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LEY NÚMERO: 14853 Fundamentos Texto Pdf

ESTABLECIENDO NUEVA LEY DE MINISTERIOS. CREA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y ELIMINA EL MINISTERIO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA. SE ESTABLECEN LOS SIGUIENTES MINISTERIOS: MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, MINISTERIO DE ECONOMÍA, MINISTERIO DE GOBIERNO, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS, MINISTERIO DE SALUD, MINISTERIO DE SEGURIDAD, MINISTERIO DE JUSTICIA, MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, MINISTERIO DE DESARROLO SOCIAL, MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, MINISTERIO DE TRABAJO Y MINISTERIO DE GESTIÓN CULTURAL. DEROGA LEY 14803 Y MODIFICATORIAS -LEY DE MINISTERIOS-, A EXCEPCÓN DE SUS ARTÍCULOS 46 Y 47. MODIFICA LEY 14815 -EMERGENCIA ADMINISTRATIVA Y TECNOLÓGICA-. MODIFICA ARTÍCULO 6 Y 7. MODIFICA LEY 14078 -ORGÁNICA DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS-. MODIFICA ARTÍCULO 2.

DEROGADA
Expediente Origen: A- 14/16-17 Período Legislativo: 144
Autor: PODER EJECUTIVO 
Fecha sanción: 30/11/2016      
Fecha de Promulgación: 05/12/2016       Decreto Promulgación:  1981/2016
Fecha B.O.: 06/12/2016
Observaciones:
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
LEY 14989

(Art. 60) DEROGA la presente ley. 

NORMAS QUE REGLAMENTAN
DECRETO 1987/2016

REGLAMENTARIO. Reglamenta art. 6. Sobre régimen de reemplazo en caso de ausencia o vacancia de los ministros y secretarios del P.E. (Art. 4) Autoriza al ministro de Jefatura de Gobierno de Ministros a determinar y formalizar los reemplazos para los casos no previstos por el decreto que reglamenta la presente. 

NORMAS QUE COMPLEMENTAN
DECRETO 78/2016

Aprueba, a partir del día 01/02/2016, la estructura ORGÁNICO FUNCIONAL del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

DECRETO 450/2016

Aprueba ESTRUCTURA ORGÁNICO-FUNCIONAL del MINISTERIO DE ECONOMÍA. 

DECRETO 1168/2016

Aprueba, a partir del día 22/08/2016, la ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

DECRETO 12/2017

Aprueba ESTRUCTURA ORGÁNICO-FUNCIONAL del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS.

DECRETO 77/2017

Transfiere a la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y Planificación Aeroportuaria, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Logística de la Secretaría General, a la órbita del Ministerio de Seguridad, juntamente con sus respectivas acciones, cargos y plantas de personal, créditos presupuestarios, recursos económicos, financieros y materiales. 

DECRETO 170/2017

 Aprueba nueva ESTRUCTURA ORGÁNICO-FUNCIONAL DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA. (Art. 21) DEROGA Decreto 450/2016.

DECRETO 199/2017

Dispone movimiento de personal en la Asesoría General de Gobierno en virtud de necesidades operativas, asignadas por esta norma.

DECRETO 272/2017

Delega en los señores ministros, secretarios del Poder Ejecutivo, titulares de los organismos de la Constitución y asesor general de Gobierno, según las esferas de su competencia delimitadas por este decreto o sus respectivas leyes orgánicas, el ejercicio de facultades en materia administrativa atribuidas al Poder Ejecutivo.

DECRETO 503/2017

Aprueba la creación, en el ámbito del MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de la UNIDAD DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR. Establece integración con representación de los siguientes ministerios: de Economía, de Agroindustria, de Producción y de la Secretaría General de la Gobernación. Dispone la designación de una presidencia. Establece acciones. Invita a los municipios a la participación a través de mesas técnicas. 

DECRETO 661/2017

Crea en el ámbito de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA DE LA GOBERNACIÓN, la COMISIÓN PARA EL ESTUDIO DE LA REFORMA DEL DECRETO-LEY 7647/1970 Y MODIFICATORIAS, con el objeto de elevar al P.E., en el plazo de un año, a contar de la fecha de su primera reunión, un ANTEPROYECTO DE LEY DE ACTUALIZACIÓN INTEGRAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. Faculta a la mencionada Secretaría a dictar las medidas necesarias para la organización y funcionamiento de la Comisión. (Art. 2) Regula integración. (Art. 3) Dispone participación de personalidades académicas y profesionales y la búsqueda de aportes de universidades, institutos, centros de estudio e investigación y demás instituciones especializadas en la materia. (Art. 4) Establece el carácter "ad honorem" de las funciones. (Art. 5) DEROGA 1.044/2010.