a 18 inclusive.
DECRETO-LEY 9158/1978 (Art 3) Sustituye inciso b) del art. 15.
DECRETO-LEY 9199/1978 (Art 2) Sustituye inciso b) de los arts. 6 y 8. (Art 3) Sustituye los arts 32 y 32 bis.
DECRETO-LEY 9200/1978 (Art 10) Sustituye arts. 7, 17 e incisos b) de los arts. 11 y 12.
DECRETO-LEY 9229/1978 (Art 2) Sustituye arts. 1, 2, 51, 52, 59, 61, 63, 70, 71, 72, 73, 75, 88, 91, 95, 96 y 97. (Art 12) DEROGA arts 60, 64, 74, 89, 90, 92, 93 y 94.
DECRETO-LEY 9232/1978 (Art 4) Sustituye inciso b) de los arts. 9 y 16. (Art 7) Sustituye arts. 32 y 32 bis. (Art 11) Sustituye art 19 y 21.
DECRETO-LEY 9274/1979 (Art 3) Sustituye inciso b) del art. 13.
DECRETO-LEY 9351/1979 Modifica Ley 8337 -modificatoria de la Ley 5827- sobre denominación de los registros públicos de Comercio.
DECRETO-LEY 9354/1979 (Art 1) Sustituye art 78. (Art 4) Sustituye el inc b) del art 11. (Art 7) Sustituye el inc b) del art 15. (Art 10) Sustituye los art 19 y 21.
DECRETO-LEY 9386/1979 (Art 3) Sustituye inciso b) del art. 16.
DECRETO-LEY 9469/1979 (Art 2) Sustituye el inc b) del art 13. (Art 3) Sustituye los art 32 y 32 bis.Crea tribunal de Menores y defensoría de Pobres y Ausentes en el departamento judicial Mar del Plata.
DECRETO-LEY 9504/1980 (Art 2) Sustituye art 19. (Art 4) Sustituye art 59.
DECRETO-LEY 9539/1980

(Art 1) PRORROGA por 3 meses el plazo establecido en el art. 72.

DECRETO-LEY 9668/1981 (Art 1) Sustituye inciso e) del art 35. (Art 2) Incorpora inciso f) al art 35.
DECRETO-LEY 9682/1981 (Art 1) Sustituye arts. 63, 70, 71, 72, 75 y 91. (Art 2) Incorpora art. 70 bis.
DECRETO-LEY 9752/1981 (Art 9) Modifica inciso b) de los arts 6, 9, 11, 12, 14, 15 y 16.
DECRETO-LEY 9782/1981 (Art 5) Sustituye inciso b) de los arts. 7 y 17.
DECRETO-LEY 9948/1983 (Art 3) Sustituye inciso b) del art. 10.
DECRETO-LEY 9968/1983 (Art 2) Sustituye inciso b) del art. 6.
DECRETO-LEY 10012/1983 (Art 1) Incorpora arts. 75 bis y 75 ter. Sobre atribución de los magistrados para aplicar sanciones disciplinarias a los profesionales intervinientes en los juicios.
DECRETO-LEY 10060/1983 (Art 6)Sustituye inciso b) de los arts. 6 a 17.
LEY 10164 (Art 1) Sustituye arts. 70, 71 y 72.
LEY 10172 (Art 2) DEROGA art. 28.
LEY 10209 (Art 1) Modifica art. 18.
LEY 10214 (Art 1) Modifica art. 17.
LEY 10414 (Art 1) Incorpora inc. c) al art. 78. Sobre atribuciones de los agentes fiscales.
LEY 10469 (Art. 12) Dispone que que el partido de Tres Lomas formará parte del Departamento Judicial de Trenque Lauquen. (Art. 13) Crea un juzgado de Paz en el partido de Tres Lomas.
LEY 10470 (Art 1) Sustituye el art 5. (Art 2) Sustituye el inc a) del art 11. (Art 3) Sustituye el inc a) del art 12. (Art 4) Sustituye el inc a) del art 13. (Art 5) Sustituye el inc a) del art 14. (Art 6) Sustituye el inc a del art 16. (Art 7) Sustituye el art 17. (Art 8) Incorpora art 15 bis. (Art 9) Incorpora art 15 ter. (Art 10)Incorpora art 15 quater. (Art 11) Incorpora art 18 bis.
LEY 10486 (Art 2) Sustiye el art 2. (Art 3) Incorpora art 76 bis. (Art 4) Incorpora inc 5) y 6) del art 77. Sobre creación, en jurisdicción del Poder Judicial, del cargo de subprocurador general de la Suprema Corte de Justicia.
LEY 10493 (Art 1) Sustituye el art 32. (Art 2) Sustituye el art 32 bis. (Art 3) Sustituye el art 33. (Art 4) Sustituye el ainc b) del art 35. (Art 5) DEROGA los art 37 y 38.
LEY 10507 (Art 8) Sustituye arts. 1, 5, inciso b) de los arts. 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 15 bis, 15 ter, 15 quater, 16, 17, 18, 18 bis, 30, 32, 36 . (Art 8) Sustituye el art. 52.
LEY 10516 (Art 1) Agrega incisos 22) y 23) al art. 19 (Art 3) Agrega incisos 22) y 23) al art. 21. (Art 2) Modifica incisos 9) y 12) del art. 21.
LEY 10571 (Art. 1) Sustituye arts. 50, 51, 52, 59, 61, 63, 70, 72, 75 y 91 textos según Decretos-Leyes 9.229/1978, 9.504/1980, 9.682/1981 y Leyes 10.164 y 10.507. (Art. 9) DEROGA art. 70 bis texto según Decreto-Ley 9.682/1981.
LEY 10612 (Art 3) Sustituye inciso b) de los arts. 9, 11, 12, 13, 15 y 16. (Art 4) Sustituye apartado b) del art. 78. (Art 6) Incorpora art. 95, incorpora Cap. VIII al Título IV . (Art 7) DEROGA arts. 96 y 97.
LEY 10616 (Art 1) Sustituye art. 77.
LEY 10662 (Art 3) Modifica art 7 inc b)
LEY 10663 (Art 1) Modifica inciso b) del art. 15 y 15 quater.
LEY 10692 (Art 1)Sustituye art 2. (Art 2) SAustituye denominación del Cap. V, Título IV . (Art 3) Incorpora art. 87 bis.
LEY 10774 (Art 1) Modifica inc. b) art. 18 texto según Ley 10.507.
LEY 10812 (Art 1) Modifica art 5. (Art 2) Incorpora art 10 bis. (Art 3) Modifica inc 22 del art 19. (Art 4) Modifica inc a) del art 15.
LEY 10829 (Art 1) Modifica art. 8 inc. b).
LEY 10834 (Art 2) Sustituye el inc b) del art 15 bis. (Art 3) Sustituye el inc 10) del art 19. (Art 4) Incorpora al art 19 el inc 24). (Art 5) Sustituye el inc 10) del art 21. (Art 6) Incorpora al art 21 el inc 24). (Art 7) Sustituye el inc 20) del art 21.
LEY 10955 (Art 1) Modifica inciso b) del art. 7.
LEY 10982 (Art 1) Modifica inciso b) del art. 15 bis.
LEY 11032 (Art 1) Modifica inciso b) del art. 14.
LEY 11045 (Art 1) Modifica art 10 bis. (Art 2) Modifica inc 22) del art 19.
LEY 11049 (Art 1) Sustituye inc. b) del art. 8.
LEY 11068 (Art 1) Modifica inc b) del art 6. (Art 3) Modifica inc c) del art 32. (Art 4) Modifica art 32 bis.
LEY 11078 (Art 1) Modifica arts. 7 inciso b). (Art 2) Incorpora inc 25 del art 19. (Art 3) Modifica los inc 3) 13) y 19) del art 21. (Art 4) Incorpora inc 25) al art 21.
LEY 11190 (Art 1) Sustituye el art 15 quater inc b). (Art 2) Incorpora el inc c) al art 32.
LEY 11216 (Art 1) Sustituye art. 93.
DECRETO 3702/1992 TEXTO ORDENADO
LEY 11411 (Art. 1) Dispone la unificación de la competencia de los juzgados de primera instancia en lo Criminal y los juzgados de primera instancia en lo Correccional. (Art 2) Modifica art 52. Sobre competencia de los juzgados de primera instancia en lo Criminal y Correccional. (Art 3) Modifica art 58. Sobre Justicia de Paz Letrada.
LEY 11453

