RATIFICANDO EL CONVENIO DE SUSCRIPCIÓN DEL PROGRAMA DE EMISIÓN DE LETRAS DE CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES PROVINCIALES -LECOP- DE FECHA 19/09/2001 ENTRE EL GOBERNADOR, EN REPRESENTACIÓN DE LA PROVINCIA Y EL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, COMO FIDUCIARIO DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL. MODIFICA ARTÍCULOS 7 ÚLTIMO PÁRRAFO, 9 Y 10 DE LA LEY 12727 -EMERGENCIA ADMINISTRATIVA, ECONÓMICA Y FINANCIERA DEL ESTADO PROVINCIAL-. RATIFICA DECRETO PROVINCIAL 2496/2001. PRORROGA POR UN -1- AÑO LA VIGENCIA DE LA LEY 12563 Y SUS MODIFICATORIAS -JUBILACIÓN DE OFICIO Y JUBILACIÓN ANTICIPADA-.
MODIFICACIONES | LEY 12791 | Autoriza al Poder Ejecutivo a ampliar la emisión de Letras de Tesorería para la cancelación de obligaciones (Patacón 2), prevista en art. 14. |
LEY 12867 | DEROGA prórroga por el plazo de 1 año, establecida por el art. 22. Dispone prórroga especial de 60 días. |
LEY 13070 |
Autorización al P.E. para adherir al PROGRAMA DE UNIFICACIÓN MONETARIA establecido por Decreto Nacional 743/2003 que encomienda el rescate a su valor nominal de las letras de tesorería para cancelación de las obligaciones -PATACÓN 2-. (Art. 3) Agrega segundo párrafo al artículo 9. |
LEY 13402 | (Art. 46) Deja sin efecto el art. 43 en relación a los importes que en concepto de asistencia financiera a municipalidades, la Provincia no hubiera librado a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 13.402. |
NORMAS QUE REGLAMENTAN | DECRETO 2605/2001 |
REGLAMENTA LA EFECTIVA INSTRUMENTACION DE LA LEY 12774-. |
NORMAS QUE COMPLEMENTAN | DECRETO 3339/2005 |
Ratifica el contrato de cesion de creditos suscripto con fecha 30/11/2005, entre la provincia de Buenos Aires y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del art. 40 de esta ley. |