Imprimir
LEY NÚMERO: 14815 Fundamentos Texto Sistematizado Pdf

DECLARANDO LA EMERGENCIA ADMINISTRATIVA Y TECNOLÓGICA EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES POR EL TÉRMINO DE UN AÑO A PARTIR DE SU ENTRADA EN VIGENCIA. MODIFICA NORMATIVAS PARA LA AGILIZACIÓN DE LOS TRÁMITES. MODIFICA LEY 13981 -SUBSISTEMA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO-. MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2, 3 Y 29. INCORPORA INCISOS E) Y G) DE LOS ARTÍCULOS 4 Y 7 RESPECTIVAMENTE. MODIFICA LEY 13767 -LEY DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA-. MODIFICA ARTÍCULO 81. MODIFICA LEY 14803 -LEY DE MINISTERIOS-. MODIFICA INCISOS 5) Y 7) DEL ARTÍCULO 24. INCORPORA INCISOS 15) Y 7) DE LOS ARTÍCULOS 20 Y 32 RESPECTIVAMENTE. DEROGA INCISO 18) DEL ARTÍCULO 19. MODIFICA LEY 10430 -ESTATUTO Y ESCALAFÓN PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA-. MODIFICA ARTÍCULOS 113 Y 114. CREA COMISIÓN BICAMERAL DE CARÁCTER CONSULTIVO, DE SEGUIMIENTO Y CONTROL PARA LA EMERGENCIA ADMINISTRATIVA Y TECNOLÓGICA EN EL ÁMBITO DE LA HONORABLE LEGISLATURA.

Expediente Origen: A- 1/16-17 Período Legislativo: 144
Autor: PODER EJECUTIVO 
Fecha sanción: 19/05/2016      
Fecha de Promulgación: 20/05/2016       Decreto Promulgación:  20/2016
Fecha B.O.: 26/05/2016
Observaciones:
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
LEY 14853

(Art. 58) Modifica art. 6. (Art. 59) Modifica art. 7.

DECRETO 53/2017

Prorroga a partir de su vencimiento y por el término de 1 año la emergencia tecnológica y administrativa declarada por esta norma. 

LEY 15022

(Art. 2) Prorroga, por el término de un año a partir de su vencimiento, la declaración de emergencia en materia administrativa y tecnológica, declarada por la presente norma y prorrogada por Decreto 53/2017. Contempla la posibilidad de una nueva prórroga, por única vez a través del P.E., previa comunicacion a la Comisión Bicameral prevista en el art. 8 de esta norma. 

DECRETO 532/2019

(Art. 1) Dispone la prórroga, a partir de su vencimiento y por el término de 1 año, de la emergencia dispuesta por la presente norma. (Art. 3) Dispone su comunicación a la Comisión Bicameral, creada por la presente norma. 

LEY 15165

DECLARA EMERGENCIA SOCIAL, ECONÓMICA, PRODUCTIVA Y ENERGÉTICA en el ámbito de la Pcia. de Buenos Aires y de la prestación de servicios y ejecución de contratos a cargo del sector público provincial, por el plazo de 1 año con eventualidad de prórroga. (Art. 2) Prorroga la emergencia declarada por la presente norma y por las Leyes 14.806 y 14.812. (Art. 23) Establece el plazo de 180 días para que el P.E. proceda a la unificación de la reglamentación de la presente norma, las Leyes 14.806, 14.812 y la que declara la nueva emergencia. (Art. 28) Crea Comisión Bicameral de Seguimiento, Fiscalización y Control para la Emergencia, en el ámbito de la Honorable Legislatura, en sustitución de las comisiones creadas por el art. 12 de la Ley 14.806, el art. 10 de la Ley 14.812 y el art. 8 de la presente norma.

DECRETO 1176/2020

PRORROGA, a partir de su vencimiento y por el término de un año, las EMERGENCIAS declaradas por la presente norma y por las Leyes 14.806, 14.812 y 15.165. 

LEY 15310

PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA - EJERCICIO FISCAL 2022. (Art. 88) Prorroga, a partir de su vencimiento y por el término de 2 años, las emergencias en materia de seguridad pública, política y salud penitenciaria, infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos, administrativa y tecnológica y social, económica, productiva, y energética en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, como así también la prestación de los servicios y la ejecución de los contratos a cargo del sector público provincial, centralizado, descentralizado, organismos autónomos, autárquicos, de la Constitución, aun cuando sus estatutos, cartas orgánicas o leyes especiales requieran una inclusión expresa para su aplicación, declaradas por la presente ley y las Leyes 14.806, 14.812 y 15.165, respectivamente y prorrogadas mediante el Decreto 1.176/2020.

 

LEY 15480

 (Art. 1) Prorroga, a partir de su vencimiento y hasta el 31/03/2025, la emergencia declarada por la presente norma y sus sucesivas prórrogas.

NORMAS QUE REGLAMENTAN
DECRETO 592/2016

REGLAMENTARIO. 

DECRETO 304/2020

(Art. 1) Aprueba la reglamentación del art. 3 de la Ley 14.806, del art. 2 de la Ley 14.812, del Cap. I del Tít. I y Tít III de la presente norma y de los arts. 2, 4 y 6 de la Ley 15.165. (Art. 2) Aprueba como Anexos I, II y III el “Procedimiento de Contrataciones de Bienes y Servicios”, el “Procedimiento de Renegociación y Rescisión de Contratos de Bienes y Servicios del Sector Público” y el modelo de “Nota de Adhesión al Registro de Cámaras y Organizaciones Empresariales”. (Art. 8) Aprueba como Anexos IV y V el “Régimen del Contrato de Servicios - Ley Nro. 14.815” y el “Modelo de Contrato de Servicios”. (Art. 9) DEROGA arts. 1 a 14 y 16 a 18 del Decreto 592/2016. 

DECRETO 546/2020

(Art. 1) Exceptúa, a los Ministerios de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros, en las contrataciones que tengan por objeto atender la emergencia sanitaria declarada por el Decreto 132/2020, del cumplimiento del régimen de contratos de servicios, establecido por la Ley 14.815 y reglamentado por el art. 8 del Decreto 304/2020 como Anexo IV. (Arts. 2-6) Establece procedimiento aplicable para las contrataciones exceptuadas de dicho régimen. (Art. 7) Faculta al ministro secretario de Jefatura de Gabinete de Ministros a disponer excepciones de organismos y jurisdicciones. (Art. 9) Dispone su vigencia a partir del 04/05/2020 y mientras dure el estado de emergencia declarada por el Decreto 132/2020 y sus eventuales prórrogas.

NORMAS QUE COMPLEMENTAN
DECRETO 1072/2018

Establece que los procedimientos para la convalidación de cambios de uso del suelo y aprobación de conjuntos inmobiliarios "etapa barrios cerrados y clubes de campo" se sustanciarán en forma electrónica e integrada a través de un portal web de la Pcia. de Bs. As.