CREA EL FUERO DE FAMILIA y LOS TRIBUNALES DE FAMILIA. (Art 5) Modifica arts. 1, 3, 5, 50 y el inciso b) de los arts. 6 a 23. (Art 6) Incorpora art. 2 bis. (Art 7) Incorpora en el Titulo II Capitulo IV bis, arts. 54 bis, 54 ter y 54 quater. Sobre tribunales colegiados de instancia única en el Fuero de Familia. (Art 8) Incorpora en el Titulo III el Capitulo IV bis, arts. 68 bis y 68 ter. Sobre jueces de los Tribunales Colegiados de instancia única del Fuero de Familia. 

LEY 11476 (Art 1) Sustituye inciso b) del art. 17.
LEY 11480 Creación del partido de Presidente Perón. (Art. 11) Crea juzgado de Paz Letrado en el partido de Presidente Perón. Dispone que mantendrán su competencia hasta tanto se instale el juzgado creado y en las causas se inicien hasta su culminación, los juzgados de Paz de los partidos de San Vicente, Florencio Varela y Esteban Echeverría.
LEY 11520 (Art 2)Modifica inciso 8) del art. 24.
LEY 11532 (Art 2) Sustituye el inc b) del art 12.
LEY 11550 Creación del partido de Ezeiza sobre el actual territorio del partido de Esteban Echeverría. (Art. 19) Dispone que Ezeiza integrará el Departamento Judicial Lomas de Zamora. (Art. 20) Crea juzgado de Paz Letrado en el partido de Ezeiza. Dispone que mantendrá su competencia hasta tanto se instale el juzgado creado y en las causas se inicien hasta su culminación, el juzgado de Paz con asiento en el actual partido de Esteban Echeverría. (Art. 21) Incorpora a la nómina del art. 61 apartado primero el partido de Ezeiza.
LEY 11551 Creación de los partidos de San Miguel, José C. Paz y Malvinas Argentinas en el actual territorio de los partidos de General Sarmiento y Pilar. (Art. 17) Dispone que los municipios de San Miguel, José C. Paz y Malvinas Argentinas integrarán el Departamento Judicial General San Martín. (Art. 18) Crea juzgados de Paz en los municipios de José C. Paz y Malvinas Argentinas. Dispone que hasta tanto se instalen los nuevos juzgados será competente en las causas que se inicien y hasta su culminación el juzgado de Paz con asiento en el actual partido de General Sarmiento. (Art. 19) Incorpora a la nómina del art. 61 apartado primero a los partidos de San Miguel, José C. Paz y Malvinas Argentinas. Suprime mención de General Sarmiento.
LEY 11584 Dispone la creación del partido de Punta Indio.(Art. 12) Dispone que el nuevo municipio integra el Departamento Judicial La Plata. (Art. 13) Crea juzgado de Paz, en virtud del art. 59 de la Ley 5827, con asiento en Verónica, ciudad cabecera de partido. (Art. 14) Incorpora a la nómina del art. 61 apartado I al partido de Punta Indio.
LEY 11593 (Art 2) Sustituye arts. 74 y 91. Sobre actualización de montos.
LEY 11610 Creación de los partidos de Hurlingham e Ituzaingó sobre el actual territoro del partido de Morón. (Art. 15) Dispone que Ituzaingó y Hurlingham dependerán del Departamento Judicial Morón. (Art. 16) Crea juzgados de Paz en los partidos de Hurlingham e Ituzaingó. Dispone asimismo que hasta tanto se instalen los nuevos juzgados mantendrán su competencia los juzgados de Paz con asiento en el actual partido de Morón. (Art. 19) Incorpora a la nómina del art. 61 apartado primero a los partidos de Hurlingham e Ituzaingó.
LEY 11640 Crea tribunales de Trabajo en las siguientes departamentos judicilaes: Avellaneda, Campana, Gral San Martín, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Mar del Plata, Mercedes, Pergamino, Quilmes, San Isidro, San Miguel y San Nicolás. (Art 2) Sustituye art. 24. (Art 3) Sustituye el art 26. (Art 5) Agrega párrafo al inciso L) del art. 32.
LEY 11718

(Art. 1) Suprime ministerios públicos laborales en los departamentos judiciales Quilmes y Pergamino, creados por el art. 10 de la Ley 5.178. (Art. 2) Suprime fiscalía Nro. 1 de Quilmes, creada por Ley 10.470. (Art. 3) Crea 2 defensorías de pobres y ausentes en Quilmes. (Art. 4) Crea 2 defensorías de pobres y ausentes en Mar del Plata. (Art 5) Sustituye inciso b) de los arts. 14 y 19 de la presente norma T.O. por Decreto 3.702/1992, según las modificaciones introducidas por la Ley 11.453. 

