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LEY NÚMERO: 15165 Fundamentos Texto Sistematizado Pdf

DECLARANDO ESTADO DE EMERGENCIA SOCIAL, ECONÓMICA, PRODUCTIVA Y ENERGÉTICA EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y EJECUCIÓN DE CONTRATOS A CARGO DEL SECTOR PÚBLICO PROVINCIAL, POR EL PLAZO DE UN AÑO A PARTIR DE LA PROMULGACIÓN DE LA PRESENTE NORMA, CON POSIBILIDAD DE PRÓRROGA POR EL PODER EJECUTIVO POR IGUAL PLAZO. PRORROGA LAS EMERGENCIAS DECLARADAS POR LAS LEYES 14806 -SEGURIDAD PÚBLICA Y DE POLÍTICA Y SALUD PENITENCIARIA-, 14812 -INFRAESTRUCTURA, HÁBITAT Y VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS- Y 14815 -ADMINISTRATIVA Y TECNOLÓGICA-. CREA COMISIÓN BICAMERAL DE SEGUIMIENTO, FISCALIZACIÓN Y CONTROL PARA LA EMERGENCIA, EN EL ÁMBITO DE LA HONORABLE LEGISLATURA, LA QUE SE CREA EN SUSTITUCIÓN DE LAS CREADAS POR EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY 14806, ARTÍCULO 10 DE LA LEY 14812 Y ARTÍCULO 8 DE LA LEY 14815. ESTABLECE NORMAS DE EXCEPCIÓN Y NORMAS ACLARATORIAS. UNIFICA VIGENCIA DE LA PRESENTE DECLARACIÓN DE EMERGENCIA CON LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA DISPUESTAS POR LAS LEYES 14806, 14812 Y 14815. ENCOMIENDA AL PODER EJECUTIVO GESTIONES Y ACTOS PARA ASEGURAR LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA. ESTABLECE RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS, CON PLAZO AL 31/03/2020, PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS -PYMES-, POR OBLIGACIONES FISCALES VENCIDAS AL 31/12/2019. INVITA A LOS MUNICIPIOS A ESTABLECER REGÍMENES SIMILARES. ENCOMIENDA AL PODER EJECUTIVO ARTICULAR CON EL ESTADO NACIONAL LA EFECTIVA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROGRAMAS DICTADOS EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA ALIMENTARIA NACIONAL DECLARADA POR DECRETO NACIONAL 108/2002 Y PRORROGADA POR LEY NACIONAL 27519. CREA, EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN, EL PEED -PROGRAMA ESPECIAL DE EMERGENCIA EDUCATIVA-. ESTABLECE RECURSOS. FACULTA AL PODER EJECUTIVO PARA LA REASIGNACIÓN DE FONDOS. DISPONE OBLIGACIÓN DE DAR CUENTA A LA COMISIÓN BICAMERAL DE SEGURIDAD, FISCALIZACIÓN Y CONTROL PARA LA EMERGENCIA, CREADA POR LA PRESENTE LEY. FACULTA AL PODER EJECUTIVO, A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE SALUD, PARA ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR EL FUNCIONAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE HOSPITALES, UNIDADES Y CENTROS DE ATENCIÓN PERTENECIENTES A LA PROVINCIA Y A LOS MUNICIPIOS. ASIMISMO PROVISIÓN DE MEDICAMENTOS, TRATAMIENTOS, VACUNAS E INSUMOS. FACULTA AL PODER EJECUTIVO A DISPONER SUSPENSIÓN DE AUMENTOS DE TARIFAS A PARTIR DEL 01/01/2020, EN MATERIA DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, POR EL PLAZO DE 180 DÍAS. ESTABLECE PERÍODO DE NEGOCIACIÓN DE LA REVISIÓN TARIFARIA INTEGRAL VIGENTE, INICIAR REVISIÓN DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO Y PROCEDER AL ANÁLISIS INTEGRAL DE LOS CUADROS TARIFARIOS DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA. ENCOMIENDA AL PODER EJECUTIVO EL ANÁLISIS Y REVISIÓN INTEGRAL DEL MARCO REGULATORIO APROBADO POR LA LEY 11769, MODIFICATORIAS, COMPLEMENTARIAS Y REGLAMENTACIÓN. ESTABLECE PLAZO DE 180 DÍAS PARA QUE EL PODER EJECUTIVO PROCEDA A UNIFICAR LA REGLAMENTACIÓN DE LA PRESENTE EMERGENCIA Y LA DE LAS DECLARADAS A TRAVÉS DE LAS LEYES 14806, 14812 Y 14815. PRORROGA, PARA EL EJERCICIO 2020, LA VIGENCIA DE LA LEY DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA EJERCICIO 2019, APROBADA POR LEY 15078, HASTA EL 15/04/2020 O HASTA TANTO SEA SANCIONADA LA LEY DE PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2020. AUTORIZA ENDEUDAMIENTO POR MONTO EQUIVALENTE A LAS DEUDAS DE INTERÉS Y CAPITAL CONTRAÍDAS EN EJERCICIOS ANTERIORES CON VENCIMIENTO EN EL PRIMER CUATRIMESTRE DEL AÑO 2020. CREA PARA EL EJERCICIO 2020 EL FONDO MUNICIPAL PARA CONVENIOS DE INFRAESTRUCTURA, DESTINADO A FINANCIAR, TOTAL O PARCIALMENTE, OBRAS MUNICIPALES DE INFRAESTRUCTURA. DISPONE, DURANTE EL PERÍODO DE VIGENCIA DE LA EMERGENCIA, LAS AFECTACIÓN DE LAS SIGUIENTES NORMAS: MODIFICA INCISO B) DEL ARTÍCULO 7 DE LA LEY 13981; AMPLIA A 6 MESES EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL INCISO A) DEL ARTÍCULO 63 DE LA LEY 6021; INCORPORA INCISO 23) AL ARTÍCULO 69 DE LA LEY 13767. OTORGA CARÁCTER DE ORDEN PÚBLICO A LA PRESENTE NORMA Y DISPONE SU VIGENCIA A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL. DEROGA TODA NORMA QUE SE LE OPONGA. INVITA A LOS MUNICIPIOS A LA ADHESIÓN DE LA PRESENTE NORMA.

Expediente Origen: A- 5/19-20 Período Legislativo: 147
Autor: PODER EJECUTIVO 
Fecha sanción: 19/12/2019      
Fecha de Promulgación: 21/12/2019       Decreto Promulgación:  41/2019
Fecha B.O.: 23/12/2019
Observaciones:
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
LEY 15173

(Art. 1) Incorpora art. 20 bis. Sobre acciones para prevenir y asistir en situaciones de violencia familiar y por razones de género y diversidad, encomendadas al P.E., a través del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual. Faculta a disponer y reasignar partidas presupuestarias. (Art. 2) Dispone su carácter de norma de orden público. Establece su vigencia a partir del día siguiente al de su publicación (B.O.: 28/05/2020).

DECRETO 1176/2020

PRORROGA, a partir de su vencimiento y por el término de un año, las EMERGENCIAS declaradas por las Leyes 14.806, 14.812, 14.815 y por la presente norma.

LEY 15225

PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021. (Art. 49 inc. 2) Convalida, en los términos del art. 39 de la Ley 13.767, para todas las jurisdicciones y organismos descentralizados a que aluden los arts. 1 y 2 de la Ley 15.078, prorrogado para el ejercicio 2020 por la presente ley, las erogaciones que se contabilicen al cierre del ejercicio 2020 en gastos de personal y otros conceptos vinculados por sobre los créditos presupuestarios vigentes para dichos conceptos y sobre los mayores gastos que al cierre del ejercicio 2020 se contabilicen sobre créditos presupuestarios vigentes, en el inciso Transferencias, originados exclusivamente por erogaciones de la D.G.C. y E. por subsidios a la enseñanza no oficial para la equiparación docente. 

