Imprimir
LEY NÚMERO: 13929 Fundamentos Texto Sistematizado Pdf

APROBANDO EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÊBLICA PROVINCIAL PARA EL EJERCICIO 2009. FIJA EN LA SUMA DE PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL TREINTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS VEINTITRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO -$56.032.723.334- EL TOTAL DE EROGACIONES CORRIENTES Y DE CAPITAL. MANTIENE VIGENCIA DEL ARTÍCULO 25 DE LA LEY 13786 -PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL EJERCICIO 2008-. CONVALIDA EL DECRETO 2544/2008; LA NO APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 12234 AL EJERCICIO 2008; CARGOS, EROGACIONES Y HORAS DE CÁTEDRA EN EXCESO INCURRIDO POR DESIGNACIONES TEMPORARIAS. SUSTITUYE ARTÍCULO 1 DE LA LEY 13714 -SUSPENSIÓN, A PARTIR DEL 01/01/2007 Y POR EL TÉRMINO DE UN AÑO, DE LAS NORMAS CONTENIDAS EN LA LEY 10430 T.O. POR DECRETO 1869/1996, RÉGIMEN PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÊBLICA, EN RELACIÓN A LA COBERTURA DE CARGOS VACANTES. AUTORIZA APROBAR PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN POR VÍA REGLAMENTARIA-. SOBRE EXTENSIÓN DEL PLAZO DE DICHA SUSPENSIÓN HASTA EL 31/12/2009. MODIFICA ARTÍCULO 17 DE LA LEY 13766 -CREACIÓN DEL ARBA, AGENCIA DE RECAUDACIÓN FISCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-. SOBRE RECURSOS FINANCIEROS DE LA AGENCIA PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES Y FUNCIONES. MODIFICA LEY 10189 T.O. DECRETO 4502/1998 Y MODIFICATORIAS -COMPLEMENTARIA PERMANENTE DEL PRESUPUESTO-. INCORPORA ARTÍCULOS. MODIFICA EL CUARTO ARTÍCULO INCORPORADO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY 12575, MODIFICADO POR LEY 13002. MODIFICA ARTÍCULO INCORPORADO POR ARTÍCULO 45 DE LA LEY 13154 MODIFICADO POR LEY 13402. MODIFICA ARTÍCULO 31. DEROGA PRIMER ARTÍCULO INCORPORADO POR ARTÍCULO 36 DE LEY 12232. ESTABLECE APORTE DEL PRESUPUESTO EJERCICIO 2009 PARA EL FONDO DE SUSTENTO PARA INSTITUCIONES DE BIEN PÊBLICO, MUNICIPIOS Y DESARROLLO SOCIAL CREADO POR ARTÍCULO 52 DE LEY 12575, PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA EJERCICIO 2001. AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A GESTIONAR APROBACIÓN DE DOCUMENTOS DE LICITACIÓN QUE RESULTEN ACORDADOS CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO Y CON LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO EN RELACIÓN A DIVERSOS PROGRAMAS FINANCIADOS POR DICHAS ENTIDADES. DISPONE EXCEPCIÓN DE LA APLICACIÓN DEL DECRETO 1676/2005 -PLIEGOS ÊNICOS DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES E INSUMOS, PARA LA ADQUISICIÓN UNIFICADA DE BIENES E INSUMOS. APROBACIÓN DE LOS FORMULARIOS INDIVIDUALIZADOS COMO CONVOCATORIA Y PLANILLAS DE COTIZACIÓN, TODOS ELABORADO POR LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN TECNOLÓGICA Y ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN-. AUTORIZA ASIMISMO AL PODER EJECUTIVO A ENDEUDARSE CON LAS REFERIDAS ENTIDADES. MODIFICA LEY 13757 -LEY DE MINISTERIOS-. INCORPORA INCISOS 23 Y 24 AL ARTÍCULO 16. SOBRE ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE Y GOBIERNO. MODIFICA INCISO 20 DEL ARTÍCULO 17. SOBRE ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA. PRORROGA VIGENCIA DE ARTÍCULO 42 DE LA LEY 13403, PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÊBLICA PROVINCIAL PARA EL EJERCICIO 2006. SOBRE AUTORIZACIÓN AL PODER EJECUTIVO PARA REESTRUCTURAR CONDICIONES FINANCIERAS DE ACUERDOS DE PRÉSTAMO PARA EJECUCIÓN DE OBRAS DE PROVISIÓN DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES. MODIFICA LEY 12836 TEXTO SEGÊN LEY 13436 -COMPROMISO FEDERAL PARA EL CRECIMIENTO Y LA DISCIPLINA FISCAL-. INCORPORA ÊLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 16. SOBRE PLAZO PARA DAR RESPUESTA ANTE PEDIDOS DE INFORMES O REQUERIMIENTOS JUDICIALES EN RELACIÓN AL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONSOLIDADAS. EXCLUYE DEL RÉGIMEN DE CONSOLIDACIÓN ESTABLECIDO EN ESTA NORMA LAS OBLIGACIONES DE CAUSA O TÍTULO PREVISIONAL. MODIFICA LEY 13436. INCORPORA ANTEÊLTIMO Y ÊLTIMO PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 10. SOBRE TÉRMINOS Y CONDICIONES DE BONOS DE CONSOLIDACIÓN. MODIFICA LEY 11769 T.O. DECRETO 1868/2004 -MARCO REGULATORIOD DEL SECTOR ELÉCTRICO PROVINCIAL. FONDO PROVINCIAL DE COMPENSACIONES TARIFARIAS. CELEBRACIÓN DE AUDIENCIAS PÊBLICAS-. MODIFICA ARTÍCULO 64. SOBRE TASA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL. CREA PARA EL EJERCICIO 2009 EL FONDO PARA CONTINGENCIAS, DENTRO DEL PROGRAMA DE LA JURISDICCIÓN AUXILIAR DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA-OBLIGACIONES DEL TESORO Y CRÉDITO DE EMERGENCIAS. MODIFICA LEY 12726 TEXTO SEGÊN LEY 13481 -CREACIÓN DE FIDEICOMISO INTEGRADO POR CRÉDITOS DEL BANCO PROVINCIA-. INCORPORA INCISO K) AL ARTÍCULO 3. SOBRE CARACTERÍSTICAS DEL FIDEICOMISO. ESTABLECE EN 35% EL PORCENTAJE A QUE ALUDE EL ARTÍCULO 49 DE LA LEY 13786 -PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA EJERCICIO 2008-. SOBRE AFECTACIÓN DE INGRESOS DE COPARTICIPACIÓN MUNICIPAL. MODIFICA DECRETO-LEY 9434/1979 TEXTO SEGÊN LEYES 12726 Y 13072 -CARTA ORGÁNICA DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-. SUSTITUYE INCISO S) DEL ARTÍCULO