LEY 11742 (Art 2)Sustituye inciso b) del art. 14.
LEY 11776 (Art 1) Modifica inciso a) del art. 12.
LEY 11857 (Art 3) Sustituye inciso b) del art. 12.
LEY 11884 Art. 1) Crea cargo de juez de cámara en lo Civil y Comercial en los departamentos judiciales de Gral. San Martín, Lomas de Zamora, Mar del Plata, Mercedes, Morón y San Isidro. (Art 2) Sustituye inciso b) del art. 33. (Art 3) Sustituye el art. 35. Sobre composición de las cámaras de apelación.
LEY 11911 (Art 1) Modifica art. 50. (Art 2) Inciso I) del párrafo II del art. 61. Atribuyen competencia de la materia rural al fuero Civil y Comercial y al de la Justicia de Paz Letrada, respectivamente.
LEY 11924 (Art 1) Sustituye inciso b) del art. 6.
LEY 11953 (Art 1)Incorpora el partido de Presidente Perón a la nómina del art. 61 apartado I).
LEY 11978

(Art 1)Incorpora inciso ll) al apartado II del art. 63. Sobre ampliación de competencia de los juzgados de Paz.

LEY 11982

(Art 16) Crea Tribunal de Casación Penal. Dispone la incorporación de dicha normativa como anexo a esta norma.

LEY 12051

(Art. 1) DEROGA la Ley 11.953. (Art. 2) Restituye al Juzgado de Paz Letrada del partido de Presidente Perón la competencia prevista en el art. 61 apartado II de la presente norma, con efecto retroactivo a la fecha de vigencia de la Ley 11.953.

LEY 12052

Modifica Ley 10.812, de creación del Departamento Judicial La Matanza. (Art. 1) Modifica art. 6 de la Ley 10.812. (Arts. 2) Incorpora arts. 7, 8 y 9 a la Ley 10.812. Dispone que corresponderá la competencia de los órganos del Departamento Judicial La Matanza sobre las causas iniciadas a partir dle 18/11/1996.  

LEY 12060

(Art 20) DEROGA arts. 76 a 90 inclusive y 95. T.O. (Art 21) Sustituye arts. 1 T.O. Dec. 3.702 texto según Ley 11.453. (Art 22) Sustituye los art 6 a 23 T.O. (Art. 23) Agrega Cap. III bis Tribunal de Casación Penal, art. 32 bis, al Título II. (Art. 24) Sustituye expresión del Cap. IV del Título II. (Art 25) Sustituye el art 33 T.O s/ Ley 11.884. (Art 26) Sustituye el inc b) del art 37 T.O. (Art 27) Sustituye el art 38 T.O. (Art 28) Sustituye el art 51 (Art 29) Sustituye el art 52 T.O. seún Ley 11.411. (Art 30) Incorpora arts. 52 bis, 52 ter, 52 quater. (Art 31) Agrega Capitulo II bis, Presidente del Tribunal de Casación Penal -art. 62 bis- al Titulo III T.O. (Art 32) Incorpora Cap. IV Ter, Jueces de los tribunales en lo Criminal -arts. 68 quater y 68 quinquies- al Título III. 

