DISPONIENDO MEDIDAS DE POLÍTICA TRIBUTARIA COMPLEMENTARIAS DE LAS DISPUESTAS EN LA LEY 13613 -IMPOSITIVA 2007-. SOBRE ALÍCUOTA DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS; SUSPENSIÓN DE JUICIO DE APREMIO Y LEVANTAMIENTO DE MEDIDAS CAUTELARES Y/O REMISIÓN TOTAL O PARCIAL DE DEUDA POR IMPUESTO INMOBILIARIO, POR VIVIENDA ÚNICA A CONTRIBUYENTES EN SITUACIÓN SOCIO ECONÓMICA EXTREMA, EXIMICIÓN DEL PAGO DE IMPUESTO DE SELLOS A LA EMPRESA CENTRALES DE LA COSTA SOCIEDAD ANÓNIMA, EN EL MARCO DEL PROGRAMA ENERGÉTICO NACIONAL; REGULARIZACIÓN DE LA SITUACIÓN DE LOS TENEDORES PRECARIOS DE UNIDADES PRODUCTIVAS EN EL PARQUE PROVINCIAL PEREYRA IRAOLA. EXTINCIÓN DE ACCIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES POR DEUDAS DE LOS MUNICIPIOS CON EL FISCO PROVINCIAL COMO AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS; REMISIÓN PARCIAL DE DEUDAS POR OBRAS Y/O MEJORAS NO DECLARADAS PARA CONTRIBUYENTES QUE SE PRESENTEN A DECLARAR DICHA SITUACIÓN EN LOS PLAZOS QUE DISPONGA LA REGLAMENTACIÓN. SUSTITUYE EXPRESIÓN DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 13244 -REGULARIZACIÓN Y SANEAMIENTO FISCAL-. SOBRE EXTENSIÓN DEL PLAZO DE LA AUTORIZACIÓN CONFERIDA A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS PARA DISPONER REGÍMENES DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES. INCORPORA ARTÍCULO 10 BIS A LA LEY 10707 -RÉGIMEN DE CATASTRO TERRITORIAL-. SOBRE INDIVIDUALIZACIÓN, REGISTRACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PARTIDA INMOBILIARIA A CARGO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CATASTRO. INCORPORA PÁRRAFO AL ARTÍCULO 143 DE LA LEY 10397 -CÓDIGO FISCAL-. SOBRE INMUEBLE Y BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO INMOBILIARIO. SUSTITUYE ARTÍCULO 57 DE LA LEY 12397 -LEY IMPOSITIVA, EJERCICIO 2000-. SOBRE PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR DIFERENCIAS DE IMPUESTO INMOBILIARIO POR OBRAS O MEJORAS CORRESPONDIENTES A PERÍODOS ANTERIORES. MODIFICA ARTÍCULO 3 DE LA LEY 10295 T.O. POR DECRETO 1375/1998 Y MODIFICATORIAS -CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y EL COLEGIO DE ESCRIBANOS-.
MODIFICACIONES | LEY 14983 |
LEY IMPOSITIVA - EJERCICIO 2018. (Art. 119) Sustituye art. 14. |
LEY 15007 |
(Art. 6) Sustituye art. 14. |