ESTABLECIENDO EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA PROVINCIA PARA EL EJERCICIO 1988. FIJA EN LA SUMA DE AUSTRALES VEINTIÊN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA -A 21.387.933.290- EL TOTAL DE EROGACIONES. AUTORIZA AL PODER EJEUCTIVO A DELEGAR FUNCIONES DE ARTÍCULOS 16 Y 17 INCISO A) DE ESTA NORMA Y DE LOS ARTÍCULOS 2 Y 3 DE LA LEY 10189 -COMPLEMENTARIA PERMANENTE DEL PRESUPUESTO- EN LOS SEÑORES MINISTROS, TITULARES DE LOS ORGANISMOS DE LA CONSTITUCIÓN, DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, ASESOR GENERAL DE GOBIERNO Y SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN. MODIFICA LEY 10189 -COMPLEMENTARIA PERMANENTE DEL PRESUPUESTO-. INCORPORA ARTÍCULOS NUEVOS. EXCEPTÊA DE LA DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 9 A LOS MUNICIPIOS QUE EL 31/12/1988 HAYAN SUSCRIPTO CONVENIOS DE IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, AUTORIZADO POR DECRETO 547/1988. DEROGA LEY 10615 -AUTORIZACIÓN A LA DIRECCIÓN DE ENERGÍA A CONCERTAR OPERACIONES DE CRÉDITOS INTERNOS Y EXTERNOS CON EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, POR OBRA DE CONSTRUCCIÓN CENTRAL ELÉCTRICA LUIS PIEDRABUENA-. EXCEPTÊA AL BANCO DE LA PROVINCIA DE LAS LIMITACIONES ESTABLECIDAS POR EL ARTÍCULO 32 INCISO C) DEL DECRETO-LEY 9434/1979 -CARTA ORGÁNICA DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES- POR LOS PRÉSTAMOS QUE SE OTORGUEN A LOS MUNICIPIOS, ORIGINADOS EN LA UTILIZACIÓN DE LÍNEAS DE CRÉDITO ACORDADAS CON EL BID -BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO- Y/O CON EL BIRF -BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO-. APRUEBA NOMENCLADOR DE EROGACIONES Y RECURSOS Y PLAN DE CUENTAS. MODIFICA LEY 10374 -SISTEMA DE PORCENTUALIDAD PARA LAS REMUNERACIONES DE LOS MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL PODER JUDICIAL-. INCORPORA EN EL NIVEL 22 DE LA PLANILLA ANEXA EL CARGO DE SUBPROCURADOR GENERAL DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, CREADO POR LEY 10486. DISPONE INCORPORACIÓN AL RÉGIMEN DE LA LEY 10471 -CARRERA MÉDICO PROFESIONAL-, A PARTIR DEL 01/12/1988 Y EN FORMA AUTOMÁTICA CON CARÁCTER PERMANENTE, A LOS PROFESIONALES CON TÍTULO UNIVERSITARIO HABILITANTE QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES INCORPORADAS POR LEY 10678 Y QUE PRESTEN SERVICIOS, AL 01/11/1988, EN ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA BAJO EL RÉGIMEN DE LA LEY 10430 -RÉGIMEN PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÊBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-.
Cámara | Expediente | Fecha Entrada | Resultado Sesión | Fecha Sesión |
H.CAMARA DE DIPUTADOS | PE-151/88-89 | 06/10/1988 | APR.S/TABLAS | 21/12/1988 |
H.CAMARA DE SENADORES | C-104/88-89 | 28/12/1988 | APR.S/T.MODI | 28/12/1988 |
H.CAMARA DE DIPUTADOS | 29/12/1988 | APROBADO | 29/12/1988 |
MODIFICACIONES | DECRETO 6934/1988 | Faculta a las diferentes jurisdicciones a disponer de sus presupuestos respectivos. |
DECRETO 1/1989 | Establece prórroga. |
DECRETO 1571/1989 | Incremento de presupuesto. |
DECRETO 3671/1989 | Incremento de presupuesto. |
DECRETO 3879/1989 | Incremento de presupuesto. |
DECRETO 3984/1989 | Incremento de presupuesto. |
DECRETO 4192/1989 | Reajuste de presupuesto. |
LEY 10878 | Incluye en el art. 38, incorp. a la Ley 10.189 al Auditor Gral. de la Dcción Gral de Escuelas y Cultura y al Escribano Gral. de Gobierno. |
LEY 11052 | (Art. 24) Modifica artículo 38 por el que se incorpora art. nuevo a la Ley 10.189. Sobre residencia oficial de funcionarios o pago de alquiler de casa-habitación para el caso de no tener residencia permanente en La Plata o alrededores. |
LEY 11475 | (Art. 30) Modifica art. 38 que incorpora art. nuevo a Ley 10.189. |
LEY 11571 | (Art. 28) Modifica art. 38 de esta norma que incorpora art. nuevo a la Ley 10.189. |
LEY 11581 | (Art. 29) Modifica art. 38 de esta norma que incorpora art. nuevo a la Ley 10.189. Sobre inclusión del secretario de Comunicación Social y del titular de la cuenta "Fondo del Conurbano" entre los funcionarios con derecho a residencia oficial o alquiler de casa-habitación cuando no tengan residencia permanente en la ciudad de La Plata. |
LEY 12036 | Incluye funcionario al art. 38. |