LEY 12061 (Arts. 9 y 97) DEROGAN art. 2.
LEY 12074 (Art 13) Sustituye arts. 1, 30 y 31.
LEY 12142 (Art 3) Modifica art 10.
LEY 12197 (Art 3) Sustituye art 6. (Art 5) Sustituye art 16.
LEY 12218 (Art 2) Modifica art. 24. (Art 3) Sustituye art. 26 inciso 12. (Art 4) Agrega inciso 28 del art 26.
LEY 12219 (Art 1) Modifica inciso b) del art. 19
LEY 12255 (Art 1) Sustituye inciso b) del art. 23.
LEY 12289 (Art 1) Modifica inciso b) del art. 22.
LEY 12310 (Art. 42) Sustituye arts. 1, 30 y 31, texto según Ley 12.074. Sobre órganos de la administración de justicia de la Provincia, mayoría para las sentencias y resoluciones de la Corte e integración de la Corte ante vacancia, licencia, recusación, excusación u otro impedimiento de alguno de los miembros, respectivamente.
LEY 12342 (Art 3) Sustituye inciso b) de los arts. 9, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 20 y 23.
LEY 12367 (Art 5) Sustituye arts. 6 a 23 inclusive.
LEY 12625 (Art 1) Sustituye art. 14 de la Ley 11584 -incorporación de Punta Indio a la nómina del art. 61 apartado de la Ley 5827-. Incorpora a Punta Indio al apartado II.
LEY 12882 (Art 1) Modifica art. 1 de la Ley 12219 -modificatoria del art. 19 de la Ley 5827-.
LEY 12961 (Art 1) Incorpora art. 31 bis.
LEY 13078 (Art 3) Incorpora inciso IV al art. 61.
LEY 13087 (Art 1) Modifica inciso b) del art. 15.
LEY 13101 (Art 59) Modifica arts. 1 y 31.
LEY 13195 (Art 1) Sustituye inciso b) del art. 15.
LEY 13219 (Art 2) Sustituye inciso b) del art. 14.
LEY 13274 Establece programa de descentralización de fiscalías, defensorías y ayudantes fiscales. Crea fiscalías y defensorías descentralizadas como nuevos órganos del Ministerio Público en los siguientes partidos: La Matanza, La Plata, Lomas de Zamora, Mercedes, Morón, Quilmes, San Isidro, San Martín, Zárate-Campana. Crea cargos de agente fiscal para los departamentos judiciales del interior de la Provincia cuya distribución será determinada por la SCJBA. Crea cargos de ayudante fiscal en los departamentos judiciales y cantidad que se indican a continuación: Azul (3), Bahía Blanca (4), Dolores (5), Junín (3), La Plata (5), Mar del Plata (5), Mercedes (3), San Nicolás (3), Trenque Lauquen (4), Zárate-Campana (3).
LEY 13287 (Art 4) Modifica art. 19.
LEY 13298 (Art 48) Modifica art. 50. (Art 49) Incorpora inciso g) al apartado 1, parágrafo I del art. 61. (Art 50) DEROGA incisos a), c), e), i) del apartado 2, parágrafo I, apartado 3 del parágrafo I, incisos a), b), c), d), e) y II) del parágrafo II del art. 61.
LEY 13327 (Art 1) Sustituye incisos 8) y 23) del art. 24.
LEY 13411 (Art 1) Sustituye arts. 6, 7, 11, 12, 14, 20, 22 y 23. Modificando la integración de los juzgados de Azul, Bahía Blanca, La Matanza, La Plata, Mar del Plata, San Isidro, Trenque Lauquen y Zárate-Campana respectivamente. (Art. 3) Dispone entrada en vigencia de la modificación al Departamento Judicial de Mar del Plata a partir del 02/09/2004.
LEY 13435 (Art 7) Sustituye apartado 4 del art. 1. Sobre creación del Fuero de Ejecución Tributaria. Creación de juzgados de Ejecución Tributaria.
LEY 13471 Crea cuatro cargos de agente fiscal para el Departamento Judicial La Matanza. Modifica art. 11 de esta norma.
LEY 13479 Sustituye incisos b) de los arts. 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23. Incorpora al articulado de la Ley los juzgados de Ejecución Tributaria creados por la Ley 13.435. Disuelve cámara con competencia individual en los departamentos Necochea, Pergamino y Zárate-Campana. Crea cargos de jueces de cámara para dichos departamentos.
LEY 13565 (Art 1) Sustituye los inc b) de los art 20 y 23. Sobre descentralización de juzgados de garantías en los Departamentos Judiciales de Zárate-Campana y San Isidro. Los juzgados creados por Leyes 13.411 y 13.479 tendrán su asiento en las ciudades de Escobar y Pilar respectivamente.
LEY 13597 Modifica inciso b) del art. 6. Crea en el departament judicial de Azul dos -2- juzgados de primera instancia en lo Civil y Comercial, uno con asiento en Olavarría y otro en Tandil y un juzgado de garantías en Olavarría.
LEY 13601 Modifica arts. 5 y 15. Incorpora art. 15 bis. Sobre creación del Departamento Judicial de Moreno-General Rodríguez.
LEY 13629 (Art. 1) Incorpora incisos u), v), w) y x) al art. 32. Sobre control de gestión de cada uno de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial.
LEY 13634 (Art. 8) Disuelve tribunales de Familia para transformarlos en juzgados de Familia. (Art. 13) Suprime denominación "Asesor de Incapaces exclusivo para tribunal de Menores" por "Asesores de Incapaces". (Art. 14) Crea cargos de asesores de incapaces en los departamentos de Azul, Bahía Blanca, Lomas de Zamora, Necochea, Trenque Lauquen, Zárate-Campana, Dolores y Junín. (Art.18) Crea Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil (Art. 19) Disuelve tribunales de Menores para su transformación en juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil y Juzgados de Garantías del Joven. (Arts.20 y 21) Crean juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil y de Garantías del Joven respectivamente. (Art. 23) Crea órganos de Ministerio Público para este fuero. (Art. 94) Dispone que la SCJBA juntamente con el Ministerio de Justicia acordarán un plan de transformación de los Tribunales de Familia en juzgados unipersonales. (Art. 103) Sustituye arts. 1, 2 bis, 3, 38, 50 y 52. (Art. 104) Sustituye art. 61. (Art. 105) Incorpora art. 52 quinquies. (Art. 106) Incorpora art. 52 sexies. (Art. 107) DEROGA Capítulo VI bis "Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia" -arts. 54 bis a 54 quater- y Cap. VII "Tribunales de Menores" -arts. 55 y 56- del Título II, el Cap. IV bis "Jueces de Tribunales Colegiados de Instancia Única del Fuero de Familia" -arts. 68 bis y ter- del Título III.
LEY 13645 (Art. 3) Modifica art. 61 texto según Ley 13.634. Sobre competencia de jueces de Paz Letrados.
LEY 13662 (Art 1) Modifica art 27. (Art 2) Modifica art 30. Sobre número de miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia.
LEY 13672 (Art. 2) Sustituye incisos b) de los arts. 6, 7, 8, 10, 15, 15bis, 17, 18, 22 y 23. Sobre creación de cargos de defensor general departamental en los departamentos judiciales Azul, Bahía Blanca, Dolores, Junín, Mercedes, Moreno-General Rodríguez, Necochea, Pergamino, Trenque Lauquen y Zárate-Campana.
LEY 13675 (Art. 1) Modifica inciso b) del artículo 13. Sobre creación de juzgados y órganos del Ministerio Público en el Departamento Judicial Lomas de Zamora. (Art. 2) Dispone disolución de juzgados de Paz Letrados de Avellaneda y Lanús y su transformación en juzgados en lo Civil y Comercial.
LEY 13694 Sustituye inc. b) del art. 6. Sobre creación de un tribunal de ejecución penal en General Alvear, Departamento Judicial Azul.
LEY 13772 (Art. 1) Sustituye art. 1 de la Ley 13.675. (Art. 4) Sustituye inciso 14) de art. 20 de Ley 13.634. Sobre creación de juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil en el Departamento Judicial San Isidro. (Art. 5) Sustituye inc. 15) del art. 20 de la Ley 13.634. Sobre creación de juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil en San Martín. (Art. 6) Sustituye inciso 11) del art. 21 de la Ley 13.634. Sobre creación de juzgados de Garantías del Joven en el Departamento Judicial San Isidro. (Art. 7) Sustituye inciso 12) del art. 21 de la Ley 13.634. Sobre creación de juzgados de Garantías del Joven en el Departamento Judicial San Martín.
LEY 13773 (Art. 4) Modifica los párrafos tercero y cuarto del inc. b) del art. 13, texto según Ley 13.675. Sobre creación de los cargos de adjunto fiscal de cámaras y adjunto de defensor general para las ciudades de Avellaneda y Lanús.
LEY 13795 Declara emergencia de la infraestructura edilicia del Poder Judicial de la Provincia, por el término de 12 meses. (Art. 9) Incorpora arts. 31 ter y 31 quater. Sobre plan de infraestructura que deberá formular la S.C.J.B.A. en coordinación con el Ministerio de Justicia y declaración genérica de utilidad pública de todos los bienes imprescindibles para emplazar edificios o complejos edilicios del Poder Judicial que encuadren en el plan de infraestructura referido.
LEY 13812 (Art. 2) Modifica art. 31 bis. Sobre procedencia de recursos ante la Suprema Corte de Justicia.
LEY 13814 Autorizando por el término de 1 año, a partir de la fecha de publicación en el B.O., a la S.C.J.B.A. a dispoenr el traslado de juzgados de Garantías existentes, a las mismas sedes donde funcionan las fiscalías y defensorías descentralizadas dispuestas por Ley 13.274. Asimismo comprende a los juzgados unipersonales de Familia dispuestos por Ley 13.634.
LEY 13821 Modifica arts. 92, 93 y 94 de la Ley 13634. Sobre período de transición del fuero de Familia.
LEY 13837

Creación del Cuerpo de Magistrados Suplentes. (Art. 9) Modifica art. 1. (Art. 10) Agrega inciso y) al art. 32. 