Expediente Origen: A- 10/08-09 Período Legislativo: 136
Autor: PODER EJECUTIVO 
Fecha sanción: 23/12/2008      
Fecha de Promulgación: 29/12/2008       Decreto Promulgación:  3326/2005
Fecha B.O.: 30/12/2008
Observaciones:
Modificaciones y Legislación complementaria
MODIFICACIONES
LEY 13991 Crea órganos del Ministerio Público para cubrir defensorías oficiales con competencia en los fueros Civil y Comercial y de Familia en diveros departamentos judiciales. (Art. 5) Autoriza al P.E. a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
LEY 13992 Crea órganos en el Ministerio Público para cubrir fiscalías y defensorías con competencia en el fuero Criminal y Correccional. (Art. 5) Autoriza al P.E. a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
LEY 13993 Crea juzgados de Garantías del Joven y órganos del Ministerio Público especializados en el fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil. (Art. 5) Autoriza al P.E. a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
LEY 14053 (Art. 5) DEROGA art. 97.
LEY 14058 (Art.1 y 2) Incorpora autorización de gastos por la suma de $980.000.000 con destino a los Ministerio de Desarrollo Social y Ministerio de Salud. (Art. 3) Crea en la planta permanente del Minsiterio de Salud 2.500 cargos destinoados a la incoporación de personal que se desempeña actualmente como becario. (Art. 4) Autoriza al P.E. a distribuir cargos e importes y a realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes.
LEY 14062 Establece el Presupuesto General de la Provincia para el ejercicio 2010. (Art. 31) Prorroga la vigencia de los arts. 38, 46 y 78 de esta norma. (Art. 64) Mantiene vigencia de art. 25 hasta su total cumpliento. (Art. 81) Modifica art. 52.
LEY 14199 (Art. 30) Prorroga la vigencia del art. 38 de esta norma.
LEY 14331 PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA-EJERCICIO 2012. (Art. 31) Mantiene, hasta su total cumplimiento, la vigencia del art. 59 de esta norma, ampliado por el art. 41 de la Ley 14.331. (Art. 41) Autoriza al P.E. a ampliar en hasta la suma de U$S 8.000.000, o su equivalente en otras monedas, el endeudamiento aprobado por el art. 59 de esta norma. (Art. 78) Autoriza al P.E., dentro de las sumas aprobadas para el Ministerio de Infraestructura, a destinar $ 20.000.000 para el Fondo de Acceso Seguro a la Tierra en Función Social, creado por el art. 77 de esta norma.
LEY 14552 (Art. 66) Autoriza al P.E. a destinar sumas para el Fondo de Acceso Seguro a la Tierra en Función Social creado por el art. 77 de esta norma. Autoriza a efectuar adecuaciones presupuestarias.
LEY 14652 PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA - EJERCICIO 2015. (Art. 68) Autoriza al P.E., dentro de las sumas aprobadas para el Ministerio de Infraestructura, a destinar $20.000.000 para el Fondo de Acceso Seguro a la Tierra en Función Social, creado por el art. 77 de esta norma. Autoriza las pertinentes adecuaciones presupuestarias
NORMAS QUE COMPLEMENTAN
DECRETO 2/2009

