ESTABLECIENDO EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL PARA EL EJERCICIO 2002. ESTABLECE TOPE SALARIAL POR EL TIEMPO QUE DURE LA EMERGENCIA DECLARADA POR LEY 12727 Y MODIFICATORIAS PARA TODOS LOS AGENTES PÊBLICOS, ACTIVOS Y PASIVOS, DEPENDIENTES DEL PODER LEGISLATIVO, PODER EJECUTIVO, ORGANISMOS AUTÓNOMOS, AUTÁRQUICOS O DE LA CONSTITUCIÓN, INCLUYE A FUNCIONARIOS SIN ESTABILIDAD. ELIMINA EL SAC -SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO- PARA FUNCIONARIOS DEL PODER LEGISLATIVO, EJECUTIVO Y ORGANISMOS AUTONÓMOS, AUTÁRQUICOS O DE LA CONSTITUCIÓN Y A LOS BENEFICIARIOS DE LOS REGÍMENES DE PREVISIÓN SOCIAL DE IGUAL CATEGORÍA. CREA COMISIÓN ESPECIAL PARA EL ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DEL IMPACTO DE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE EMERGENCIA 12727 EN EL ÁMBITO DEL PODER JUDICIAL. SUSPENDE POR EL TÉRMINO DE LA EMERGENCIA DECLARADA: EL BAE -BONIFICACIÓN ANUAL POR EFICIENCIA- QUE PERCIBEN LOS EMPLEADOS DE LA DIRECCIÓN DE ENERGÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EL INCREMENTO DE ADICIONAL POR ANTIGÌEDAD, CUALQUIERA SEA EL RÉGIMEN ESTATUTARIO O EL CONVENIO COLECTIVO, TODO RÉGIMEN QUE DISPONGA LA DETERMINACIÓN, ASIMILACIÓN Y/O EQUIPARACIÓN AUTOMÁTICA DE LAS REMUNERACIONES DE LOS AGENTES DE LOS PODERES EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL Y EL ANTICIPO JUBILATORIO PARA EL PERSONAL MUNICIPAL, ESTABLECIDO EN EL INCISO F) DEL ARTÍCULO 19 DE LA LEY 11757 -RÉGIMEN PARA EL PERSONAL MUNICIPAL-. AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A LA EMISIÓN DE BONOS DE CONSOLIDACIÓN DE DEUDA LEY 12836 Y A ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO DE CANCELACIÓN DE DEUDAS; A UTILIZAR TRANSITORIAMENTE LOS RECURSOS PROCEDENTES DE FONDOS CREADOS POR LEYES 10712 Y 11661 PARA ATENDER INDISTINTAMENTE OBLIGACIONES EMERGENTES DE CONVENIOS DE PRÉSTAMO; A MODIFICAR CONDICIONES FINANCIERAS DE CONTRATOS VIGENTES DE PRÉSTAMO EN EL MARCO DE LAS LEYES 11661, 11697, 10772 Y LOS DECRETO-LEYES 7533/1969, 9207/1978 Y 9969/1983 -PROGRAMAS DE PROVISIÓN DE AGUA POTABLE Y OBRAS DE SANEAMIENTO- Y A ESTABLECER SISTEMA SIMPLIFICADO DE CONTRATACIÓN Y PAGO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES O CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, ADMINISTRADO POR UN COMITÉ. CREA FONDO SIC -SISTEMA INTEGRAL DE COMUNICACIÓN- CON DESTINO A FINANCIAR GASTOS Y EQUIPAMIENTO DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA. MODIFICA ARTÍCULO 8 DE LA LEY 10189 T.O. 1998 Y SUS MODIFICATORIAS -COMPLEMENTARIA PERMANENTE DEL PRESUPUESTO-; ARTÍCULO 47 DE LA LEY 12575 -PRESUPUESTO EJERCICIO 2001- Y LO INCORPORA A LA LEY 10189; ARTÍCULOS 2, 3, 8, 10, 12, 15, 16 DE LA LEY 12511 -PLAN DE OBRAS Y SERVICIOS DENOMINADO PLAN PROVINCIAL DE INFRAESTRUCTURA-; EL ARTÍCULO 57 DE LA LEY 12297 -REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA-; EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY 12836 -RATIFICACIÓN DEL COMPROMISO FEDERAL POR EL CRECIMIENTO Y LA DISCIPLINA FISCAL-. INCORPORA ARTÍCULO 29 DE LA EY 12575 A LA LEY 10189. DEROGA LEYES 12135 -CREACIÓN UNIDAD EJECUTORA REEQUIPAMIENTO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD PÊBLICA DE LA PROVINCIA-, 11815 -CREACIÓN UNIDAD EJECUTORA ESTADIO ÊNICO DE LA PLATA- Y 11861 -CREACIÓN UNIDAD EJECUTORA EDIFICIO CATEDRAL DE LA CIUDAD DE LA PLATA- Y ARTÍCULO 27 DE LA LEY 12575. CONVALIDA DECRETOS 3849/2000 -ADECUACIÓN PRESUPUESTARIA DEL EJERCICIO 2000, APORTE FINANCIERO A ESEBA SOCIEDAD ANÓNIMA., EN LIQUIDACIÓN-, 702/2001 -ADECUACIÓN PRESUPUESTARIA EJERCICIO 2001, A FAVOR DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA Y DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE OBRAS SANITARIAS RESIDUAL-, 2579/2001 -ADECUACIÓN PRESUPUESTARIA EJERCICIO 2001, A FAVOR DEL MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÊBLICOS-, 778/2002 -DE NECESIDAD Y URGENCIA. PRORROGA DE PLAZOS PARA LA RENDICIÓN DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2001-, 820/2002, 821/2002, 822/2002, 823/2002, 824/2002, 825/2002 -ADECUACIONES PRESUPUESTARIAS Y 397/2002 -DE NECESIDAD Y URGENCIA, AUTORIZA EL PAGO DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES CON PATACONES U OTRO INSTRUMENTO LEGAL DE CANCELACIÓN, SEGÚN ARTÍCULO 9 DE LA LEY 12727 Y MODIFICATORIAS-.
MODIFICACIONES | DECRETO 1208/2002 | Delega en los funcionarios nominados en el artículo 21 de la presente ley, la autorización para efectuar modificaciones y reestructuraciones al presupuesto general ejercicio 2002, con las limitaciones establecidas en esa norma. |
LEY 12909 | Modifica art. 67. Sobre anticipo jubilatorio para el personal municipal. |
DECRETO 2010/2002 | T.O. de la Ley 12.511, modificada por esta ley. |
DECRETO 2340/2002 | Establece excepciones al art. 30. |
DECRETO 2404/2002 | Ver. REGLAMENTARIO del art. 63. Comité de administración del sistema simplificado de contratación y pago. |
LEY 13002 | (Art. 36) Mantiene la vigencia de los arts. 46 y 52. |