LEY 13859 Sustituye art. 5, inciso a) de los arts. 15 y 16 e incorpora art. 15 ter. Sobre creación del Depatamento Judicial Merlo con competencia territorial en los partidos de General Las Heras, Marcos Paz y Merlo.
LEY 13862 Modifica los artículos 6 (texto según Ley 13.694), art. 8 (texto según Ley 13.672) y 21 (texto según Ley 13.479). Sobre creación de cargos de agente fiscal en los departamentos judiciales de Azul, Dolores y San Nicolás de los Arroyos con asiento en las ciudades de General Alvear, Villa Gesell y San Pedro respectivamente. Crea asimismo un cargo de juez de garantías con asiento en la ciudad de Mar del Tuyú en el departamento de Dolores.
LEY 13871 (Art. 1) Crea cargos de ayudante fiscal -Ley 13.274- en los departamentos y cantidad que se indican a continuación: Azul (2), Bahía Blanca (3), Dolores (2), Junín (2), La Plata (3), Mar del Plata (1), Mercedes (2), Necochea (1), San Nicolás (1) y Trenque Lauquen (2).
LEY 13941 (Art. 1) Dispone disolución de juzgados de transición, creados por Ley 12.059 y de los juzgados en lo Criminal y Correccional subsistentes. (Art. 2) Dispone que las causas respectivas serán radicadas ante los juzgados de Garantías del departamento al que pertenezcan. (Art. 3) Establece adicional para los jueces de Garantías que tramiten esas causas derivadas.
LEY 13943 (Art. 3) Incorpora art. 127 bis como Capítulo V - "Secretaría de Gestión Administrativa en materia Penal", del Título VI.
LEY 13944 Prorrogando por un año, a partir de su vencimiento, el plazo para complementar el proceso de transformación de los tribunales de Familia en juzgados unipersonales, establecido en el art. 94 de la Ley 13.634, texto según Ley 13.821.
LEY 13945 Prorrogando, a partir de su vencimiento y por el término de 1 año, la autorización a la S.C.J.B.A. para disponer el traslado de los juzgados de Garantías y los juzgados unipersonales de Familia, establecida en los arts. 1 y 2 de la Ley 13.814.
LEY 13991 (Art. 1) Crea órganos del Ministerio Público, para cubrir defensorías oficiales con competencia en los fueros Civil y Comercial y de Familia, en las ciudades cabecera o sedes descentralizadas, en los siguientes departamentos judiciales: Azul, Bahía Blanca, Dolores, Junín, La Matanza, La Plata, Lomas de Zamora, Mar del Plata, Mercedes, Morón, Quilmes, San Isidro, San Martín, Zárate-Campana. (Art. 2) Dispone que los órganos creados serán distribuidos por la Procuración Gral. de la S.C.J.B.A.. según índices de densidad poblacional y de litigiosidad y de acuerdo al proceso de descentralización de órganos jurisdiccionales de los distintos fueros que se lleve a cabo en la Provincia. (Arts. 3 y 4) Autoriza al P.E. a incorporar cargos y a ordenar esta norma, con posterioridad a la determinación de los destinos de los miembros del Ministerio Público según los cargos creados, respectivamente.
LEY 13992 (Art. 1) Crea órganos del Ministerio Público, para cubrir fiscalías y defensorías con competencia en el fuero Criminal y Correccional, en las ciudades cabecera o sedes descentralizadas, en los siguientes departamentos judiciales: Dolores, La Matanza, La Plata, Lomas de Zamora, Mar del Plata, Quilmes, San Isidro, San Martín, San Nicolás. (Art. 2) Dispone que los órganos creados serán distribuidos por la Procuración General de la S.C.J.B.A.., según índices de densidad poblacional y de litigiosidad y de acuerdo con el proceso de descentralización de órganos jurisdiccionales de los distintos fueros que se lleve a cabo en el territorio provincial. (Arts. 3 y 4) Autoriza al P.E. a incorporar cargos y a ordenar esta norma, con posterioridad a la determinación de los destinos de los miembros del Ministerio Público, según los cargos recientemente creados, respectivamente.
LEY 13993 Crea órganos en el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil. (Art. 1) Crea un juzgado de Garantías del Joven en cada uno de los siguientes departamentos judiciales: Junín, Necochea, Pergamino, Trenque Lauquen, Mercedes, Bahía Blanca y Quilmes. (Art. 2) Crea órganos del Ministerio Público especializado en el fuero de la Responsabilidad Juvenil en los siguientes departamentos judiciales: Bahía Blanca, Dolores, La Matanza, La Plata, Lomas de Zamora, Mar del Plata, Mercedes, Morón, Quilmes, San Isidro, San Martín, San Nicolás, Zárate-Campana. (Art. 3) Dispone que los cargos que se crean serán distribuidos en las ciudades cabecera y/o en los municipios que determine la Procuración General de la S.C.J.B.A.. de acuerdo a índices de densidad poblacional y litigiosidad. (Art. 4) Autoriza al P.E. a ordenar esta norma, con posterioridad a la determinación de los destinos de los miembros del Ministerio Público según los cargos creados.
LEY 14020 (Art. 1) Dispone radicación de Tribunal de Trabajo Nro. 7 de San Isidro en la ciudad de Pilar. (Art. 2) Modifica inc. 21 e incorpora inc. 29 al art. 24. (Art. 3) Modifica inc. 17 e incorpora inc. 29 al art.26.
LEY 14039 (Art. 1) Modifica inc. b) del art. 10. Sobre integración del Departamento Judicial de Junín.
LEY 14045 (Art.1) Modifica art. 8. Sobre integración del Departamento Judicial Dolores. Crea un juzgado civil y comercial en cada una de las siguientes ciudades: Villa Gesell, Pinamar y Mar del Tuyú. (Art. 2) Autoriza al P.E. a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
LEY 14087 (Art. 9) Dispone que el nuevo partido de Lezama integrará el Departamento Judicial Dolores.
LEY 14092 (Art. 1) Prorroga, a partir de su vencimiento y por el término de 12 meses, la autorización a la S.C.J.B.A. para disponer el traslado de juzgados de Garantías y los juzgados unipersonales de Familia, establecida en los arts. 1 y 2 de la Ley 13.814, prorrogada por Ley 13.945. (Art. 2) Autoriza a la S.C.J.B.A., por el término de 12 meses, a partir de la fecha de publicación en el B.O., a disponer el traslado de los tribunales de Trabajo creados y que se encuentren sin funcionar, a los partidos que determine, dentro del mismo departamento judicial, atendiendo a índices poblacionales y de litigiosidad.
LEY 14116 (Art. 1) Prorroga, a partir del vencimiento de la Ley 13.944 y por el término de un (1) año, el plazo para completar el proceso de transformación de los tribunales de Familia en juzgados Unipersonales, establecido en el artículo 94 de la Ley 13.634. (Art. 3) DEROGA el sub inciso g) del inciso 1) del apartado I del artículo 61.
LEY 14171 Prorroga, a partir de su vencimiento y por el término de 6 meses, la autorización conferida a la S.C.J. B.A. para disponer el traslado de juzgados de Garantías y los juzgados unipersonales de Familia, establecida en los arts. 1 y 2 de la Ley 13.814, prorrogada por las Leyes 13.945 y 14.092. Prorroga asimismo, por igual término a partir de su vencimiento, la autorización conferida a dicho órgano para disponer el traslado de los tribunales de Trabajo creados y que se encuentren sin funcionar a los partidos que determine, según jurisdicción e índices poblacionales y de litigiosidad. Autoriza a disponer prórroga y/o modificación de la competencia territorial de los tribunales de Trabajo trasladados.
LEY 14173 Prorroga, a partir del vencimiento de la Ley 14.116 y por el término de 6 meses, el plazo para completar el proceso de transformación de los tribunales de Familia en juzgados unipersonales, establecido en el art. 94 de la Ley 13.634.
LEY 14175 (Art. 1) Crea cargos de agente fiscal y defensor oficial en los siguientes departamentos judiciales: Azul, Bahía Blanca, Dolores, Junín, La Matanza, La Plata, Lomas de Zamora, Mar del Plata, Mercedes, Morón, Necochea, Pergamino, Quilmes, San Isidro, San Martín, San Nicolás, Trenque Lauquen y Zárate-Campana. (Art. 2) Crea en el Fuero de la Responsabilidad Penal juvenil, cargos de fiscal en los siguientes departamentos judiciales: Azul, Junín, La Plata, Necochea, Pergamino, Quilmes y San Martín y de fiscal y defensor oficial para el mismo fuero en los departamentos judiciales Mercedes y Trenque Lauquen. (Art. 4) Dispone que las fiscalías y defensorías creadas serán distribuidas en cada departamento judicial con intervención del Ministerio de Justicia y Seguridad, en base a índices de densidad poblacional y de litigiosidad y según el proceso de descentralización de órganos jurisdiccionales de los distintos fueros que se lleve a cabo.
LEY 14177 (Art. 1) Sustituye inciso b) del art. 15 bis. Sobre integración del Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez.
LEY 14178 (Art. 2) Modifica art. 24. (Art. 3) Modifica art. 26. Sobre creación y competencia del Tribunal de Trabajo con asiento en Mar del Tuyú.
LEY 14186 (Art. 1) Crea juzgados de primera instancia en lo Civil y Comercial: 2, en los Departamentos Judiciales La Matanza y San Isidro y 4, en el Depatamento Judicial de Mar del Plata. (Art. 2) Autoriza a la SCJBA a disponer en forma gradual su puesta en funcionamiento. (Art. 4) Autoriza al P.E. a efectuar adecuaciones presupuestarias.
LEY 14189 Modifica art. 23. Sobre integración del Departamento Judicial Zárate-Campana.
LEY 14205 (Art. 1) Crea 1 juzgado de Garantías en el Departamento Judicial de La Plata, con asiento en la ciudad de Saladillo y con competencia en los partidos de Saladillo, Lobos y Roque Pérez. (Decreto de Promulgación, 2.734/2010) Observa dicha norma, autorizando al Ministerio de Jusitica a la puesta en funcionamiento, del juzgado creado, en forma planificada, de acuerdo a las posibilidades de la Provinica y al índice de litigiosidad que se comprobare.
LEY 14235 (Art. 1) Dispone que los tribunales de trabajo integrarán el departamento judicial que corresponda según el partido en que tengan su asiento. (Art. 2) Crea 2 tribunales de Trabajo con asiento en Escobar y Dolores, respectivamente. (Art. 3) Suprime tribunal de Trabajo con asiento en Coronel Suárez, creado por Ley 11.078. (Art. 4) Sustituye art. 24. (Art. 5) Sustituye art. 26. (Art. 6) Suprime la expresión: "Dos (2) tribunales laborales de instancia única..." en el inc. b) del art. 15 ter. Sobre integración del Departamento Judicial Merlo.
LEY 14247 Dispone excepción, por el término de 12 meses, para los tribunales de Trabajo del Departamento Judicial Pergamino, de lo dispuesto por la Ley 14.235 -de descentralización de tribunales de trabajo-. Dichos tribunales mantendrán, durante el laso referido, su asiento y jurisdicción anterior.
LEY 14256 Modifica Ley 12.074. (Art. 1) Sustituye incisos 1) y 2) del art. 3. Sobre competencia teritorial de las Cámaras de Apelación en lo Contencioso Adminsitrativo de La Plata y San Martín. (Art. 2) Crea un juzgado de primera instnacia en lo Contencioso-Administrativo en los departamentos judiciales de La Plata, Lomas de Zamora y San Isidro. (Art. 3) Sustituye art. 14. Sobre asiento y cantidad de juzgados de primera instancia en los Contencioso-Administrativo.
LEY 14291 Prorroga, a partir del vencimiento de la Ley 14.173 y por el término de 12 meses, el plazo para completar el proceso de transformación de los tribunales de Familia en Juzgados unipersonales, establecido en el art. 94 de la Ley 13.634, texto según Ley 13.821.
LEY 14295 Dispone creación de nuevas salas del Tribunal de Casación Penal. Establece descentralización de seis de sus salas: 2, en San Martín; 2, en Mercedes y 2, en Mar del Plata. (Art. 6) Crea 12 cargos de juez de Tribunal de Casación Penal, 6 cargos de fiscal adjunto de Casación y 6 cargos de defensor adjunto de Casación.
LEY 14296 (Art. 4) Dispone la creación de una secretaría de control, en el ámbito de cada juzgado de ejecución; se le asignan facultades.
LEY 14297 Prorroga, a partir de su vencimiento y por el término de 12 meses, la autorización a la S.C.J.B.A. para disponer el traslado de los juzgados de Garantías y los juzgados unipersonales de Familia, establecida en los arts. 1 y 2 de la Ley 13.814 y prorrogados por las Leyes 13.945, 14.092 y 14.171.
LEY 14329 Modifica art. 8. Sobre composición y competencia del Departamento Judicial de Dolores.
LEY 14346 Crea un juzgado de Ejecución Penal en cada uno de los siguientes departamentos judiciales: Bahía Blanca y Lomas de Zamora. Crea juzgados de Garantías en los siguientes departamentos judiciales: 1 en Quilmes, con asiento en la ciudad de Berazategui; 2 en San Isidro, con asiento en las ciudades de San Fernando y Pilar; 1 en San Martín, con asiento en la ciudad de Malvinas Argentinas; 1 en Zárate-Campana, con asiento en la ciudad de Escobar; 1 en La Plata, con asiento en la ciudad de Cañuelas. Autoriza al P.E. a ordenar el texto de esta norma según estas últimas modificaciones.
LEY 14365 (Art. 2) Modifica art. 74 sobre correcciones disciplinarias a los profesionales intervinientes. Modifica art. 91 sobre intervención del defensor de Pobres y Ausentes o del Asesor de Incapaces.
LEY 14372 (Art. 1) Incorpora inc. z) al art. 32. Sobre atribuciones de competencia exclusiva de la Suprema Corte de Justicia en diversas materia, entre los juzgados de familia.
LEY 14391 Crea un juzgado de Familia con competencia territorial en el Departamento de Mercedes y asiento en la ciudad de Mercedes.
LEY 14400 Prorroga, a partir del vencimiento de la Ley 14.291 y por el término de 12 meses, el plazo para completar el proceso de transformación de los tribunales de Familia en juzgados unipersonales, establecido por el art. 94 de la Ley 13.634, texto según Ley 13.821.
LEY 14401 Prorroga, a partir de su vencimiento y por el término de 12 meses, la autorización a la S.C.J.B.A. para disponer el traslado de los juzgados de Garantías y los juzgados unipersonales de Familia, establecida en los arts. 1 y 2 de la Ley 13.814, prorrogadas por las Leyes 13.945, 14.092, 14.171 y 14.297.
LEY 14442 (Art. 114) Modifica art. 2. Sobre composición del Ministerio Público. (Art. 115) Modifica art. 27. Sobre composición de la Suprema Corte de Justicia.
LEY 14455 Crea un (1) Juzgado de Paz Letrado en el partido de Lezama.
LEY 14484

(Art. 1) Sustituye art. 5. (Art. 2) Incorpora art. 5 bis. Sobre creación del departamento judicial de Avellaneda-Lanús. (Art. 3) Sustituye art. 13. Sobre el departamento judicial de Lomas de Zamora. (Art. 4) Sustituye art. 24. Sobre tribunales de trabajo. (Art. 5) Sustituye incs. b) y c) del art. 33. Sobre cámaras de apelación y las de apelación y garantía.

LEY 14490 (Art. 1) Modifica art. 8. Sobre juzgado de garantías con asiento en Chascomus, con competencia territorial en los partidos de Chascomus, Lezama, Pila y General Belgrano, perteneciente al departamento judicial de Dolores.
LEY 14543 (Art. 3) Modifica art. 1. Incorpora art. 61 bis en el Título X, como Capítulo X, Tribunales de Jurados. Sobre incorporación de los tribunales de jurados.
LEY 14557

(Art. 1) Crea juzgado de Garantías en el Departamento Judicial Dolores, con asiento en la ciudad de Villa Gesell. (Art. 2) Sustituye art. 8. Sobre asiento de órganos judiciales en las ciudades de Mar del Tuyú y Villa Gesell. 

LEY 14566

Modifica Ley 14.346, modificatoria de esta norma. Rectifica último párrafo del art. 1. Sobre competencia territorial del juzgado de Garantías con asiento en la ciudad de Cañuelas del Departamento Judicial de La Plata. Comprende los partidos de Cañuelas, San Vicente y Presidente Perón. 

LEY 14605 (Art. 1) Crea dos (2) cargos de agente fiscal en el Departamento Judicial de Morón, con asiento en la ciudad de Hurlingham y competencia territorial sobre el partido homónimo. (Art. 2) Crea dos (2) cargos de defensor oficial con competencia en lo Criminal y Correccional en el Departamento Judicial de Morón, con asiento en la ciudad de Hurlingham y competencia territorial en el partido homónimo.
LEY 14612

(Art. 1) Crea un (1) tribunal en lo Criminal en el Departamento Judicial San Nicolás, un (1) juzgado de Ejecución en los Departamentos Judiciales de San Isidro, San Martín, La Matanza y Lomas de Zamora y una (1) sala en la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal en el Departamento Judicial Dolores. (Art. 2) Sustituye Art. 24 de la presente. (Art. 3) Sustituye Art. 26 de la presente.

LEY 14614 (Art- 1) Suprime Ministerio Público del Trabajo en las ciudades de Avellaneda, Bragado, Tres Arroyos y Zárate, creados por Ley 5.178, aún subsistentes y en la medida en que se produzcan las respectivas vacantes. (Art. 2) Crea un cargo de asesor de incapaces en cada uno de los siguientes departamentos judiciales: Bahía Blanca, con sede en Tres Arroyos; Zárate-Campana, con sede en Zárate; Avellaneda-Lanús, con sede en Avellaneda. Asimismo, dos cargos de asesor de incapaces en el Departamento Judicial San Isidro, con asiento en las ciudades de Pilar y Tigre, respectivamente. (Art. 3) Crea un cargo de agente fiscal en el Departamento Judicial Mercedes, con sede en dicha ciudad. (Art. 4) Suprime del quinto párrafo del inciso b) del art. 7 la expresión "Los agentes fiscales también desempeñarán funciones de asesor de Incapaces".
LEY 14615

(Art. 1) Crea un (1) cargo de agente fiscal en el Departamento Judicial Mar del Plata, con asiento en la ciudad de Balcarce.   MODIFICANDO LA LEY 5827 T.O. POR DECRETO 3702/1992 -ORGANICA DEL PODER JUDICIAL-. CREA UN CARGO DE AGENTE FISCAL EN EL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE MAR DEL PLATA, CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE BALCARCE.

LEY 14616

(Art. 1) Crea juzgados de Familia en los departamentos judiciales de Junín, La Matanza, La Plata, Morón, Quilmes, San Isidro y Zárate-Campana.

LEY 14617

(Art. 1) Crea un (1) cargo de agente fiscal en los departamentos judiciales de Junín y La Plata. 

LEY 14627

(Art. 1) Dispone traslado de 1 juzgado correccinal de Quilmes a Florencio Varela, con competencia sobre este último partido. (Art. 2) Crea los siguientes órganos en el fuero penal del Departamento Judicial Quilmes, con asiento y competencia sobre el territorio del partido de Florencio Varela: 2 tribunales en lo Criminal, 1 juzgado Correccional y un juzgado de Garantías. (Art. 3) Sustituye inc. b) del art 19. Sobre integración del Departamento Judicial Quilmes.   