DELEGANDO EN LOS FUNCIONARIOS NOMINADOS EN EL ARTICULO 19 DE LA LEY 13929, LA AUTORIZACION PARA EFECTUAR MODIFICACIONES Y REESTRUCTURACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2009, CON LAS LIMITACIONES ESTABLECIDAS EN ESA NORMA, LOS QUE ACTUARAN CON LA PREVIA INTERVENCION DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y DE LA CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA.

DECRETO 3/2009

DISTRIBUYENDO PARA EL EJERCICIO 2009, LAS EROGACIONES CORRIENTES Y DE CAPITAL, APLICACIONES FINANCIERAS, GASTOS FIGURATIVOS E IMPORTES DIFERIDOS DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL -ADMINISTRACION CENTRAL, ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS E INSTITUCIONES DE PREVISION SOCIAL-, Y LOS DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS NO CONSOLIDADOS, ASI COMO LOS CARGOS Y HORAS CATEDRA, APROBADOS POR LOS ARTICULOS 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 Y 13 DE LA LEY NRO. 13929.

DECRETO 529/2009

ENCOMENDANDO AL MINISTRO DE ECONOMIA LA EJECUCION Y ADMINISTRACION DEL FINANCIAMIENTO PREVISTO EN LOS ARTICULOS 32 Y 52 DE LA LEY 13929 -PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2009-.

DECRETO 201/2010

ENCOMENDANDO AL MINISTRO DE ECONOMIA, EN SU CALIDAD DE AUTORIDAD DE APLICACION, LA EMISION DE BONOS PARA LA CANCELACION DE OBLIGACIONES CONSOLIDADAS POR LEY 12836, CON FECHA 01/01/2000, CONFORME LO DISPUESTO EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 10 DE LA LEY 13436 MODIFICADO POR EL ARTICULO 56 DE LA LEY 13929.

DECRETO 304/2012

DISPONIENDO QUE EL PLAZO MAXIMO PARA HACER FRENTE AL TOTAL DEL PASIVO CONSOLIDADO AL 30/11/2001, SEA QUE EL PAGO SE REALICE EN BONOS DE CONSOLIDACION O MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE PAGO EN EFECTIVO, NO EXCEDERA DEL 01/01/2016. LAS AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY 12.836 DEBERÁ INFORMAR A LOS ORGANISMOS DEUDORES QUE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 54 DE LA LEY 13.929 RESPECTO A COMO DEBEN SER RESPONDIDOS LOS PEDIDOS DE INFORMES O REQUERIMIENTOS JUDICIALES.

LEY 14652 PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA - EJERCICIO 2015. (Art. 87) Autoriza al P.E., dentro de las sumas aprobadas para el Ministerio de Infraestructura, a destinar $20.000.000 con destino al Fondo de Acceso Seguro a la Tierra en Función Social, creado por el art. 77 de esta norma. Autoriza al P.E. a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias.