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LEY NÚMERO: 13402 Fundamentos Texto Pdf

ESTABLECIENDO EN LA SUMA DE PESOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO -$19.494.141.588- EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÊBLICA PROVINCIAL, EJERCICIO 2005. CONVALIDA LOS DECRETOS 16/2004, 1390/2004, 1457/2004, 2827/2004, 3522/2004 Y 727/2005 Y LA NO APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 12234 -FONDO DE ESTABILIZACIÓN E INVERSIONES- A LOS EJERCICIOS 2004 Y 2005. MODIFICA EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 11594, TEXTO SEGÊN LEY 12727 -AFECTACIÓN DE RECURSOS PROVENIENTES DE TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS JUDICIALES PARA DISTRIBUIRLOS ENTRE EMPLEADOS DEL PODER JUDICIAL-. MODIFICA LA LEY 10189 T.O. DECRETO 4502/1998 Y MODIFICATORIAS -COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO-. INCORPORA Y MODIFICA ARTÍCULOS MODIFICADOS POR ARTÍCULO 45 DE LA LEY 13154 -PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA EJERCICIO 2004- Y POR ARTÍCULO 47 DE LA LEY 11905 -PRESUPUESTO, EJERCICIO 1997-. MODIFICA ARTÍCULO 61 DEL DECRETO-LEY 9650/1980 T.O. DECRETO 600/1994 -RÉGIMEN DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-. SUSTITUYE EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 37 DEL DECRETO-LEY 7543/1969 -FISCALÍA DE ESTADO-. INCORPORA ARTÍCULO A LA LEY 10474 -TASAS POR SERVICIOS SANITARIOS-. CREA CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SIETE -42.207- CARGOS Y CUATROCIENTAS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTAS ONCE -474.711- HORAS CÁTEDRA. EXTIENDE AUTORIZACIÓN DE ENDEUDAMIENTO OTORGADA POR ARTÍCULO 1 DE LA LEY 13305 -AUTORIZACIÓN AL PODER EJECUTIVO PARA ENDEUDARSE CON EL GOBIERNO NACIONAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO DE LAS FINANZAS PROVINCIALES-. MODIFICA EL ARTÍCULO 14 DE LA LEY 10857 -CREACIÓN DEL FONDO PROVINCIAL DE OBRAS HIDRÁULICAS-. TRANSFIERE COMPETENCIAS DEL MINISTERIO DE GOBIERNO ESTABLECIDAS EN LOS INCISOS 18, 19, 21 Y 22 DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY 13175 -ORGÁNICA DE LOS MINISTERIOS- AL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PÊBLICOS-. DEJA SIN EFECTO EL ARTÍCULO 43 DE LA LEY 12774 -ASIGNACIÓN DE FONDOS A LAS MUNICIPALIDADES CUYOS PARTIDOS SE HALLEN EN EMERGENCIA HÍDRICA, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE SUSCRIPCIÓN DEL PROGRAMA DE EMISIÓN DE LETRAS DE CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES PROVINCIALES, LECOP-.

Expediente Origen: A- 34/05-06 Período Legislativo: 133
Autor: PODER EJECUTIVO 
Fecha sanción: 27/12/2005      
Fecha de Promulgación: 28/12/2005       Decreto Promulgación:  3326/2005
Fecha B.O.: 30/12/2005
Observaciones:
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
DECRETO 3605/2005 Estabece, al solo efecto aclaratorio, que en todos los actos administrativos dictados con posterioridad al Decreto 3326/2005, la referencia a la "Ley 13.154, Presupuesto General ejercicio 2004, porrogado para el año 2005 por el Decreto 1/2005", o términos o similares, se entenderá como "Ley 13.402 -Presupuesto Genral ejercicio 2005-" cuando la finalidad de los mismos tenga por objeto: contrataciones de bienes, servicios y de obra pública, suscripción de convenios, otorgamiento de subsidios y aportes o designaciones y renovaciones de personal.
NORMAS QUE COMPLEMENTAN
DECRETO 3328/2005 Delega en los funcionarios nominados en el art. 19 de la presente LEY 13402 -PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL, EJERCICIO 2005- la autorización para efectuar modificaciones al presupuesto.