LEY 15310

PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA - EJERCICIO FISCAL 2022. (Art. 88) Prorroga, a partir de su vencimiento y por el término de 2 años, las emergencias en materia de seguridad pública, política y salud penitenciaria, infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos, administrativa y tecnológica y social, económica, productiva, y energética en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, como así también la prestación de los servicios y la ejecución de los contratos a cargo del sector público provincial, centralizado, descentralizado, organismos autónomos, autárquicos, de la Constitución, aun cuando sus estatutos, cartas orgánicas o leyes especiales requieran una inclusión expresa para su aplicación, declaradas por la presente ley y las Leyes 14.806, 14.812 y 15.815, respectivamente y prorrogadas mediante el Decreto 1.176/2020

 

LEY 15394

PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA - EJERCICIO FISCAL 2023. (Art. 58) Modifica art. 4. (Art. 60) Dispone la continuidad del PEED -Programa Especial de Emergencia Educativa-, previsto en los arts. 16 a 19 de la presente norma. 

LEY 15480

 (Art. 1) Prorroga, a partir de su vencimiento y hasta el 31/03/2025, la emergencia declarada por la presente norma y sus sucesivas prórrogas.(Art. 2) Modifica Art. 4. 

NORMAS QUE REGLAMENTAN
DECRETO 1/2020

REGLAMENTARIO de la prórroga del Presupuesto General ejercicio 2019 aprobado por Ley 15.078, dispuesta por el art. 24 de la presente norma. 

DECRETO 100/2020

REGLAMENTARIO. Reglamenta Cap. IV -Emergencia Productiva-. Sobre requisitos para acceder a los beneficios del régimen de regularizacion de deudas para micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños y medianos productores, cooperativas y comercios. 

DECRETO 142/2020

REGLAMENTA art. 27. Sobre creación del Fondo Municipal para Convenios de Infraestructura. 

DECRETO 304/2020

(Art. 1) Aprueba la reglamentación del art. 3 de la Ley 14.806, del art. 2 de la Ley 14.812, del Cap. I del Tít. I y Tít III de la Ley 14.815 y de los arts. 2, 4 y 6 de la presente norma. (Art. 2) Aprueba como Anexos I, II y III el “Procedimiento de Contrataciones de Bienes y Servicios”, el “Procedimiento de Renegociación y Rescisión de Contratos de Bienes y Servicios del Sector Público” y el modelo de “Nota de Adhesión al Registro de Cámaras y Organizaciones Empresariales”. (Art. 8) Aprueba como Anexos IV y V el “Régimen del Contrato de Servicios - Ley Nro. 14.815” y el “Modelo de Contrato de Servicios”. (Art. 9) DEROGA arts. 1 a 14 y 16 a 18 del Decreto 592/2016. 

DECRETO 515/2020

APROBANDO LA REGLAMENTACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 7 Y 8 DE LA LEY 14812, QUE DECLARA LA EMERGENCIA EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA, HÁBITAT, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Y LOS ARTÍCULOS 4, 5 Y 6 DE LA LEY 15165, QUE DECLARA EL ESTADO DE EMERGENCIA SOCIAL, ECONÓMICA, PRODUCTIVA Y ENERGÉTICA EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. APROBANDO EL PROCEDIMIENTO DE RENEGOCIACIÓN Y RESCISIÓN DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA, EL QUE, COMO ANEXO VI IF-2020-13411200-GDEBA-SSLYTSGG, FORMA PARTE INTEGRANTE DEL DECRETO 304/2020. SUSTITUYENDO EL ARTÍCULO 9 DEL DECRETO 304/2020.

NORMAS QUE COMPLEMENTAN
DECRETO 6/2020

Delega en el ministro secretario en el Departamento de Infraestructura y Servicios Púbicos, las facultades establecidas en los arts. 21 y 22 de la presente norma, durante la vigencia de la emergencia declarada. Sobre emergencia energética.

 

DECRETO 20/2020

Aprueba convenio marco de cooperación plan nacional "Argenitna contra el Hambre", suscripto el 09/01/2020, entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Pcia. de Bs. As.

DECRETO 132/2020

Declara ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA en el ámbito de la Pcia. de Bs. As., por el término de 180 días. 

LEY 15171

Declara el ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA de los ESTABLECIMIENTOS GERIÁTRICOS de gestión pública y privada. Crea el "Programa Geriátricos de la Provincia de Buenos Aires". Establece empadronamiento, relevamiento y fiscalización de establecimientos. Dispone proceso de regularización. Contempla otorgamiento de permiso de funcioamiento excepcional, precario y transitorio. Establece disposiciones sobre habilitación y cierre o clausura. 