LEY 14642 (Art. 1) Crea 30 cargos de agente fiscal y 20 de defensor oficial. (Art. 4) Autoriza al P.E. a ordenar el texto de la presente ley, texto según T.O. por Decreto 3.702/92), en función de las modificaciones introducidas.
LEY 14683 (Art. 1) Modifica Inc. b) del Art. 7. Por Decreto de Promulgación 21/2015 se VETA PARCIALMENTE el proyecto aprobado por la Legislatura. Se veta el art. 1 del proyecto, a excepción de la siguiente expresión: En la ciudad de Coronel Pringles tendrá su asiento un (1) agente fiscal.
LEY 14684 (Art. 1) Crea órganos judiciales del Fuero de Familia en los siguientes departamentos judiciales: Azul, con sede en Olavarría y Tandil; Bahía Blanca; Avellaneda-Lanús con sede en Avellaneda; Mar del Plata; Necochea; San Isidro, con sede en Pilar; San Martín, con sede en San Miguel y Trenque Lauquen, con sede en Pehuajo. (Art. 2) Sustituye inc. b) del art. 15 ter. Sobre Integración del Departamento Judicial Merlo.
LEY 14687 (Art. 1) Crea, en el ámbito del Ministerio Público, en los términos establecidos en la Ley 14.442, 21 unidades funcionales de instrucción y juicio, especializadas en violencia institucional. (Art. 12) Dispone implementación gradual de las unidades funcionales creadas.
LEY 14723

(Art. 1) Crea juzgados en el Departamento Judicial San Isidro, con asiento y competencia en el partido de Tigre. (Art. 2) Modifica art. 20. Sobre el Departamento Judical San Isidro. (Art. 3) Crea órganos del Ministerio Público con asiento y competencia en el partido de Tigre. (Art. 5) Crea un tribunal de Trabajo en la ciudad de Tigre. (Art. 6) Sustituye art. 24. Sobre tribunales de Trabajo. (Art. 7) Sustituye art. 26. Sobre jurisdicción de los tribunales de Trabajo.

LEY 14729

(Art. 1) Crea un tribunal de Trabajo con competencia territorial sobre el Departamento Judicial de Bahía Blanca con asiento en la ciudad del mismo nombre.

LEY 14864

(Art. 1) Sustituye art. 15 bis. (Art. 2) Sustituye art. 24. (Art. 3) Sustituye art. 26. Sobre integración del Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez. Crea una cámara de apelación Civil y Comercial, una cámara de aeplación y garantías en lo Penal, un juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil. Dispone asimismo la creación de defensorías oficiales y fiscalías. Crea un tribunal de Trabajo con asiento en la ciudad de Moreno y competencia territorial sobre dicho partido y sobre el territorio del partido de General Rodríguez. 

LEY 14901

(Art. 1) Deja sin efecto la creación de una cámara Contencioso Administrativo y un tribunal de Trabajo, con asiento en la ciudad de Lanús, dispuesta por Ley 14.484. (Art. 2) Deja sin efecto la creación de un tribunal de Trabajo con asiento en la ciudad de Avellaneda, dispuesta por Ley 11.640. (Art. 3) Sustituye art. 5 bis. Sobre Departamento Judicial Avellaneda-Lanús. (Art. 4) Dispone que en cada partido del Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús tendrá asiento provisorio un adjunto de fiscal y un adjunto de defensoría general, hasta tanto se cree el asiento definitivo. (Art. 5) Sustituye art. 24. Sobre asiento de los tribunales de Trabajo. (Art. 6) Sustituye incs. b) y c) del art. 33.  Sobre integración de las cámaras de apelación y cámaras de apelación y garantias. (Art. 10) Autoriza a la Suprema Corte de Justicia de la Pcia. de Bs. As. a disponer la localización definitiva y la competencia de los órganos que conforman el Departamento Judicial Avellaneda-Lanús. (Art. 11) Autoriza al P.E. a realizar el TEXTO ORDENADO de esta norma y sus modificatorias. 

LEY 15024

(Art. 1) Crea Juzgado de Familia con asiento en la ciudad de Saladillo y competencia territorial en los partidos de Saladillo, Lobos y Roque Pérez, del Departamento Judicial La Plata. (Art. 2) Autoriza al P.E. a ordenar la presente norma, según las modificaciones que se introducen. (Art. 3) Autoriza las adecuaciones presupuestarias correspondientes. 

LEY 15047

Modifica la Ley 14.484 -Creación del Departamento Judicial Avellaneda-Lanús-. Incorpora a dicha Ley el art. 9 bis. Sobre constitución y puesta en funcionamiento del departamento judicial creado en forma gradual, paulatina y progresiva. establece plazo. Contempla eventual prórroga. 

LEY 15057

ESTABLECE NUEVO PROCEDIMIENTO LABORAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. (Art. 95) Modifica incs. 3) y 4) del art. 1 y los arts. 25 y 125. (Art. 96) Dispone que los arts. 24, 26 y el Capítulo VI mantendrán su vigencia con relación a los tribunales de Trabajo que no hayan sido reemplazados por juzgados de Trabajo. (Art. 104) Establece la entrada de vigencia de las modificaciones precedentes y de la puesta en funcionamiento del nuevo procedimiento laboral a partir del primer día hábil del mes de febrero del año 2020.  

LEY 15304

Modifica integración del Departamento Judicial Junín. Crea un juzgado de Familia, un cargo de defensor/a oficial para actuar ante el fuero de Familia y un cargo de asesor/a de Incapces, con asiento y competencia territorial en la ciudad de Chacabuco. Autoriza al P.E. a ordenar la presente ley y a efectuar las correspondientes adecuaciones presupuestarias. 

LEY 15483

(Art. 2) modifica artículo 33. Crea una sala en la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de Azul.

NORMAS QUE COMPLEMENTAN
LEY 7167 (Art. 1) Modifica art. 6 de la Ley 5178 -Tribunales de Trabajo-.
LEY 7184 (Art. 2) Modifica art. 56 y agrega nuevos a continuación del 52 de la Ley 5178 -Tribunales de Trabajo-.
DECRETO-LEY 7600/1970 Ley orgánica de los tribunales de Trabajo forma parte de la Orgánica del Poder Judicial.
LEY 14736

Regula la figura del amicus curiae, amigo del Tribunal. Crea el Registro Público de Amigos del Tribunal, en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

LEY 14758

Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación inmueble ubicado en Sarandí, partido de Avellaneda para ser transferido al municipio de Avellaneda con destino a la construcción y/o ampliación de dependencias para el funcionamiento del Departamento Judicial Avellaneda-Lanús.

LEY 15044

Crea COMISIÓN PERMANENTE DEL MAPA JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES con sede en el Ministerio de Justicia. Integrada por un miembro de la SCJBA, un miembro de la Procuración General de la Pcia., un representante del Ministerio de Justicia, tres legisladores/as en representación de la Cámara de Diputados, tres legisladores/as en representación de la Cámara de Senadores, el presidente del Colegio de Abogados de la Pcia. de Bs. As. y el presidente del Colegio de Magistrados de la Pcia. de Bs. As. (Art. 2) Entre las funciones asignadas se establece la de recomendar la sanción de un nuevo texto sistematizado de la presente norma. (Art. 7) DEROGA la Ley 13.778, de creación de la Comisión de Estudio para la Reforma del Mapa Judicial de la Pcia.