DECRETO 613/2020

Crea Programa "PRESERVAR TRABAJO", en el marco de la emergencia declarada por la presente norma y la afectación de los sectores de la actividad económica producida por la pandemia declarada con motivo de la enfermedad provocada por Coronavirutas, COVID-19. 

LEY 15178

Declara, por el plazo de 180 días, la EMERGENCIA PRODUCTIVA, ECONÓMICA, FINANCIERA y TARIFARIA de las MICRO y PEQUEÑAS EMPRESAS, en los términos definidos por la Ley Nacional 24.467. Contempla eventual prórroga de dicha emergencia por parte del. P.E., beneficios impositivos, líneas de crédito, programas de formación y capacitación, subsidios, estrategias de sostenimiento y coordiación de políticas con los municipios y el Estado Nacional. Autoriza adecuaciones presupuestarias. Invita a los municipios a su adhesión. 

LEY 15181

PROPICIA MEDIDAS ECONÓMICAS PARA HACER FRENTE A LA PANDEMIA CAUSADA POR EL COVID-19. (Art. 1) Faculta al P.E., en el marco del Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal, a modificar cronogramas de devolución, previstos en el art. 4 del Decreto 264/2020, durante la vigencia de la emergencia declarada por el Decreto 132/2020, ratificada por la Ley 15.174. Establece período de gracia hasta el 31/12/2020. Contempla posible extensión por 18 meses, a solicitud previa de la intendencia municipal. Establece excepciones al cumplimiento de las previsiones de los arts. 46, 47 y 48 del Decreto-Ley 6.769/1958 -Ley Orgánica de las Municipalidades-. (Arts. 2, 3 y 4) Autoriza al P.E. a contraer endeudamientos con organismos multilaterales y bilaterales de crédito con el objeto de financiar obras viales municipales, programas de desarrollo educativo y de salud, proyectos vinculados a mejoras habitacionales y de acceso a la vivienda, a la ampliación de redes de agua potable, cloacas y saneamiento y a la implementación de programas sociales destinados a los sectores más vulnerables de la población. (Arts. 5 y 6) Autoriza al P.E. a realizar enmiendas y arreglos contractuales para reasignar recursos sin ejecución, con destino a programas de mejoras habitacionales, urbanización y/o acceso a la vivienda y obras de mejora y ampliación de infraestructura existente para la provisión de agua potable en la ciudad de Bahía Blanca y localidades aledañas, respectivamente. (Art. 7) Autoriza al P.E. a endeudarse con el objeto de regularizar atrasos de Tesorería. (Art. 8) Autoriza a la Tesorería General de la Provincia, durante el ejercicio fiscal 2020, a ampliar la emisión de letras del tesoro, en los términos del art. 67 de la Ley 13.767. (Art. 9) Faculta al P.E. a dictar normas interpretativas, reglamentarias o complementarias que resulten necesarias para la efectiva implementación de las medidas dispuestas. 

LEY 15191

Implementa medidas para el sostenimiento y reactivación de la actividad turística, en el marco de la presente ley y de las Leyes 15.174 y 15.178. 

DECRETO 1023/2020

(Art. 1) Sustituye Anexo Único del Decreto 613/2020. Sobre ampliación del número de unidades productivas destinatarias del Programa "Preservar Trabajo" e inclusión como beneficiarias de las personas titulares de parada y/o reparto de diarios y revistas que no cuenten con personal en relación de dependencia. 

DECRETO 1254/2020

Crea plan de asistencia financiera para el desarrollo agrario, denominado "Provincia en Marcha". Asimismo, crea el Fondo Fiducairio Provincia en Marcha. Aprueba contrato de fideicomiso, suscripto el 23/12/2020, entre el MInisterio de Desarrollo Agrario y BAPRO Mandatos y Negocios S.A.U. Contempla y regula el funcionamiento de un Comité de Ejecución. Designa al Ministerio de Desarrollo Agrario autoridad de aplicación. Imputa gasto al Presupuesto General de la Pcia., ejercicio 2019, aprobado por Ley 15.078, prorrogado para el ejercicio 2020 a través de presente norma.